Opinión| 4 Sep 2008 - 9:04 pm
El Alcalde y los jueces
Por: Yesid Reyes Alvarado
O el Alcalde no se informó antes de hablar, o piensa que los jueces no deben respetar los derechos constitucionales; en ambos casos lo que deja mucho que desear es la actitud del Burgomaestre.
Una de las muchas ventajas del sistema penal acusatorio que opera en Colombia es que permite distinguir claramente entre las responsabilidades de la Policía Judicial, los fiscales y los jueces; cada una de esas instituciones tiene sus propios deberes dentro del proceso y debe responder por su estricto cumplimiento. La función de los jueces de garantías consiste precisamente en velar porque las actuaciones de la Policía Judicial y de los fiscales se adelanten con absoluto respeto a las normas constitucionales.
Desde el punto de vista emocional es comprensible que algunas personas piensen que es válido desconocer derechos fundamentales con tal de aplicar justicia; es la antigua idea de que el fin puede justificar los medios. Pero alguien que, como el Alcalde, es abogado, no puede ignorar que para privar de la libertad a una persona las autoridades deben cumplir con una serie de condiciones que a lo largo de muchos años han sido diseñadas por los Estados democráticos, precisamente para garantizar que esos derechos básicos del ciudadano sólo sean limitados en determinados casos y con el cumplimiento de precisos requisitos legales.
Si las autoridades de Policía capturan a una persona sin orden de autoridad judicial y cuando no existe flagrancia, esa captura es ilegal y los jueces de garantías tienen no sólo la obligación legal de manifestarlo, sino de disponer la libertad inmediata de esa persona, como ocurrió cuando menos en uno de los casos que generó la airada reacción de Samuel Moreno. Desde luego que una decisión como ésta debe generar preocupación, en cuanto supone que debido a un error de alguna autoridad es posible que un delincuente evada la administración de justicia.
Pero lo que debe quedar claro es que en una situación como la comentada, la equivocación no es del juez que declara la ilegalidad de la captura, sino de la Policía Judicial que priva de la libertad a una persona sin cumplir los requisitos que la Constitución y la ley establecen. De hecho, en uno de los casos a que aludió el Burgomaestre, la Fiscalía corrigió el error inicialmente cometido, solicitó ante un juez de garantías la expedición de una orden de detención y la obtuvo en muy poco tiempo, lo que demuestra que la aprehensión del presunto violador podía hacerse cumpliendo con las normas legales.
Cuando se producen equivocaciones atribuibles a miembros de la Policía Judicial, las energías del Alcalde, que además de abogado es la primera autoridad de Policía de Bogotá, deberían dirigirse a corregir los errores de esos funcionarios en lugar de enlodar el nombre de unos jueces que se limitaron a hacer respetar normas constitucionales, función que precisamente se les encomendó cuando fueron designados en sus cargos.
Es una lástima que en esta época de mediatización de la justicia, no haya habido un pronunciamiento institucional para aclararle a la opinión pública que los jueces no deben responder por las eventuales equivocaciones en que puedan incurrir fiscales o miembros de la Policía Judicial en desarrollo de sus labores.
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Yesid Reyes Alvarado
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