Opinión |31 Ene 2013 - 11:00 pm

Yesid Reyes Alvarado

Derecho penal y medios de comunicación

Por: Yesid Reyes Alvarado

El especial interés que algunos medios de comunicación han prestado a la investigación penal que se adelanta por la muerte del estudiante Colmenares ha revivido el debate sobre el papel que debe jugar la prensa en estos casos.

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Para algunos esta situación es producto del sistema adversarial, que habría permitido la entrada de cualquier persona a los juicios; lo cierto es que en el Código de Procedimiento Penal anterior ya estaba previsto que toda la etapa de juzgamiento posterior a la acusación de la Fiscalía debía hacerse ante un juez y en audiencias abiertas al público; en los años cuarenta, Jorge Eliécer Gaitán alcanzó una considerable fama como abogado penalista, en buena parte gracias a que sus exitosas intervenciones eran transmitidas por la radio.

Para otros el problema radica en la libertad que los medios tienen para ocuparse de temas que están siendo objeto de análisis jurídico y proponen restringir su acceso a esa información. Lo primero que sobre este punto debe decirse es que la publicidad de los juicios penales es garantía de transparencia y, por consiguiente, constituye un valioso elemento para mantener la confianza en el aparato judicial. Sin embargo, es indiscutible que si no hay sigilo en las actividades de investigación, los delincuentes estarían al tanto de ellas y tendrían más posibilidades de evadir la acción de la justicia. Por eso en el procedimiento anterior existía la denominada reserva del sumario, para permitir que, hasta el momento en que una persona fuera llevada a juicio, solo las partes pudieran tener conocimiento de las pesquisas que adelantaba la Fiscalía.

En el actual sistema, caracterizado por una confrontación de los sujetos procesales ante un juez imparcial, la recolección de evidencias es una labor desarrollada de manera independiente por cada una de ellas, de manera tal que mientras el fiscal busca elementos para respaldar su postura, la defensa hace otro tanto para soportar la suya. Como cada uno de ellos es dueño de su material probatorio y no tiene obligación de compartirlo antes del juicio, la reserva sumarial perdió su razón de ser. Actualmente, fiscales y defensores pueden decidir autónomamente si revelan sus estrategias de defensa y sus pruebas, o si las mantienen en secreto hasta la etapa de juzgamiento. Si optan por no desvelar esos detalles, las probabilidades de anticipar mediáticamente un juicio de responsabilidad se verán notablemente reducidas, porque ellos son la principal fuente de información de la prensa.

Lo que ocurre es que, a veces, parte de la táctica procesal puede ser la divulgación anticipada, completa o fragmentada de testimonios o documentos recopilados, en cuyo caso la prensa es utilizada como instrumento. Como en esos casos el control de la información está en manos de los sujetos procesales, la única limitación válida que podría imponerse a los medios, por razones de seguridad de testigos, abogados, fiscales y jueces, es no transmitir imágenes de las audiencias. Otra cosa es que el periodista siempre deba tener el criterio necesario para abstenerse de divulgar información que pueda entorpecer la labor de la justicia.

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CALDORICO

Vie, 03/22/2013 - 22:44
El periodista no se debe a la administración de justicia sino a sus lectores,, esa auto censura que propone Reyes no tiene asidero alguno, más cuando el cambio de paradigma impone que toda la población conozca el trámite procesal, si los jueces, fiscales, abogados y demás funcionarios no saben trabajar bajo presión, que renuncien...pero que no se nos venga a decir que informar, por películezco que parezca, es malo para los operadores jurídicos, por que minan su imparcialidad, pues los medios se deben es a su público no al quere o parecer de estos operadores..
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Picapleitos

Vie, 02/01/2013 - 12:28
Lo ocurrido con el caso Colmenares obedece precisamente a la farandulera posición de los sujetos procesales quienes desconociendo los principios recibidos en la Universidad y en los valores morales y sociales les importó más el prestigio mediático que les ofrecía los medios de comunicación. De los abogados supuestamente prestigiosos de ahora, consentidos por los medios,a los que alternaban en la época de Gaitan y a los mártires del holocausto del Palacio de Justicia, existe mucho trecho.
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rabil

Vie, 02/01/2013 - 10:04
En temas como el tratado en la columna, los procesos de paz, los TLC, la violencia en general y sus consecuencias, nuestros periodistas con contadas excepciones hacen gala de ligereza, inhumanidad, descontextualización, ignorancia y prejuicios, en el mejor de los casos. En el peor, es evidente su parcialidad impuesta por los dueños del canal, casi siempre para cuidar a sus clientes de publicidad, dueños además del pais. De ahí, el estrés adicional de un juez que debe aislarse para el análisis de las pruebas y a la luz de doctrina, jurisprudencia y de ciencias auxiliares pertinentes emitir un fallo en derecho que ojalá haga justicia. Las escuelas de periodismo y los manuales de estilo se quedaron rezagados e inanes.
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fernando artavia lizarazo

Vie, 02/01/2013 - 07:53
Excelente, pero tengo mis reparos, por tanto, por la premura del tiempo me sustraigo a opinar, sin embargo, cuando regrese de una diligencia lo haré para robustecer la del columnista y marcar también algunas diferencias, conceptuales por supuesto, máxime, si lo que está haciendo, no es nada diferente que opinar bajo el entendido que en Colombia respecto de ella, hay libertad, así estemos equivocados. Eso sí, adelanto, que sobre el tema hay abundante jurisprudencia de la Corte Constitucional, al extemo que esta dispone que iniciada la investigación, cualquiera que sea el sistema aplicable, ley 600 o 906, debe noticiarse al presunto infractos y justiciable en defensa de sus derechos fundamentales, entre ellos, de defensa, libre acceso a la administración justicia y debido proceso.

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