Opinión |17 Oct 2012 - 11:00 pm
Lección de pluralismo
Por: Rodolfo Arango
Mónica Roa impartió el viernes pasado una gran lección de pluralismo.
El escenario fue la serie para televisión, ideada por el profesor Lisímaco Parra, de entrevistas hechas por filósofos a no filósofos protagonistas de la realidad nacional. Pocas veces se está ante una persona que haya asumido con tanta entereza y compromiso una causa a favor de millones de mujeres por la igualdad y en contra de la arbitrariedad. Atreverse a defender la interrupción del embarazo en un país con remanentes de fanatismo religioso, incluso representados en altas esferas del Estado, no es tarea fácil. Los asistentes al evento, convocado por las universidades Nacional y de los Andes, fueron testigos privilegiados de una lección de serenidad, equilibrio y valentía.
Dejando de lado los avances jurisprudenciales en la defensa de los derechos sexuales y reproductivos propiciados gracias a un inteligente uso de los mecanismos constitucionales, mujeres sensibles como Mónica llaman a no confundir los conceptos de “pecado” y de “delito”. No toda conducta reprensible para una fe religiosa es una conducta reprensible para una comunidad política pluralista. Los católicos tienen todo el derecho de defender el carácter sagrado y absoluto de la vida, hasta el punto de sancionar según sus reglas internas a los feligreses que interrumpan el embarazo. Otra cosa muy diferente es que quieran imponer a todas las colombianas sus convicciones religiosas mediante la ley penal, siendo que vivimos en un país donde se garantiza la libertad de cultos y existe la separación entre la Iglesia y el Estado. Tal pretensión es abusiva; desconoce el pluralismo religioso; discrimina a las mujeres, en especial a las mujeres pobres que no pueden viajar al exterior para interrumpir un embarazo no deseado como lo hacen las mujeres con recursos; e ignora el problema de salud pública que implica la práctica de cuatrocientos mil abortos anuales en circunstancias de alta peligrosidad.
Otra diferencia importante es la de permitir la objeción de conciencia a médicos individuales que se nieguen fundadamente a practicar la interrupción del embarazo, mas no permitirla a las instituciones de salud, como bien lo ha dispuesto la Corte Constitucional. Mónica llama a imaginarse un país con población en su mayoría de testigos de Jehová, que rechazan la transfusión de sangre. ¿Podrían los hospitales dirigidos por miembros de tal orientación religiosa negarse como instituciones a realizar transfusiones de sangre a los no creyentes por ser contrarias a su fe?
La lección de sólido pluralismo vino al final. La joven, bella y valiente activista de derechos humanos mostró una ponderación poco común al contestar la pregunta de si el Estado debe intervenir en casos de ablación femenina (corte del clítoris) o de prohibición del aborto por una comunidad indígena a una de sus integrantes en los casos despenalizados por la jurisprudencia constitucional —grave riesgo para la vida o la salud de la mujer; grave malformación del feto; violación o inseminación artificial no consentida—. El conflicto entre el pluralismo étnico y cultural y la protección de los derechos individuales debe resolverse en estos dos casos, en su criterio, a favor del primero. Contra el ejercicio de la autodeterminación cultural por una comunidad indígena cabe el apoyo moral y social a las mujeres indígenas en su lucha por el reconocimiento de los derechos humanos, no siendo admisible la coacción estatal para imponer a otros convicciones valiosas pero no por todos compartidas.
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Rodolfo Arango | Elespectador.com
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