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Aborto, ¿delito o pecado?

Klaus Ziegler
10 de agosto de 2011 - 11:00 p. m.

La desfachatez con que el procurador Ordoñez antepone su camándula por encima de sus obligaciones constitucionales le ha valido más de una decena de quejas disciplinarias ante la Corte Suprema, y duros cuestionamientos por parte del Comité de Derechos Humanos de la ONU.

No era de extrañar que más tarde que temprano los sectores ultraconservadores de la sociedad, ahora encabezados por el senador José Darío Salazar, iniciaran una nueva cruzada para prohibir la práctica del aborto en los tres casos despenalizados por la Corte Constitucional.
 
Esta nueva iniciativa, elaborada en conjunto con autoridades eclesiásticas, se apoya en el principio del “inviolable derecho a la vida desde la fecundación hasta la muerte natural", un canon en flagrante contradicción con los mandatos del propio Catecismo Católico, aprobado por Juan Pablo II, y supervisado por Ratzinger, donde se hace explícito (numeral 2266) que “la enseñanza tradicional de la Iglesia ha reconocido el justo fundamento del derecho y deber de la legítima autoridad pública para aplicar penas proporcionales a la gravedad del delito, sin excluir, en casos de extrema gravedad, el recurso a la pena de muerte”.
 
Por otro lado, es sorprendente que esos furibundos antiabortistas no adviertan la manifiesta violación al principio (sin excepciones) que reclama la protección de la vida humana, cuando privilegian la supervivencia del bebé por encima de la vida de la madre. En 2009, en Brasil, una niña de apenas nueve años, violada por su padrastro, quedó embarazada y esperando gemelos. Ante el grave peligro que implicaba el embarazo, los médicos decidieron practicarle un aborto, legal en estas circunstancias. El arzobispo José Cardoso, quien excomulgó a la madre de la niña y a los médicos que lo realizaron, al ser cuestionado sobre el riesgo de muerte al que habría sido sometida la pequeña de no ser intervenida, replicó: "Una médica italiana mantuvo su embarazo aún sabiendo los riesgos que corría; ¡murió, pero se hizo santa!”. ¿Es esta la clase de inmoralidad que debemos respetar?

Pensemos en el caso de una mujer que presenta un embarazo ectópico. Según el principio del inviolable derecho a la vida, nadie podría intervenirla, pues hacerlo conllevaría a la muerte del embrión, algo que se supone equivale al homicidio. ¿Acaso es ético esperar a que ocurra la ruptura de la trompa de Falopio, sin importar que se exponga a la madre a sufrir un choque hemorrágico, frecuente en estos casos? Y si llegase a morir, ¿no se estaría violando el sagrado derecho a su vida? Y lo que es aún peor, ¿no se violaría así mismo el socorrido derecho a la vida del pequeño embrión?
 
Se arguye que el embrión, o incluso el cigoto, es ya un humano, y que por tanto la terminación voluntaria de un embarazo que apenas comienza también constituye un delito. El argumento se fundamenta en la creencia de que Dios infunde el alma en el momento de la concepción. Se olvida, sin embargo, que en un estado laico la legislación no se establece para hacer valer los dogmas propios de una fe. Para algunos musulmanes, por ejemplo, solo después de cuarenta días a partir de la fecundación, el embrión finalmente “recibe el espíritu”. Y para los budistas, cuyo máxima es evitar todo sufrimiento, el aborto se consiente cuando se trate de una madre embarazada que arriesga su vida durante el parto, o que lleva en su vientre un hijo con impedimentos graves, una postura que se apoya en una ética racional, y no en creencias sobrenaturales.

Otros alegan que el cigoto es un “humano en potencia”. Quienes así razonan parecen ignorar que incluso una sola célula de la piel, no alberga solo uno, sino miles de humanos en potencia, pues hoy es posible crear a partir de cualquiera de ellas infinidad de clones del mismo organismo. Así que si aceptamos el argumento de que destruir el cigoto es destruir “un humano en potencia”, tendríamos que aceptar que al afeitarnos cada mañana estaríamos cometiendo un “genocidio potencial”, pues cada vez que desprendemos un trozo microscópico de piel enviamos por el lavamanos a millones de pequeños potenciales homúnculos a una muerte segura.

Es obvio que prohibir o permitir el aborto, como tantas otras decisiones morales, depende en últimas de los principios éticos que estemos dispuestos a aceptar. Para los testigos de Jehová, por ejemplo, las trasfusiones de sangre atentan contra las enseñanzas bíblicas, y es preferible que un niño se desangre antes que practicarle una transfusión. Para algunos católicos el uso de la “píldora del día siguiente” vale por el asesinato de una criatura indefensa. Según el consenso científico, de otro lado, no hay “alma” mientras no exista cerebro, y en consecuencia un embrión de pocas semanas, carente aún de sistema nervioso, sufre o goza tanto como una ameba o un eucalipto.

Para muchos resulta abominable sacrificar un embrión, sin importar que porte defectos genéticos horrendos como la epidermolisis ampollosa, enfermedad hereditaria que hace que la piel se desprenda o se ampolle al más mínimo roce. Los pequeños que nacen con este mal no pueden siquiera bañarse, pues el solo contacto con el agua los hace gritar de dolor. Tampoco pueden alimentarse, debido a las llagas que aparecen en su esófago. ¿Cómo se pretende defender la “dignidad de la vida” alegando que se hace necesario aceptar el sufrimiento indescriptible de un niño en estas condiciones, cuando en realidad podría evitarse, una vez se compruebe que el embrión carga la terrible enfermedad?

Es indudable que el aborto plantea problema éticos complejos, máxime si el feto se encuentra en estado avanzado de desarrollo. Es una desgracia, sin embargo, que decisiones fundamentales para la sociedad colombiana estén en manos de autoridades eclesiásticas convencidas de que aún rige la Constitución de 1886, y de legisladores que tratan de aprovechar su investidura para convertir sus propios prejuicios y creencias religiosas en leyes universales.
 

 

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