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Vendedores de ilusiones

Yesid Reyes Alvarado
02 de junio de 2020 - 05:00 a. m.

En favor de implantar la cadena perpetua se dice que con ello se busca defender los derechos de los niños. Pero ¿cómo se protege el derecho a la vida de un niño cuando se encierra indefinidamente a quien ya lo asesinó? Aunque suele olvidarse, esa es una de las características del derecho penal: siempre llega tarde porque solo actúa cuando los delitos se han cometido.

La mejor manera de prevenir crímenes es identificando las causas que llevan a su comisión e incidiendo en ellas para intentar solucionarlas. Valdría la pena preguntarse, por ejemplo, por qué en Colombia el 83 % de las agresiones sexuales contra los menores de edad provienen de su entorno familiar. ¿Influirá en ello la falta de una adecuada educación sexual? ¿O quizás las condiciones de hacinamiento en que muchos hogares humildes deben convivir, compartiendo una única cama?

Encerrar a los autores de esas conductas es útil como castigo, pero no como forma de protección de los derechos de los menores de edad. Esto solo se consigue de modo eficiente si el Estado interviene antes de que los delitos ocurran, ocupándose de los factores que llevan a ellos.

Se pueden controlar los efectos de una gotera usando un balde que recoja el agua, y cada vez que se llene podemos recurrir a uno más grande, pero mientras no arreglemos el daño que la produce, ella no desaparecerá. La única explicación para usar el balde es que resulta ser un mecanismo simple y barato de enfrentar la dificultad, y que al brindar un remedio pasajero permite desentenderse de sus causas. Con la política criminal suele ocurrir lo mismo: la proliferación del delito genera preocupación y la gente reclama del Estado una respuesta. La que parece estar más a la mano es el derecho penal, porque basta con que el Congreso apruebe una ley para enviarle a la ciudadanía un mensaje de tranquilidad. Es una solución rápida, barata y apacigua momentáneamente a la comunidad. No importa si con esa modificación legislativa el problema se supera o no, lo que interesa es mostrar que se ha hecho algo y vender la ilusión —pasajera— de que está controlado. Cuando la intranquilidad regrese, siempre se podrán aumentar un poco más las penas. Eso es lo que usualmente se conoce con el nombre de populismo punitivo: el uso irracional del derecho penal con el propósito de calmar los ánimos populares frente al aumento del delito.

Si al Congreso realmente le interesa adoptar medidas que sean aptas para controlar estos ataques contra los menores de edad, ¿por qué no esperan a ver si las que aprobaron en el 2005 funcionan? ¿Por qué las van a cambiar si no saben si han sido eficientes? Algunos dicen que la cadena perpetua se justifica porque la reincidencia sigue en esos delitos, pero lo cierto es que desde el 2005 quien agreda sexualmente a un menor y luego lo mate puede ser condenado a 60 años de prisión que, con trabajo y estudio, se reducen a 40. Esto quiere decir que el primer condenado a esa pena creada en el 2005 quedará en libertad en el 2045. ¿De dónde sale entonces el argumento de que el aumento punitivo dispuesto por el Legislativo en el 2005 no ha servido? Es un dato que parece importar poco. El Congreso se dispone a cambiar el balde.

 

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