Pacto de Paz en el Congreso

Luis I. Sandoval M.
22 de agosto de 2017 - 04:00 a. m.

Hace curso en el Congreso de la República el proyecto acto legislativo que materializa la prohibición del paramilitarismo incluida en el Acuerdo Final de Paz con las Farc-Ep (Teatro Colón de Bogotá, 24 de noviembre de 2016, punto 3.4.2. Pacto Político Nacional, pág. 80). 

El ministro del Interior, Juan Fernando Cristo, presentó en su momento (abril) el proyecto de Acto Legislativo correspondiente: 

“Artículo 1°. Como una garantía de No Repetición y con el fin de contribuir a asegurar el monopolio legítimo de la fuerza y del uso de las armas por parte del Estado, y en particular de la Fuerza Pública, en todo el territorio, se prohíbe la creación, promoción, instigación, organización, instrucción, financiación, apoyo, tolerancia, encubrimiento o favorecimiento de grupos civiles armados organizados ilegales de cualquier tipo, incluyendo los denominados autodefensas, paramilitares, así como sus estructuras o prácticas, grupos de seguridad ilegales o de justicia privada u otras denominaciones equivalentes. La ley regulará los tipos penales relacionados con estas conductas”.

Se dice que este proyecto está mal redactado, que es innecesario porque el monopolio de la fuerza en el Estado ya está consagrado en la Constitución y, últimamente, el Consejo Gremial en carta a Rodrigo Lara, Presidente de la Cámara de Representantes, sugiere que hay algo oculto en el proyecto: “Esta extraña iniciativa claramente sirve a los intereses políticos de las Farc-Ep, ahora que ellos llegan a la arena política y abre la posibilidad a futuras demandas contra la nación”. 

Es como si con anterioridad a esta iniciativa, dicen, hubieran estado permitidas las armas para el alzamiento armado. “Las consecuencias, de aprobarse este proyecto… es que se abre un boquete enorme a las finanzas públicas”. Todos los gobiernos anteriores serían considerados como culpables, por lo menos durante los más de 50 años de enfrentamientos con las Farc. Se podría interpretar que administraciones anteriores habrían colaborado con el paramilitarismo y las autodefensas. “Si el Estado ha sido cómplice de los grupos ilegales como autodefensas o grupos paramilitares, no podrá negar su responsabilidad ante los procesos judiciales que se adelanten dentro y fuera del país...”.

Argumentos aparentemente fuertes, no en realidad: la Constitución que penaliza el delito de rebelión puede también tipificar y penalizar a los grupos paramilitares, o sus herederos y similares, y todo lo que tenga que ver con ellos. No es una postura caprichosa o antitécnica, ni trae las consecuencias que se alega. 

En referencia no solo a la carta de los gremios sino también a los comentarios de María Isabel Rueda y de Pedro Medellín, el jurista Rodrigo Uprimny ha observado: “Incluso si tácitamente el paramilitarismo fuera inconstitucional (que es mi interpretación), ¿cuál es el problema de reiterar esa prohibición, en un país que ha sufrido duramente por ese fenómeno? (...) A ningún Estado lo condenan porque prohíba en su Constitución un hecho atroz que ha ocurrido en su territorio, sino todo lo contrario: ese paso es visto como un esfuerzo en la buena dirección de superar esas atrocidades”.  

La prohibición es un paso civilizatorio general, no dependiente de acuerdo particular alguno. Todas las fuerzas del espectro político existente en el país deberían comprometerse principista y prácticamente con que la política en condiciones de civilidad se hace sin armas. Ese paso, consustancial al Estado democrático de derecho, elevaría el nivel de dignidad y legitimidad del ejercicio de la política. Tal es el pacto por la vida y por la paz que Colombia necesita como lo planteó con total acierto en abril el Congreso Regional y Nacional de Paz convocado por organizaciones y movimientos de la sociedad civil.

lucho_sando@yahoo.es

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