De nuevo contra la autonomía y el salario médicos

Saúl Franco
08 de marzo de 2017 - 02:00 a. m.

En la medida en que la crisis del sistema de salud se prolonga, los empresarios y operadores del sector se ingenian nuevos atropellos al personal tratando de mantener sus ganancias, los “usuarios” padecen mayores restricciones y las autoridades capotean el temporal entre vacilaciones y confusas regulaciones.

La última novedad la protagoniza Esimed, la empresa IPS que presta servicios asistenciales a la EPS Cafesalud, la más grande y riesgosa del país. Sin pudor ni consulta previa, decidió incluir este año en el contrato de trabajo de sus médicos una nueva cláusula. Mediante ella, los contratados tienen que autorizarla para retenerles cada mes el 10% de su salario, para garantizar anticipadamente el pago de las objeciones que hagan las EPS a las facturas presentadas por la IPS. Tales objeciones –o glosas– tienen que ver con medicamentos o procedimientos no incluidos en el Plan Obligatorio de Salud (POS), ordenados por el respectivo médico y no aceptados por la EPS. Si no hay glosas, la empresa promete entregarles el porcentaje retenido en el siguiente corte. Tengo información confiable de que esta práctica se está extendiendo también a entidades públicas, como algunos hospitales de la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá.

A más de financiero, el objetivo de la medida es obligar a los médicos a ceñirse a las normas y condiciones de las IPS-EPS, anteponiendo los intereses económicos de ellas al criterio profesional y a las necesidades de los pacientes. En otras palabras: tratar de imponer una nueva ética, la del utilitarismo empresarial, sobre la dignidad de la práctica médica, la autonomía profesional y el bienestar de los pacientes. Los médicos estarían siendo constreñidos a asumir por anticipado el riesgo financiero de las IPS y a responder con su salario por las dudas o evasivas de las EPS.

No son nuevos los atentados contra la autonomía y los derechos del personal de salud en este sistema. El principal antecedente lo constituye la denominada Emergencia Social en Salud (ESS). Fue impulsada entre 2009 y 2010 por el entonces presidente Álvaro Uribe, siendo ministro de Salud el médico Diego Palacio, condenado en 2015 por la Corte Suprema de Justicia a 80 meses de cárcel por cohecho comprobado para facilitar indebidamente la reelección presidencial. Dicha ESS pretendió suplantar la autonomía médica por la obligación de ceñirse estrictamente a las guías establecidas por el sistema y a los intereses económicos de las EPS, bajo amenaza explícita de sanciones disciplinarias, económicas y hasta penales. Las masivas y organizadas movilizaciones gremiales y sociales, y el buen juicio de la Corte Constitucional de entonces, impidieron el exabrupto, que ahora tratan de revivir.

El pasado 28 de febrero el Ministerio de Salud emitió la Resolución 532, mediante la cual hace nuevas precisiones sobre requisitos y procedimientos relacionados con el registro, suministro, pago y auditoría de servicios no POS. A pesar de que esta nueva resolución confirma la tragicomedia y las ambigüedades del POS, analizadas en la columna anterior, sobre el tema en cuestión es muy explícita en su artículo 5.  Reafirma el derecho de las EPS-IPS a hacer auditoría al personal médico, pero rechaza “las acciones de constreñimiento en virtud de su autonomía profesional”, y prohíbe “retener parcial o totalmente los honorarios y salarios de los profesionales de la salud por la aplicación y glosas entre prestadores, aseguradores y el Fosyga…”.

Ojalá, en medio del río revuelto que es hoy el sistema de salud colombiano y de la consiguiente confusión reinante, estas normas se hagan efectivas y frenen el nuevo intento de constreñimiento ético, retención salarial y restricción de servicios. Ni el salario y la autonomía profesional de los trabajadores del sector, ni el derecho fundamental a la salud de todos deben someterse a este tipo de atentados. Ni los ciudadanos/as debemos seguirlos soportando pasivamente.

*Médico social.

 

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