La ley de jubileo

Yesid Reyes Alvarado
28 de marzo de 2017 - 02:00 a. m.

El jubileo es una antigua tradición católica que permite otorgar durante un año indulgencias a los fieles que cumplan algunas condiciones establecidas por el Vaticano; originalmente los beneficios que se derivaban de él eran la liberación de los esclavos, el perdón de las deudas o la restitución de tierras a quienes las habían perdido. Por estos días, casi simultáneamente con el anuncio de la visita del papa Francisco a Colombia, se han presentado proyectos de ley encaminados a conceder rebajas de penas, invocando la figura del jubileo.

Aun cuando históricamente la Iglesia tuvo participación activa en la administración de justicia, no solo influyendo en la creación de delitos sino también en el desarrollo de prácticas probatorias, se consolida cada vez más una clara separación entre sus ámbitos de acción marcadamente espirituales y los atinentes a la ley secular y los jueces encargados de aplicarla. En países como Colombia quedan, ciertamente, algunos aspectos en los que esos caminos no han logrado escindirse del todo, como cuando se discute sobre la legalización del aborto o la despenalización de la ayuda al suicidio. Pero en temas como la finalidad que deben cumplir las sanciones, la cantidad y naturaleza de las mismas, no parece haber discusión en cuanto a que es un asunto que le atañe de manera exclusiva al Estado y no a la religión, que tiene su propia forma de castigar las conductas que contravienen su principios.

Tanto el Código Penal como la jurisprudencia de la Corte Constitucional destacan como propósito fundamental de la pena el de buscar la resocialización del condenado; uno de los parámetros para fijar su duración es precisamente un pronóstico sobre el tiempo que podría requerir la persona para conseguir su readaptación; por eso existen mecanismos para reducir su duración, como los descuentos por trabajo y estudio que indicarían avances en ese proceso de reinserción social que se busca con la sanción. En estricto sentido, cualquier modificación a los parámetros de su imposición y cumplimiento debe responder a ese propósito central, salvo que se opte por replantear la política criminal en este aspecto. Sugerir una rebaja en las sanciones porque el papa visita Colombia es otra manifestación de populismo punitivo, porque no es una iniciativa encaminada a desarrollar ninguna de las posibles finalidades teóricas de la pena; por el contrario, el mensaje que recibe la sociedad es el de un Estado que cede en la aplicación de la ley frente a coyunturas de naturaleza extrajurídica.

Me parece perfectamente válido que con motivo de la visita del Sumo Pontífice se plantee la posibilidad de perdonar pecados o reducir algunas de las penitencias que se imponen a quienes infringen preceptos religiosos, porque es evidente la relación que tiene la presencia del líder de la Iglesia Católica con eventuales muestras de misericordia de él hacia sus fieles. Pero desde el punto de vista de política criminal es tan poco sensato reducir la duración de las sanciones por la presencia del Santo Padre en nuestro país, como hacerlo cada vez que se produzca un eclipse solar, que para nuestros aborígenes tenía connotaciones espirituales.

 

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