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Cúmulo de absurdos

Rafael Rivas
12 de enero de 2024 - 02:05 a. m.

En Colombia, los hombres se pueden retirar con pensión completa a los 62 años y las mujeres a los 57, con la condición de que hayan cotizado, ambos, 1.300 semanas. La diferencia en la edad necesaria para pensionarse se supone que compensa a las mujeres por tener hijos. Es una mala política que logra la hazaña de discriminar contra hombres y mujeres a la vez. Contra los hombres, porque no es claro por qué las mujeres se deben pensionar antes, aun si han tenido hijos. De por sí, la expectativa de vida al nacer de las mujeres es casi seis años superior a la de los hombres, así que en promedio gozarán de 10 años más de pensión, por hacer las mismas cotizaciones. Contra las mujeres, porque se trunca su vida laboral con menos años de trabajo, lo cual debe repercutir sobre la expectativa promedio de hasta dónde llegan en sus logros profesionales (y el monto de los aportes que hacen al final de la vida laboral, cuando más ganan, y, por lo tanto, de su pensión).

A estas alturas en una columna, una parte importante de lectores ya se encuentran en un estado avanzado de indignación contra el columnista, así que puede ser un buen momento para anotar que la edad de pensión de hombres y mujeres es la misma en Estados Unidos, España, Portugal, Francia, Alemania, Italia, Australia, Nueva Zelanda, Holanda, Bélgica y los países escandinavos y bálticos, que no se caracterizan por la discriminación de género rampante. Además, en todos estos países la edad de pensión es más alta que en Colombia. Por ejemplo, en Alemania y España está subiendo hasta los 67 años; en Reino Unido, a los 66 años; en Suiza, a los 65 años; en Francia, a los 64 años, y en los Países Bajos, a los 67 años. Los políticos de estos países cayeron en la cuenta y explicaron a los ciudadanos que, con el aumento de la expectativa de vida y los cambios demográficos, los jóvenes no podrían pagar las pensiones de los viejos si no se ajustaban los regímenes pensionales. Un esfuerzo político valiente, que en gran parte han dado. En Colombia, el presidente Petro, en cambio, dijo que primero renuncia antes de subir la edad pensional.

No contenta con saber que nuestro sistema pensional ya es insostenible e injusto con los jóvenes, violando consideraciones elementales de justicia intergeneracional cada vez más importantes en el debate constitucional, la Corte Constitucional acaba de dar un nuevo paso en la dirección de aumentar el despropósito. Decidió que no se les debe exigir a las mujeres cotizar 1.300 semanas, porque se les hace más difícil pensionarse a los 57 años. Como se anotó, no se deberían pensionar a los 57 años, en un país con las prioridades bien puestas. Pero, aun dejando esto de lado, no tiene sentido suponer que el Legislativo no podía establecer una ventaja para las mujeres (la edad de pensión) y mantener una condición igual para ambos géneros (el número de semanas cotizadas). Se trata de dos condiciones distintas y no hay razón para suponer que tienen una correlación perfecta. De hecho, si la tuvieran, una de las dos sobraría. Por lo tanto, lo lógico sería suponer que el Legislador quiso otorgar una ventaja parcial, suavizando una condición y no la otra, quizá sabiendo que con las mismas 1.300 semanas de cotización podrían tener más años de pensión. Por qué resulta esto inconstitucional es difícil de entender, cuando de por sí la distinción en la edad de pensión entre hombres y mujeres es tan cuestionable como política económica y como derecho laboral.

Por último, también se debe señalar que, con la transición demográfica, las mujeres tendrán menos hijos y muchas no tendrían hijos. ¿Cuál es el argumento para que se pensionen prematuramente mujeres que no tienen hijos? ¿No es más lógico enfocar los esfuerzos y recursos escasos en brindar más apoyo a las mujeres que sí tienen hijos, para que no se afecte tanto su trayectoria laboral, en lugar de persistir con una política absurda, discriminatoria y onerosa? Naturalmente, habría que encontrar la manera de hacerlo sin que el presidente renuncie.

 

FLECHAS(37840)13 de enero de 2024 - 05:17 p. m.
De donde deben salir los recursos? De los impuestos y de las divisas de explotación de los recursos naturales del país, petróleo, oro, níquel, carbón. O es que los dineros de esos recursos no son del todos los colombianos. Replantee su equivocado y perdido artículo.
FLECHAS(37840)13 de enero de 2024 - 05:14 p. m.
Miando fuera del tiesto. De los países que menciona, mencione al menos uno donde el sistema de pensiones sea autónomo, que se pague con los aportes de los trabajadores. NINGUNO, goza de esa calidad. Así que buscar que los sistemas de pensionws sean autónomos es una utopía. El país o el sistema de pensiones lo pensiona a uno por ser nacional de ese país y por haber prestado un servicio al crecimiento del país. Esa es la retribución merecida del trabajador.
Luis(18145)13 de enero de 2024 - 11:54 a. m.
Muy buena columna. No es cuestión de ideologias sino de cómo equilibramos un sistema de pensiones justas
Gerardo(68861)13 de enero de 2024 - 10:17 a. m.
No entiende la inconstitucionalidad por obvias y evidentes razones.
jomavasu(adh7f)13 de enero de 2024 - 05:16 a. m.
Es muy facil poner en el mismo canasta los paises llamados del primer mundo y colombia, pero por ningun lado dice cual es la pension minima en dichos paises.
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