Entidades sin ánimo de lucro constituyeron primera Federación de Centros de Conciliación de Colombia

A pesar de que es una actividad que se abre paso en el país, menos del 25% de los centros de conciliación logra la sostenibilidad mediante la prestación de servicios de conciliación, por lo que se subvencionan con las donaciones de privados, prestación de servicios educativos, o desarrollo de proyectos sociales.

María Mercedes García Perdomo* / Especial para El Espectador
01 de abril de 2019 - 08:22 p. m.
Los centros de conciliación fueron creados a través de la Ley 23 de 1991, como mecanismos para descongestionar los despachos judiciales. / Cortesía
Los centros de conciliación fueron creados a través de la Ley 23 de 1991, como mecanismos para descongestionar los despachos judiciales. / Cortesía

La primera Federación de Centros de Conciliación del país, denominada Fedecentros MASC, fue creada la semana pasada por iniciativa de 37 centros de conciliación de entidades sin ánimo de lucro de 14 ciudades. Esta iniciativa surgió a partir de un estudio realizado en el 2018 por la Fundación Liborio Mejía, sobre el impacto y la sostenibilidad de los centros de conciliación, en el que se identificó que, a pesar de los altos índices de violencia, la poca cultura de resolución pacífica de conflictos, la elevada litigiosidad y los altos índices de congestión judicial de nuestro país, los centros de conciliación enfrentan una crisis, ocasionada en parte por la poca demanda de los servicios.

De hecho, el 30% de los centros de conciliación que participaron en el estudio registran en promedio una atención mensual de menos de 5 solicitudes de conciliación, el 39,13% entre 5 y 10, el 21,74% entre 11 y 20, el 4,35% entre 21 y 30, y solo el 2,17% más de 30 solicitudes. En consecuencia, menos del 25% de los centros de conciliación logra la sostenibilidad mediante la prestación de servicios de conciliación, por lo que se subvencionan con las donaciones de privados, prestación de servicios educativos, o desarrollo de proyectos sociales, entre otros.

Los centros de conciliación, definidos en la norma técnica de calidad NTC5906 como la “línea de acción autorizada por el Gobierno Nacional a una entidad promotora para prestar el soporte operativo y administrativo requerido para el buen desarrollo de las funciones de los conciliadores y los árbitros, en el marco del ejercicio de una función pública”, requieren cumplir con una serie de requisitos de infraestructura y legales, que exigen importantes inversiones de entidades sin ánimo de lucro que apoyan la administración de justicia en Colombia.

Más allá de una situación común, la inspiración para crear Fedecentros MASC fue la firme convicción de que los centros de conciliación cumplen una labor fundamental en la sociedad colombiana. Creados a través de la Ley 23 de 1991, como mecanismos para descongestionar los despachos judiciales, hoy en día se sabe que la conciliación no sólo apoya la administración de justicia, sino que fortalece la participación ciudadana, la resolución de conflictos, la paz y la convivencia.

En este sentido, los centros de conciliación se agremiaron con el fin de lograr las herramientas legales y el apoyo para fortalecer su rol como entidades efectivas en la descongestión judicial, el acceso a la justicia de los colombianos y la resolución pacífica de controversias. 

Todos sabemos que la justicia debería ser gratuita, pero, ¿qué pasaría si desaparecieran los centros de conciliación privados en Colombia?

 

Según las estadísticas del Ministerio de Justicia y del Derecho, en marzo de 2019, en nuestro país existen 400 centros de conciliación, de los cuales, el 12,25% pertenecen a entidades públicas, el 33,5% a consultorios jurídicos de facultades de derecho y el 54,25% a entidades sin ánimo de lucro. De esta última categoría, el 28% son centros de conciliación de cámaras de comercio y el 72% son otros centros de conciliación privados.

Es decir que la conciliación funciona en Colombia en gran medida financiada por entidades sin ánimo de lucro que ejercen una función pública, cumpliendo con las disposiciones y requerimientos establecidos por la Ley para tal fin.

Según un estudio realizado por el Departamento Nacional de Planeación, sobre la conciliación en Colombia en sus 25 años, más de 900 mil conflictos fueron tramitados por conciliación entre el 2002 y el 2014, 4 de cada 10 solicitudes de conciliación llegaron a acuerdo en los centros de conciliación, 3 de cada 10 conflictos se resuelven en menos de una semana y 4 de cada 10 en menos de un mes por medio de la conciliación. El estudio concluye que la conciliación ha permitido al Estado y a la sociedad ahorrarse 1,42 billones de pesos en los últimos 12 años.

Según reportes del Ministerio de Justicia y del Derecho, desde 1991 hasta el 2018, los centros de conciliación han atendido 913.850 casos de conciliación. De estos, el 44,57% fueron atendidos por entidades sin ánimo de lucro, 21,64% por consultorios jurídicos de universidades y el 33% por entidades públicas. Es decir que gran parte del ahorro de los 1,42 billones de pesos reportados por el estudio del DNP, se produjo gracias a los aportes de los particulares a la administración de la justicia en Colombia.

