El populismo de la Corte Constitucional

Hernán González Rodríguez
27 de abril de 2017 - 11:00 p. m.

Comienzo por advertir que no soy abogado, soy un colombiano corriente que cada día se atemoriza más del tropicalismo de nuestro sistema jurisprudencial. Entiendo que la Corte Constitucional es la encargada de preservar la integridad y la supremacía de nuestra Constitución, esto es, de decidir sobre la constitucionalidad de las leyes o decretos dictados con fuerza de ley, y, de escoger algunos entre los miles de fallos de tutela para revisarlos.

Pero esta Corte ha llegado demasiado lejos: de manera impertinente y altiva ha dictado sentencias de cuanto problema jurídico emerge y ha interpretado a su criterio las leyes aprobadas por el Congreso. Pero en no pocas oportunidades revelan dichas sentencias su ignorancia, sus contradicciones y sus equívocos.

Los derechos fundamentales en numerosos países del mundo, sobre todo, en los países que progresan de veras, suelen ser: autodeterminación, debido proceso ante la ley, libertad de movimiento, pensamiento, religión, asociación pacífica y derecho a la propiedad privada.

Nuestra funesta Corte Constitucional no ha cesado de añadirles derechos conexos a los fundamentales, tales como la salud de calidad y generalizada en un país donde el 60 % de los ocupados gana un salario mínimo o menos. Otros embelecos: degradaron la acción de tutela, aplicándola hasta contra las providencias judiciales; crearon la dosis personal de drogas ilícitas; impusieron la tolerancia de las empresas para sus empleados cuando lleguen a laborar borrachos o drogados; limitaron el ingreso de la policía, a las viviendas, en casos especiales…

La “cultura del no pago” es otro de sus populismos. Aceptar que no se paguen las facturas de los servicios públicos como sucede hoy en el litoral Caribe y, sin embargo, hay que reconectarles sus servicios. Aceptar que no se pague por la educación, de acuerdo con una sentencia de tutela de la Corte (T-102 de 2017) contra la universidad privada de La Sabana, en favor de una alumna que no se puso al día en sus pagos.

Los desaciertos de la Corte con sus “consultas a las comunidades” en obras públicas y en minería interfieren el desarrollo del país.  Por culpa de ellas se cancelan importantes proyectos hidroeléctricos, se retrasan las vías, se le otorga mayor importancia a la minería artesanal e ilegal que a la gran minería, con tecnología y respeto del medio ambiente.  

Lo único que nos falta, como bien señala un excelente editorial del diario El Colombiano del 10 de abril del corriente, radica en que los inquilinos de las viviendas arrendadas dejen de pagar su canon, y que no los puedan desalojar, porque les violan su derecho fundamental a una vivienda digna.  

No dudo en afirmar que estamos frente a una jurisprudencia populista, de espaldas a las posibilidades de los colombianos y a las realidades de la evolución violenta del mundo en que vivimos. Resumiendo: estimo que nuestra Corte aplica, con elevada frecuencia, en forma irresponsable, la carta de derechos de nuestra Constitución.  

 

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