Opinión |16 Dic 2012 - 7:30 pm
La salud en manos de la Corte
Por: Roberto Esguerra Gutiérrez
A muchos, entre ellos al Gobierno, no les gusta reconocer que si no fuera por las ordenes que ha proferido la Corte Constitucional y el seguimiento que ha continuado haciendo de ellas, prácticamente no habría ninguna decisión importante en la salud durante los últimos años.
Al mismo tiempo es justo reconocer la diligencia y la manera decidida como viene actuando la actual Contraloría en defensa de los recursos del sector.
Desde el 31 de julio de 2008, fecha de la Sentencia T 760, se comenzaron a correr los plazos para el cumplimiento de las órdenes contenidas en ella, dirigidas a cuatro aspectos esenciales del sistema: la definición y actualización periódica de los planes de beneficios y su progresiva unificación, la cobertura universal, la protección de los recursos del sistema, así como los deberes y derechos de los ciudadanos
Para los críticos de la actuación de la Corte y para algunos funcionarios, han sido éstas órdenes la causa del desequilibrio financiero del sistema, algo que no se ajusta a la realidad, porque si algo hay claro en la sentencia es la responsabilidad y la autoridad que tiene el Gobierno para fijar con claridad los alcances, los limites, las exclusiones y la actualización periódica del POS, así como su obligación de tomar las medidas para poner fin al desangre de los recursos por la corrupción.
Constituye un buen ejercicio volver a leer la sentencia, porque contiene una sólida descripción de lo que debe ser el sistema de salud, el alcance del derecho a la salud, así como las responsabilidades del Estado y las obligaciones del Gobierno. Además, permite constatar el incumplimiento reiterado de las órdenes, como es el caso específico de las relacionadas con el Auto 263, del pasado 16 de noviembre, que se refiere a dos de ellas: la 24, que tiene que ver con la sostenibilidad financiera y el flujo de recursos, y la 27, que se refiere a la obligación de adelantar un rediseño del sistema de recobros por parte del Gobierno. La sala de seguimiento de la sentencia ha venido advirtiendo desde hace tiempo los incumplimientos y ha celebrado audiencias públicas en julio de 2011 y mayo del presente año.
Ante esos incumplimientos, la Corte impartió una serie de órdenes, algunas de ellas con un plazo de solo veinte días improrrogables, que ya se deben estar cumpliendo, como aquella que tiene que ver con adoptar las medidas necesarias para “controlar y recuperar los recursos malversados y dilapidados en el SGSSS, conminando a revertir tales dineros en la atención en salud de los colombianos” o como la que ordena tomar las medidas para “salvaguardar los recursos asignados al sector y que tiendan eficazmente a proscribir los actos de corrupción y las prácticas defraudatorias que afectan al sistema”. La Corte también criticó la actuación de los órganos de control, que considera “inoperante e ineficaz” para controlar la corrupción en el recobro de medicamentos.
El ministro Gaviria se ha quejado de los plazos tan cortos para el cumplimiento de las órdenes, aduciendo que no se puede solucionar en pocos días lo que lleva años. Vale la pena recordar que si bien todas las órdenes estaban desde la sentencia original de 2008, sus plazos de cumplimiento se vencieron hace tiempo. Es cierto que el ministro no lleva mucho en el cargo, pero hace parte de un gobierno que lleva dos años y medio, en los cuales tampoco se han cumplido las órdenes, lo que ha obligado a la Corte a emitir el referido auto con el fin de establecer plazos perentorios para que se haga lo que se debería haber hecho desde hace años.
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