Dos derechos

Por medio de la Sentencia T-057 de este año, la Corte Constitucional sacó de la manga un nuevo derecho que, por visibles razones de humanidad, siempre debió integrarse a nuestro ordenamiento: “el derecho a que sea intentado”.

El Espectador
05 de mayo de 2015 - 04:14 a. m.

Esto es, mucho más allá de la teoría que pueda haber en torno a este desarrollo jurisprudencial, una cosa sencilla en la práctica: se trata de que se agoten todas las posibilidades científicas existentes, incluso las que son de carácter experimental (bajo orden del médico tratante), para poder hacer tratamientos rehabilitadores a quienes padecen enfermedades que no tienen mucha opción: las personas en estado vegetativo persistente o de conciencia mínimo.

El fallo se da por la lucha perseverante de Mario Rivera Vélez, un hombre que, luego de que su hija Mairoby tuvo un accidente automovilístico en Venezuela, ha trazado un camino de herramientas jurídicas útiles a su causa: desde que atiendan a su hija en un centro médico para hacerle una especie de limpieza por hematomas en el cerebro, hasta sentar este precedente constitucional, que podría aplicarse a todos los que encajen en la descripción que la sentencia inspira. Esta especie de “regulación” (de todas formas se está creando un derecho y elevándolo a la categoría de fundamental) está en consonancia con un avance en materia jurídica en Estados Unidos.

¿Cómo aterriza esta teoría a la práctica del caso? La Corte ordenó que se le realice el tratamiento de estimulación epidural recomendado por el doctor Maximiliano Páez. Los tratamientos experimentales no están contemplados dentro del sistema de salud colombiano, sí, pero hay algunas excepciones que la Corte consideró en su decisión: cuando, por ejemplo, su prohibición pueda vulnerar el derecho a la salud de los pacientes, no solo cuando esté en riesgo la vida, sino también cuando el paciente tenga reales posibilidades de recuperarse. Un avance, sin duda.

Hay, sin embargo, otra cara de esta historia que vale la pena mirar. Si bien algunas personas quieren aferrarse a la vida, hay otras que se sienten con sobradas razones para querer acabarla. Esa opción, ese derecho, digamos, debería ser el siguiente que pongamos sobre la mesa pública.

En las últimas semanas el Ministerio de Salud reguló por vía administrativa el tema de la eutanasia, que celebramos: por medio de la acción (administrar un agente) u omisión (desconectar a quien permanece vivo por ayuda artificial), y después del debate de un comité integrado por un grupo diverso de especialistas, una persona puede acabar con su vida si así lo desea, siempre y cuando cumpla con la condición de que su enfermedad sea terminal, no tenga cura y esté padeciendo consecuencias dolorosas en medio de su tratamiento paliativo. ¿Por qué no extender ese derecho?

Mientras la ciencia médica no haga progresos significativos en el tratamiento de enfermedades que aunque no sean terminales sí ocasionan un sufrimiento constante, debería haber una opción para acabarlas: el suicidio asistido, mejor dicho, que no es aceptado en muchas naciones pero que sí tiene que ver con las dimensiones de la vida, la vida digna y la muerte digna que los derechos y principios de este Estado defienden. Bien regulado, ¿por qué no?

Ya dimos un paso adelante. El “derecho a que sea intentado” es un triunfo singular, sobre todo porque ha estado en la sombra durante mucho tiempo. Es hora de dar el paso que falta.

 

¿Está en desacuerdo con este editorial? Envíe su antieditorial de 500 palabras a yosoyespectador@gmail.com.

Por El Espectador

Temas recomendados:

 

Sin comentarios aún. Suscribete e inicia la conversación
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.
Aceptar