La protesta cómoda

Catalina Ruiz-Navarro
02 de febrero de 2017 - 02:00 a. m.

Hace más o menos un año, en enero de 2016, la autopista de Bogotá colapsó cuando un grupo de ciudadanos inició una protesta espontánea.

 Una mujer había muerto en la calle de un paro respiratorio, saliendo de una conocida EPS que le había negado una y otra vez el tratamiento necesario. Como si eso fuera poco, la Unidad de Criminalística de la Fiscalía tardó más de siete horas en hacer el levantamiento. Siete horas estuvo la señora ahí tirada, gracias a una conjunción absurda de ineptitudes e indolencias. Lo mínimo que podría hacer cualquier persona sensata y sensible sería protestar. Y eso fue lo que sucedió, colapsando durante horas el tráfico bogotano. Pero como la movilidad está primero que la dignidad humana, llegó el Esmad y sacó a los protestantes y familiares a la fuerza. 

En el 2015, Carlos Angulo iba caminando de prisa por la calle cuando lo paró la Policía. Para Angulo fue más que evidente que el motivo de la requisa era su color de piel. Así que, enojado, como lo estaría cualquier víctima de una injusticia, empezó a gritar las arengas más lúcidas que se han escuchado en años en Colombia: “Voy a trabajar y me estás haciendo perder el tiempo. ¿Por qué a ellos no los requisas? ¡Porque ellos son blancos!”.

Ninguna de estas protestas será posible con el nuevo Código de Policía que pide que se notifique 48 horas antes de protestar (para poder desviar el tráfico y no incomodar a los ciudadanos), que el propósito de la protesta sea legítimo (¿según quién?) y que la Policía puede disolver una manifestación cuando haya una “alteración de la convivencia” (algo que determinarán a ojo los policías). Como muestra el caso de Angulo, quien de seguro “alteró la convivencia” al gritar “hijueputa” en la calle, el propósito de una protesta es precisamente alterar el orden. En esa ocasión los policías no entendieron que el racismo ejercido por ellos, la autoridad, era discriminación, es decir, mucho más ofensivo que vociferar “malas palabras” en la calle.

Y luego está la pregunta sobre quién decide qué es una protesta legítima. En octubre de 2015 se realizó una protesta antiderechos llamada “40 días por la vida” frente a las oficinas de Profamilia. La protesta pretendía entorpecer el acceso al derecho a la interrupción del embarazo de las mujeres en Colombia, era intimidante, era machista, y estaba acompañada por la misma Policía. Sí, esa Policía que tendría que estar garantizando derechos, no ayudando a otros a entorpecerlos. Entonces, ¿cómo podemos confiar en el criterio de la Policía para decidir si una protesta es legítima o no? ¿No debería la Polícia, mejor, garantizar el derecho de los ciudadanos a una protesta segura y digna, algo que es clave para defender la democracia?

Dejusticia ha demandado varios de los artículos del nuevo Código de Policía ya que el derecho a la protesta es apenas uno de los derechos fundamentales afectados, entre los que se cuenta también el derecho a la intimidad. Lo peor del nuevo Código de Policía es que su enfoque es autoritario, no está orientado a mejorar la convivencia ni a defender y proteger derechos humanos. Y es autoritario porque no entiende que la protesta es esencialmente disruptiva. Si yo me quejo por una injusticia y el mundo sigue corriendo tan cómodo como siempre, ¿por qué el statu quo me haría caso? La protesta, además, no está para hacerse con los modos, modales o lenguajes impuestos por quienes están en el poder, que suelen ser contra quienes se protesta. La protesta es el derecho básico que tenemos todos y todas a exigir que la autoridad, que un Estado, que una sociedad, garantice nuestros derechos, y muchas veces es último recurso en una situación desesperada. Precisamente lo que la Policía debe proteger es su carácter disruptivo. Porque la protesta no es amable, exige justicia en vez de rogarla por favor, y prefiere pedir perdón que pedir permiso.

@Catalinapordios

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