Decisión histórica de la Corte Constitucional

Hernán González Rodríguez
25 de mayo de 2017 - 09:00 p. m.

A pesar de no conocer la sentencia, figuro entre los millones de colombianos que celebramos la decisión histórica que tomó la Corte Constitucional hace pocos días, con el fin de modificar dos literales del Acto Legislativo para la Paz, lo cual le dificultará al presidente Santos su entrega del país a las Farc. El senador del Centro Democrático, Iván Duque, fue quien radicó la demanda aludida, y acertó, porque le abrió la puerta a demoler las concesiones a continuación.

Para sustentar mis apreciaciones anteriores reproduzco uno de los párrafos que figuran el texto de las 310 páginas del teatro Colón sobre la omnipotente, tenebrosa e inconstitucional Comisión de Seguimiento Impulso y Verificación -CSIV- con mayoría en cabeza de Iván Márquez, Victoria Sandino, Jesús Santrich, y como intérpretes de los desacuerdos, Cuba, Venezuela y Noruega.

6.1.6.  “Corresponderá a la CSIV constatar que el contenido de todos los proyectos de decreto, ley o acto legislativo que sean necesarios para implementar el Acuerdo Final, correspondan a lo acordado, antes de que sean expedidos por el presidente de la República o presentados al Congreso según el caso”. Si esto no es entregarle el país a las Farc, entonces, ¿qué se considera entregar?

En el Acto Legislativo para la Paz, cuna del inconstitucional fast track, se complementaba el cogobierno de las Farc con los literales:  h). “Los proyectos de ley y de acto legislativo solo podrán tener modificaciones siempre que se ajusten al contenido del Acuerdo Final y que cuenten con el aval previo del Gobierno nacional”. j).  “En la comisión y en las plenarias se decidirá sobre la totalidad de cada proyecto, con las modificaciones avaladas por el Gobierno nacional, en una sola votación”.

En consecuencia, se restauró la separación de los tres poderes del Estado, primó para la Corte el criterio de que sí marchaba en contra de la Constitución del 91 el que el Gobierno tuviera potestad para imponer avales, entrometiéndose en las decisiones del Congreso. Así como también primó la necesidad de votar artículo por artículo y modificación por modificación, olvidándose de las aprobaciones en bloque del fast track. El Congreso dejó de ejercer las funciones de notario y volvió a ser Congreso.

Entiendo que en adelante toda ley vieja o nueva podrá ser anulada o modificada posteriormente por otra de la misma o de mayor jerarquía como acontece en todas las democracias. O sea, ya no existirá blindaje eterno para las Farc.

Consideraron algunos el fallo de la Corte como el final de nuestras posibilidades de paz. Por eso, aducen, entraron las Farc en estado de acuartelamiento y aprovecharon el hecho para dilatar la entrega de las armas. Considero que un desarrollo textual del Acuerdo Final, con los criterios y las exigencias económicas de la CSIV, sería más catastrófico que los 60 años de conflicto pasados.

Por el contrario, un desarrollo democrático de los Acuerdos bien puede contribuir a mudarles a las Farc su imagen de narcotraficantes ante la opinión internacional y a blindarlos en Colombia.  Además, a las mayorías de Santos en el Congreso no les preocupan las decisiones de la Corte, porque alardean disponer de suficientes votos para aprobarlos y, más aún, para votarlos en bloque y por medio del fast track. Pero estas mayorías ya tienen el sol a la espalda y nada impide que comiencen pronto a disolverse hasta perder el poder en las elecciones de 2018.

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