¿Qué se estará preguntando Umaña Luna?

Tatiana Acevedo Guerrero
19 de agosto de 2017 - 09:00 p. m.

Era 1982 y Eduardo Umaña Luna definía la violencia como persistente y constante. La narraba como “sutil, inteligente, planificada”. Como una que “casi no se ve, pero sí se siente totalmente”. En el contexto de una posible Comisión de Paz, promovida en 1981 por el Gobierno de Turbay Ayala (y dirigida por Lleras Restrepo), el profesor Umaña Luna se ocupó en pensar el entonces presente nacional y las posibles opciones de reinserción guerrillera. Parte integral de su preocupación surgía de la búsqueda de una paz de verdad, es decir, una que no fuese solamente “tregua entre combatientes extenuados”.

Con ese propósito hizo un recuento del delito político en la historia legislativa de Colombia. De acuerdo con su trabajo, la primera mención a estos crímenes es del Código Penal de 1837, en el que se definían como traición o infamia contra la Nación. Los culpables que se encontraran armados eran castigados con multas y pena de muerte. Luego, el Código de 1873, que definió los delitos políticos como aquellos cometidos por funcionarios o ciudadanos contra la seguridad interior, suavizó los castigos al eliminar la pena de muerte. Tras la Regeneración de 1886 volvió la pena de muerte. Y con la República Liberal de 1936 cambiaron el Código y las reglas del juego. Los delitos políticos abarcarían “todo hecho violatorio de las normas destinadas a mantener el régimen constitucional y la seguridad interior (…) por causas y móviles sociales”. Por primera vez en la historia, se reconoció la “complejidad” de estos casos. Este código les autorizó al Congreso y al presidente la concesión de amnistías e indultos. Asimismo, trazó diferencias entre la rebelión, que implicaba un alzamiento en armas para derrocar al Gobierno con o sin régimen; la sedición, que suponía el alzamiento en armas sin el fin último de deponer el régimen, y la asonada, que hacía referencia a reuniones tumultuarias e intimidatorias.

El mentado Código de la República Liberal vio llegar los años 80. Y en medio del supuesto acercamiento pacífico de 1981, se emitió nueva reglamentación. Aunque se respetaron las diferencias entre rebelión, sedición y asonada, Umaña Luna se esmeró en demostrar cómo, pese a que se mantenían los nombres, las penas para cada tipo de delito se hacían más grandes. Por ejemplo, mientras que en los 30 la rebelión daba de seis meses a cuatro años de prisión, en los 80 esta era motivo de encarcelamiento de tres a seis años. Para ese momento, además, la situación de los presos políticos se hacía cada vez peor. Mujeres y hombres eran apresados diariamente sin mayores garantías ni perspectivas de salir en el futuro.

El texto de Umaña Luna, publicado por el Comité de Solidaridad con los Presos Políticos, se sumó a otra publicación icónica del Comité: el Libro negro de la represión, publicado a mediados de los 70. En este se hacía un recuento, derivado de la lectura de prensa e informes de organizaciones populares, de la represión de movimientos e iniciativas sociales durante el Frente Nacional. Pequeños sindicatos, grupos estudiantiles, centrales obreras, líderes caribes del movimiento campesino, guerrilleros del Llano reinsertados y guerrilleros de Santander en ejercicio, todos, de acuerdo con la publicación, recibían más o menos presión por cuenta de las autoridades. Desde el espionaje cotidiano hasta la inevitabilidad de la llamada “mano negra” (amalgama criminal con mucho de oficial), pasando por justicia penal militar.

En su análisis el profesor alerta sobre la imposibilidad de una reconciliación sin un adecuado tratamiento de movimientos sociales y presos políticos (“toda amnistía resultará incompleta, o mal intencionada”). Sus palabras resuenan hoy en momentos de tensión por la liberación de presos políticos tras el Acuerdo de Paz. Retumban también porque entre enero y junio de 2017 el Sistema de Información de Agresiones contra Defensores de Derechos en Colombia registró 225 amenazas, 51 asesinatos, 32 atentados, 18 detenciones arbitrarias y nueve casos de judicialización. El incremento en agresiones contra defensores de derechos humanos durante el primer semestre de 2017, frente al mismo período de 2016, fue del 6 %.

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