Bienvenida la doble instancia para aforados

El caballito de batalla razonable de los funcionarios condenados por la justicia, que suelen acompañar con el discurso de la persecución política —que en buena cantidad de casos es irresponsable—, es que en la legislación colombiana no existe la doble instancia para juzgarlos, elemento esencial del derecho al debido proceso con el que sí cuentan todos los ciudadanos que no son aforados. Por eso es bienvenido el proyecto de ley que busca solucionar esa situación.

El Espectador
23 de marzo de 2017 - 03:00 a. m.

El pasado martes, la Corte Suprema de Justicia radicó una iniciativa legislativa que introduce la doble instancia para los aforados constitucionales, con la excepción del presidente de la República y los magistrados de las altas cortes. En palabras del presidente de la Sala Penal, Eugenio Fernández, “en el juzgamiento que se le haga a un gobernador, embajador o congresista, el primer fallo lo dará el Tribunal Superior de Bogotá, fallo que puede ser apelado y decidido por la Corte Suprema de Justicia en segunda instancia”. Si, por ejemplo, en primera instancia hay sentencia absolutoria y en la segunda hay condenatoria, esta última podrá ser apelada, de tal manera que se garantice que cualquier condena haya sido discutida en dos ocasiones distintas.

Como dijo el mismo Fernández, “es un acto de justicia y no de prebenda para los altos funcionarios”. Estamos de acuerdo. Al respecto, compartimos lo dicho por el fiscal general de la Nación, Néstor Humberto Martínez, quien argumentó que “la ausencia de la doble instancia toca el sentir de muchos académicos y juristas que consideran que sin doble instancia se afecta la integridad de las investigaciones que se llevan con relación a los congresistas”.

Vemos, especialmente, dos bondades que se desprenden de este proyecto de ley. La primera es la eliminación de una de las quejas más recurrentes por parte de los funcionarios y que sirve para deslegitimar desde el discurso a la administración de justicia. No se trata, valga decirlo, sólo de quitar argumentos para poner en tela de juicio las sentencias judiciales, sino que en el fondo sí hay un tema de desigualdad y justicia: ¿por qué los aforados no deberían tener el mismo derecho a la doble instancia que el resto de los colombianos? Esa medida, que garantiza la debida defensa, era una deuda del sistema judicial colombiano.

Segundo, y directamente relacionado con lo anterior, porque la existencia de una doble instancia garantiza que el país tenga muchas más certezas sobre los casos que involucren a los funcionarios. Va a ser muy difícil que alguien argumente que lo están persiguiendo políticamente si se le brindaron todas las garantías y dos tribunales distintos llegaron a la misma conclusión.

Esperamos, no obstante, que esto no signifique que los procesos tan importantes que entrarían bajo el efecto de la ley caigan en los mismos problemas de un sistema colapsado. Al respecto, la Corte Suprema de Justicia ha dicho que el cambio no significará una nueva carga laboral. Ojalá así sea.

La coalición de gobierno, el Ministerio de Justicia y la Corte Constitucional han respaldado la medida, lo que le augura un buen futuro en el trámite legislativo. Celebramos entonces la propuesta e invitamos a los parlamentarios a que le den prioridad.

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Por El Espectador

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