¿Se ha reducido la demanda de servicios de conciliación?

 

En el 2007 se reportaron 72.715 casos de conciliación, mientras que entre el 2017 y 2018 se presentaron 375.609, un aumento bastante considerable de la demanda del servicio. Sin embargo, también se produjo un incremento en la oferta: Mientras en el 2007 había 286, actualmente el país cuenta con 400 centros de conciliación, un aumento de cerca del 30% en el número de centros en los últimos 10 años.

Necesidades de fortalecimiento de los centros de conciliación

 

En una segunda parte del estudio sobre el impacto y la sostenibilidad de los centros de conciliación, liderado por la Fundación Liborio Mejía en el 2018, en el que participaron centros privados, públicos y de universidades, se identificó que existen pocos casos y competencias que le son asignados a los centros de conciliación. Así mismo, se determinó que falta difusión e información a los ciudadanos sobre los mecanismos de acceso a la justicia, incluyendo los mecanismos alternativos. Se determinó también que existe una baja cobertura de los servicios de conciliación, sobre aproximadamente el 42% de los 1101 municipios del país. También se evidenció una mayor efectividad en la resolución de conflictos y menor tiempo de respuesta en los centros de conciliación privados que en los públicos (menos de 30 días en el 84,69% de los casos y entre 31 y 60 días en el 15,31% de los encuestados).

Un primer análisis sobre las acciones para el fortalecimiento de la conciliación en Colombia, apunta a la necesidad de estrategias para la promoción, la ampliación de las funciones de los centros de conciliación, la exigencia del cumplimiento del requisito de procedibilidad en todos los procesos, la modificación de tarifas que se ajusten a la realidad de los colombianos, el fortalecimiento del respaldo del Gobierno, la reglamentación del acceso a centros de conciliación gratuitos, y la exención del IVA a los servicios de conciliación.

En general, los centros de conciliación coinciden en que es necesario una ampliación de funciones, que incluyan, entre otros, la posibilidad de realizar trámites de insolvencia de persona natural no comerciante desde la creación del centro y la implementación de diligencias de remate ordenadas por los diferentes jueces; la exención del IVA a los servicios de la conciliación; la modificación de las tarifas reglamentarias que respondan a la realidad, y la definición de políticas y estrategias para direccionar el acceso de los servicios de gratuitos de conciliación a las poblaciones vulnerables.

Ahora que el Gobierno ha iniciado los trámites para reformar la Ley 640 de 2001, que establece las disposiciones principales de la conciliación, y que ha avanzado en la conformación de mesas técnicas para reformar el régimen de insolvencia de persona natural no comerciante, la Federación se constituye en un actor fundamental que debe ser tenido en cuenta para la definición de estas modificaciones, porque la Ley debe estar fundamentada en la realidad social que es su fuente más amplia. Las definiciones normativas deben construirse a partir del diálogo y del conocimiento de las realidades sociales, económicas, legales y humanas de nuestra sociedad; también a partir del compromiso y arduo trabajo de quienes día a día le apostamos a la promoción de la conciliación y de los mecanismos alternativos de solución de conflictos, porque tenemos la firme convicción de que son una herramienta capaz de transformar nuestro país.

De esta manera, esperamos fortalecer nuestra labor y potenciar así nuestra contribución a la transformación de la sociedad, a la descongestión judicial, a la administración de justicia y a la resolución pacífica de conflictos.

 

¿Está interesado en hacer parte de la Federación Colombiana de Centros de Conciliación y Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos FEDECENTROS MASC?

La misión de nuestra entidad es promover el acceso a la justicia y los mecanismos alternativos de solución de conflictos, mediante el fortalecimiento y representación de los Centros de Conciliación, como entidades que respaldan el adecuado funcionamiento de la función pública de la administración de justicia. Para esto, tenemos como propósito adelantar las gestiones y promover legislaciones, reglamentaciones, reformas, estrategias y políticas públicas que faciliten el acceso de los colombianos a los MASC, representando a los centros de conciliación en espacios de participación locales, regionales, nacionales e internacionales.

Formulario de Inscripción: https://forms.gle/QDusqVnmH96R3WhCA

Mayores informes: fedecentros.masc.colombia@gmail.com Tel: 314-3272597

* Periodista colaboradora de El Espectador, presidenta de la Federación Colombiana de Centros de Conciliación Fedecentros MASC y Directora General Fundación Liborio Mejía.

Por María Mercedes García Perdomo* / Especial para El Espectador

Temas recomendados:

 

Sin comentarios aún. Suscribete e inicia la conversación
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.
Aceptar