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Familia es donde están los afectos

María Elvira Samper
16 de marzo de 2013 - 11:00 p. m.

Una vez más, la Corte Constitucional se pronunció en favor de las parejas del mismo sexo con el fin de proteger sus derechos fundamentales.

Lo hizo al responder negativamente a la petición del procurador Alejandro Ordóñez de anular la Sentencia T-711 de 2011 que, al tutelar el derecho de un homosexual a heredar la pensión de su compañero muerto, reconoce que las parejas del mismo sexo sí constituyen familia. El alto tribunal le recordó a nuestro papa de Everfit una lección elemental del derecho: la sentencia está cobijada por los efectos de la cosa juzgada y como tal no admite cuestionamientos. Y además le notifica que el suyo no fue bien recibido, precisamente porque la esencia de su función es “vigilar el cumplimiento de la Carta, las leyes, las decisiones y los actos administrativos”. El procurador, que no parece conocer límites en el ejercicio del poder, se resiste a aceptar que la Constitución —no la Biblia— es la norma de normas de los colombianos y que su misión pública es de carácter civil, no religiosa y pastoral.

Otro cantar es el de la Iglesia, que puso el grito en el cielo al conocer la decisión de la Corte y que por medio de monseñor José Vicente Córdoba, exsecretario de la Conferencia Episcopal, acusó al alto tribunal de extralimitarse en sus funciones. Entrampada en dogmas basados en verdades inmodificables, la Iglesia no se permite aceptar que la sexualidad tiene expresiones y funciones distintas de la reproducción, y como vive aferrada a un concepto estrecho de familia, pareciera desconocer que como institución social es cambiante, y que con el paso del tiempo y las transformaciones sociales, cambian su componentes culturales. Por eso hay familias de todo tipo: madres y padres solteros, familias conformadas por abuela y nietos, tíos y sobrinos, padrinos y ahijados, hermanos a cargo de hermanos, familias constituidas por parejas divorciados que se organizan con los hijos de cada uno de sus miembros, y sus propios hijos. Y hay, de hecho, familias homoparentales.

En esencia, la familia está donde están los afectos, al margen de la orientación sexual de sus miembros. La Corte así lo reconoce en la sentencia impugnada por el procurador, cuando dice que su característica es la concurrencia de una relación de solidaridad y ayuda mutua, y que no hay razón constitucional para no reconocer a las parejas del mismo sexo como familia. En otras palabras, deja en claro que la ley no crea familia, sino que la regula.

Mientras la Iglesia no revise y modifique su discurso sobre la sexualidad, el cuerpo y el género, y se abstenga de centrarlo en —y de privilegiar— la heterosexualidad, el dominio del hombre y la procreación; mientras no reconozca que la intolerancia hacia los homosexuales no se deriva de la Biblia, ni hace parte de las enseñanzas de Cristo, ni está en los fundamentos del cristianismo (solo a partir del siglo XII la homosexualidad empezó a ser vista como anormal o indeseable), no podrá comprender ni aceptar la diversidad social y sexual. Pero no será el papa Francisco, el primer pontífice latinoamericano, quien dé los primeros pasos para reconciliar a la Iglesia con el homosexualismo. Cuando Argentina debatía el matrimonio de personas del mismo sexo, no le tembló la voz para condenarlo como “una movida del diablo, la pretensión destructiva al plan de Dios”. Los prejuicios morales de la Iglesia —y del procurador—, ajenos al derecho positivo, seguirán interfiriendo, pero contamos con la Corte Constitucional para garantizarles a las minorías la igualdad de derechos.

 

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