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Ese fue el mensaje del presidente Álvaro Uribe a la Fuerza Pública al término del consejo comunal celebrado el domingo pasado en Bucaramanga. Tras conseguir la aprobación del acto legislativo que prohíbe el porte y consumo de la dosis mínima, el Gobierno acaba de presentar el proyecto de ley que lo reglamentará. Pese a que la intención del acto legislativo, según palabras de sus defensores, era dirigir las políticas represivas del Estado hacia la salud pública —como ocurre hoy en Estados Unidos, México y varios países europeos— el proyecto que reposa en el Congreso fue presentado por el Ministro del Interior y de Justicia, muy a tono con las preocupaciones presidenciales.
Por lo mismo, el polémico proyecto se debate entre un lenguaje aparentemente comprensivo con las personas que realmente tienen un problema con el consumo de drogas y una retórica de tintes abiertamente persecutorios y paternalistas. En más de una ocasión se hacen aclaraciones del tipo "se establecerán medidas que en ningún caso constituirán represiones de tipo penal"; "se requiere del consentimiento informado del paciente" y "estamos aquí en presencia de una medida que no vulnera derecho alguno de la persona", pero lo que el ministro Valencia Cossio propone, en concreto, son polémicos mecanismos de vigilancia a la libertad individual. Como mínimo, medidas de acción que incentivan deliberadamente la confusión entre el consumo y el tráfico de drogas ilícitas.
De los tenebrosos Tribunales de Tratamiento de Drogas que pensábamos superados, pasamos ahora a los Centros de Orientación en Drogadicción a los que, según reza el documento, "toda persona que sea sorprendida con sustancias estupefacientes o psicotrópicas o que se encuentre bajo el influjo de dichas sustancias será conducido por parte de la autoridad de Policía". En este Centro de Orientación, la persona será objeto de un abusivo empadronamiento sobre el que ya tendrá tiempo la Corte Constitucional para pronunciarse. Por lo pronto, basta notar que no se habla de criminales pero se les trata como si lo fuesen.
Tras brindar información personal, cuyo destino final desconocemos, un médico especialista, "psiquiatra o psicólogo" —¿son acaso lo mismo?—, dispondrá de siete horas para determinar la modalidad de consumo y dar un diagnóstico. Después viene un juez, quien con base en el dictamen impondrá la medida que estime conveniente y especificará si el Estado tiene en sus manos a un consumidor, a un traficante o a un consumidor que traficaba. De ser algunas de las dos últimas, la Fiscalía General de la Nación entrará en acción. Y todo ante los ojos de un funcionario del Ministerio Público, quien es el encargado de velar por la protección de los derechos del retenido.
La lista de despropósitos continúa. Como en muy pocas reglamentaciones, se hace interminable. Ya algunos analistas han notado que se incurre también en un populismo fiscal que lleva a que, sin cálculos previos, se ordene la incorporación del tratamiento de la drogadicción al Plan Obligatorio de Salud (POS). Además, a quienes se les ofrece la ayuda del Estado están en su derecho de rechazarla, lo que supone que todo este despliegue de recursos financieros y humanos se sustenta en la necesidad de intervenir en la vida privada de personas que con seguridad se opondrán a los tratamientos brindados. Y ello porque, en general, no los necesitan. Consumen drogas pero no son adictos.
Al final queda la certeza de que de ser aprobado este proyecto de ley, aparentemente encaminado a garantizar el derecho a la salud, un acto legislativo como el de la prohibición del porte y consumo de la dosis mínima, que muchos suponían inocuo, llevará en la práctica a una criminalización del consumo, eso sí, bien disimulada en el lenguaje.