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Velasco pidió trasladar proceso en el CNE contra Petro a la Comisión de Acusación

El ministro del Interior, Luis Fernando Velasco, aseguró que el magistrado del Consejo Nacional Electoral Álvaro Hernán Prada (Centro Democrático) debió haberse declarado impedido por el proceso que adelanta la Corte Suprema de Justicia en su contra en el caso de Álvaro Uribe.

09 de mayo de 2024 - 02:25 p. m.
Ministro del Interior de Colombia durante entrevista para El Espectador.
Ministro del Interior de Colombia durante entrevista para El Espectador.
Foto: El Espectador - José Vargas

La radicación de la ponencia que formularía cargos contra la campaña del presidente Gustavo Petro en el Consejo Nacional Electoral (CNE) ha generado un debate no solo por las declaraciones del mandatario por un supuesto “golpe de Estado”, sino también por la competencia del ente para investigar a un jefe de Estado. De acuerdo con el ministro del Interior, Luis Fernando Velasco, un proceso como estos debería desarrollarse en la Comisión de Acusación y no en el CNE.

“Creo eso, hay sendas sentencias que dicen que el único que puede investigar a un aforado como lo es el señor presidente es la Comisión de Acusación, es el Congreso, otro poder, no unos funcionarios del orden administrativo y hay sentencias de la Corte señalando ese tipo de acciones”, dijo a La Fm.

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En la misma entrevista con el medio radial indicó que desde el Gobierno se debe insistir en una reforma al CNE en la forma en la que elige a sus integrantes, pues sería un organismo politizado. De acuerdo con él, “hoy esa acción puede terminar afectando a este gobierno y mañana a otro”.

Velasco hizo eco de los señalamientos por parte del oficialismo a uno de los magistrados que presentó la ponencia, Álvaro Hernán Prada, quien fue congresista del Centro Democrático y es investigado por la Corte Suprema en el caso contra Álvaro Uribe por manipulación de testigos. El ministro indicó que este tuvo que haberse declarado impedido al haber sido “un militante activo de una campaña contra Gustavo Petro”.

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“No me gusta que un magistrado del CNE de un partido de oposición tome este tipo de decisiones, pero también sería muy delicado que un magistrado que represente al Pacto Histórico, tome decisiones contra un partido de oposición”, le comentó a La Fm.

Este miércoles, congresistas del Pacto Histórico recusaron al togado por una presunta violación del principio de imparcialidad y conflicto de interés. En el texto, indican que hay “claras evidencias que dan cuenta de los impedimentos de interés indebido y animadversión del magistrado contra el presidente, su campaña y el proyecto político que lidera”.

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Además, pidieron que se suspendiera inmediatamente la actuación sobre el caso hasta que se resolviera la recusación. Hasta el momento, la ponencia será estudiada por los ocho magistrados que conforman la entidad, que decidirán si se formulan cargos contra el presidente o no, para lo que se necesitan al menos seis votos.

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Dario(77642)10 de mayo de 2024 - 02:57 p. m.
Dr. CHUSPA porque no da un paso al costado. Usted que desde que nació está mamando de la ubre del estado. Deje que otros hagan las cosas mejor. Usted al igual que Roy y Benedetti, son unas veletas.
william(97496)09 de mayo de 2024 - 11:19 p. m.
Ay por Dios, pasar el proceso a la comisión de absoluciones del congreso, donde hoy están los engendros del Pacto y demás politicos sedientos de mermelada...
Jairo(29269)09 de mayo de 2024 - 03:49 p. m.
Y los magistrados del pacto histérico también que se declaren impedidos?
Remilio(11500)09 de mayo de 2024 - 03:43 p. m.
Por lo que se conoce por los medios comunicacion es de una nitidez diamantina que se volaron los topes, no por 1, sino por 5 o 6 motivos. Si quiero ver que van a hacer los magistrados no ponentes para sustentar el apartarse de la posición de los magistrados ponentes, eso tiene que ser sustentado y no pueden incurrir en falsas motivaciones.
Remilio(11500)09 de mayo de 2024 - 03:39 p. m.
El profesor Jiras fales no distingue el 1 del 2. La Comisión de Acusaciones es el juez natural o competente esolamente para asuntos penales. Si la CNA llegase a sancionar a alguien, estas serán exclusivamente de naturaleza administrativa y sanciones pecuniarias y oficiar a las demás autoridades para lo de su competencia Fiscalia y Comisión de Acusaciones, Procuraduria y Contraloria.
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