Opinión |19 Jul 2012 - 11:08 pm

Yesid Reyes Alvarado

Pensarlo dos veces

Por: Yesid Reyes Alvarado

Al sancionar la nueva ley sobre violencia intrafamiliar, el presidente Santos dijo que, de ahora en adelante, quien quiera maltratar a la familia deberá pensarlo dos veces, porque ese crimen ya no es desistible.

Pese a que se habla mucho de esta figura, no parece que haya claridad sobre lo que con ella se busca reprimir. En estricto sentido, quien mata a su mujer comete un homicidio y quien le ocasiona daño en su integridad responde por lesiones personales, con una pena que depende de la magnitud de las secuelas. La violencia intrafamiliar se ideó para castigar a quien agrede a un consanguíneo de una forma tal que ni incurre en un delito de lesiones personales ni en uno de homicidio. De hecho, desde su redacción original se advierte que sólo es punible si la conducta no constituye otro de mayor gravedad.

La pena asignada a estos hechos se elevó considerablemente en 2007, de manera que ahora es superior a muchas modalidades de lesiones personales e incluso mayor que la de un homicidio culposo. La lógica de la norma se perdió porque acabó con la posibilidad de sancionar a los autores de estos hechos en proporción al daño causado, pues la violencia intrafamiliar es ahora más grave que casi todas las formas de lesiones personales y la rigidez de sus penas impide la aplicación de sanciones acordes al perjuicio ocasionado.

La decisión sobre si este delito debe ser querellable y desistible o investigable de oficio varía con sorprendente frecuencia. Con la Ley 906 de 2004 se dijo que era perseguible oficiosamente, pero la Ley 1142 de 2007 lo convirtió en querellable; cuatro años después, a través de la Ley 1453 de 2011, se dijo nuevamente que debía ser investigado de oficio, y trece meses más tarde la Ley 1542 de 2012 indica que la Fiscalía debe ocuparse de él sin que medie querella de parte.

Si durante una discusión alguien humilla psicológicamente a su pareja, habrá cometido un delito de violencia intrafamiliar por el que deberá ser procesado, aun cuando la persona afectada no ponga el hecho en conocimiento de las autoridades. Como la pena mínima es de cuatro años, el maltratador puede ser detenido durante la investigación y juzgamiento y, en caso de ser condenado, no podrá ser dejado en libertad condicional. Estas son medidas que no se aplicarían al autor de la mayoría de las lesiones personales, que teóricamente son delitos más graves.

La nueva ley busca evitar que algunos maltratadores obliguen a sus víctimas a renunciar a la acción penal por temor a ser nuevamente agredidas. Pero la imposibilidad de retirar la denuncia y la desproporción entre la poca entidad de este delito (en comparación con los de lesiones u homicidios) y la pena aplicable, podrían llevar a un resultado contrario: que las víctimas eviten que las autoridades se enteren de esos hechos y que se nieguen a declarar en contra de sus agresores para evitar la destrucción familiar a la que suele conducir la pena de prisión. Es una lástima que no se piense dos veces antes de expedir esta clase de leyes, que mientras congestionan las fiscalías, los juzgados y las cárceles, parecen tener más probabilidades de socavar los lazos familiares que de protegerlos.

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fernando artavia lizarazo

Vie, 07/20/2012 - 19:26
Excelente columna, con lo cual, se demuestra la mediocridad de los legisladores. Acá quierne convertir a colombia, en una cárcel y al paso que vamos con las legislaciones retrogradas y retardatarias, vamos a llegar al momento que por respirar, se va a mandar a la cárcel y con lo que está ocurriendo por supuesto viene resultando más nocivo el remedio que la enfermedad.
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QUIPE

Vie, 07/20/2012 - 15:06
BUEN DIA DR REYES. ES DE UNA CLARIDAD DELICIOSA LEER SU COLUMNAS. IGUAL ESTA. ES MUY CLARO QUE AHORA AL SABERSE LA PENA LAS MUJERES NO DENUNCIARAN, PORQUE 4 AÑOS ES MUCHO TIEMPO DE CARCEL POR UNA PELEA DE PAREJA. RECUERDE QUE ELLAS SIEMPRE SIGUEN EN LA MISMA RELACION A PESAR DE LAS PELEAS. QUIEN MANTENDRA LA FAMILIA SI EL CONYUGUE ESTA PRESO?. AHORA, DEBIDO A QUE SE LES CREE MAS FACIL A LA MUJER QUE AL ESPOSO, QUIEN TENDRA LA SABIDURIA PARA DICERNIR, EN UN CONFLICTO FAMILIAR, CREADO INTENCIONALMENTE, CUANDO LA ESPOSA LO QUE TIENE ES UN INTERES EN QUEDARSE CON LOS BIENES MATERIALES?????? HAY QUE EVITAR SER IDIOTAS UTILES DE CIERTAS PERSONAS QUE CALCULAN TODO FRIAMENTE Y SE APROVECHAN DE LA LEY.
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manamuisca

Vie, 07/20/2012 - 11:10
De acuerdo con el columnista, , las garantías de los derechos de la infancia, de la mujer y de la misma familia está pasando por momentos de show mediaticos pero en realidad no están efevctivamente garantizados por la ausencia de una política pública coherente y unificadora que realmente constituya un sistema nacional familiar donde realmente sea orientado por el ICBF y donde las comisarías de familia municipales seas dependientes directos o indirectos, de igual forma fortalecer los equipos sicosociales y las defensorias de familia, tanto en recursos coo en númeropara una atención y seguimiento eficaz que no sólo responda a términos de atención sino a calidad de la orientación pedagógica para la convivencia pacíficay la corresponsabilidad.
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gente común

Vie, 07/20/2012 - 10:18
La inconsistencia en la normatividad, la desproporcionalidad en el castigo y el vicio en el resultado final perseguido son consecuencia de legislaciones inducidas por un espíritu emotivo que propende al reclamo por la indignación particular a ciertos hechos de violencia reiterativos,pero que desconocen el principio de racionalidad, probidad y ecuanimidad que tiene en sus fines últimos el ejercicio de la justicia.
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COLOMBIANOINGENUO

Jue, 07/19/2012 - 23:19
saludos...y cuando vana firmar una ley extrema contra los corruptos..ahhh???..Nunca, pues ellos mismos son los principales ladrones, rateros, cacos, bandidos, hampones, bandoleros!!! estos jijueputas son los unicos culpables de todos nuestros males..VA LA MADRE SI NO LES REVOCAMOS EL PODER..YA LES TUMBAMOS DOS REFORMAS Y AL SECRETARIO OTERO HAMPON!!! AHORA VAMOS POR LOS DEMAS!!!

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