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El derecho a la adopción gay

EN UN HECHO SIN PRECEDENTES, el Juzgado Primero Penal del Circuito de Rionegro, Antioquia, exhortó al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar para que proceda con los trámites de adopción de una niña de un año y 9 meses, hija biológica de una de las dos integrantes de una pareja de lesbianas.

El Espectador
11 de noviembre de 2009 - 11:00 p. m.

Las dos mujeres, que son pareja desde  2005 y que formalizaron su unión marital de hecho en una notaría, interpusieron la acción de tutela argumentando que, con la adopción, se estaría garantizando la protección de la niña y el cumplimiento de todos sus derechos.

Aunque el Icbf afirmó que apelará la medida, pues irrespeta la normatividad colombiana, el histórico fallo de Rionegro se produce en medio de un importante debate sobre los derechos de las comunidades homosexuales, que podría transformar radicalmente el marco normativo que impide este tipo de adopciones. 

El debate alcanzará uno de sus momentos más álgidos en estos días, cuando la Corte Constitucional decida sobre la demanda interpuesta hace 10 meses por el ciudadano Luis Eduardo Montoya, que pide tumbar el artículo del Código de la Infancia y Adolescencia que excluye a las parejas del mismo sexo de los procesos de adopción de menores.

Difícilmente el alto tribunal, que para emitir su concepto consultó a los más destacados especialistas en psicología del país,  podrá encontrar  un solo argumento racional en contra de la capacidad de las parejas homosexuales para ejercer la paternidad responsable. Como lo señalan parlamentarios y juristas en España, Suecia y Holanda —algunos de los países en los que ya se aprobó esta forma de adopción—, no hay evidencia alguna que indique que la orientación sexual de los padres puede desatar traumas y complejos en el menor.

Ante la imposibilidad de esgrimir argumentos científicos, quienes se oponen a la medida se ven avocados a citar dogmas religiosos o a justificar prejuicios homofóbicos. Sin exaltación alguna en el tono se escucha decir que “se corromperá el niño”, “se lo convertirá en un potencial violador, un desviado, un anormal”. Intentos, pues, de explicación que desde la pseudo-ciencia o la religión proyectan imaginarios ofensivos.       

Resulta igualmente anacrónica la férrea defensa de la familia “normal, conformada por un hombre y una mujer”, que con ocasión de los debates sobre derechos de parejas homosexuales despliegan entidades como el Icbf y la Procuraduría General de la Nación. Al defender la prevalencia de núcleos familiares heterosexuales, estas instituciones le dan la espalda a la realidad.

La familia, núcleo fundamental de la sociedad colombiana, no es una unidad estática, impermeable a los cambios de la vida contemporánea. Según la última Encuesta Nacional de Demografía y Salud, el 30 por ciento de los niños colombianos crece solamente con la madre, el tres por ciento solamente con el padre y un ocho por ciento no vive con ninguno de los dos.

No debe perderse de vista que la familia, compuesta por quien esté compuesta, debe ante todo acoger a los menores en el plano afectivo, educativo y psicológico.  La Corte Constitucional tiene en sus manos la posibilidad de dar un salto audaz hacia adelante, de garantizar que los ciudadanos homosexuales tengan acceso al derecho de conformar un hogar. Recordemos cómo la Constitución de 1991 establece en su artículo 42 que la familia se constituye por la decisión libre de un hombre y una mujer o por la voluntad responsable de conformarla. Sí, además está en la ley.

Por El Espectador

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