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Cuando prohibir es penalizar

ESTABA PROGRAMADA PARA EL DÍA martes en el Congreso la discusión del proyecto de acto legislativo que prohíbe la dosis mínima.

El Espectador
03 de noviembre de 2009 - 11:22 p. m.

De haber sido favorable la votación, el presidente Uribe estará a dos debates de hacer realidad uno de sus sueños más frustrados. Después de que se le sustrajeran miedosas iniciativas de ingeniería social como las de los tribunales de tratamiento de drogas, el proyecto se limita a prohibir el porte y consumo de drogas. Adicionalmente, establece que el artículo 49 de la Constitución habrá de ser modificado para que, en adelante, “con fines preventivos y rehabilitadores”, la ley establezca “medidas pedagógicas, profilácticas o terapéuticas para quienes consumen dichas sustancias”.

Ahora que el Gobierno renunció a modificar el artículo 16 de la Constitución Política, que trata sobre el libre derecho a la personalidad, enfoca sus baterías en un sospechoso interés en la salud de los colombianos consumidores de drogas. Tanto insistieron los defensores de la dosis mínima en el argumento de la salud pública y en cómo este es el enfoque que debe aplicarse para abordar la drogadicción, que el propio Gobierno terminó por creerles. Lo han dicho diferentes congresistas y ministros, y lo repiten algunos funcionarios: “quien tenga drogas será tratado como un enfermo”. Consumir marihuana —y ya no hablemos de ninguna otra sustancia— requiere, pues, de la atención de un profesional.

Y si éste se rehúsa, como con seguridad ocurrirá, el Estado nada podrá hacer. Salvo en los casos que el coordinador de ponentes del proyecto, el congresista Nicolás Uribe, considera dignos de medidas de protección coactiva. Como bien lo cita en la ponencia que puede leerse en su página web, éstas implican que en algunas circunstancias es legítimo que terceras personas o el propio Estado tomen medidas a favor de individuos y contra su voluntad. La definición es de la propia Corte Constitucional que explica, además, que estas circunstancias tan excepcionales se suelen invocar para “menores de edad” y “personas transitoriamente incapaces”.

Aunque el congresista Uribe ahonda en la definición de “drogadicción crónica” y en ello puede haber un esfuerzo por elaborar matices, no queda claro si el Gobierno considera igualmente que todo el que consume drogas se comporta cual menor de edad o incapacitado. La falta de criterio frente a si todo el que consume es un enfermo o si lo es en los casos en los que existe una adicción, no pasa de ser una contradicción más en un proyecto de acto legislativo cuya intención sigue siendo la de anteponer la lucha contra el narcotráfico por sobre las libertades de los ciudadanos.

Dígase lo que se diga en defensa de la salud de los colombianos, que dicho sea de paso no han solicitado la paternalista atención del Estado, el objetivo de este y los anteriores seis proyectos sigue siendo el mismo: atacar al consumidor como se persigue al que expende, bajo el supuesto de que las drogas son malas y quienes consumen son moralmente equiparables a los terroristas.

Se le dan vueltas a una misma idea para al final, además, salir a exigir de los medios de comunicación que se rectifique la curiosa impresión de que lo que se busca es criminalizar cuando apenas se está prohibiendo. Para nadie es un secreto lo que ocurrirá tan pronto entre en vigencia la modificación de la Constitución Política y quede, en definitiva, prohibido el porte y consumo de droga: requisas, raqueteadas, persecuciones y abusos harán del universo que consume el mismo que trafica. Lo dice el propio congresista Uribe en un acápite de su ponencia: hay una relación directa entre el consumo de drogas en jóvenes y la delincuencia.

Nadie olvida, sin embargo, que criminalizar era el propósito original de la despenalización de la dosis mínima.

Por El Espectador

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