El tribunal determinó que el cliente debe pagar esa cantidad a la agencia de modelos mediante la cual contrató a la maniquí por considerar “improcedente” su despido.
La Audiencia Provincial rechazó así los argumentos del joyero, quien alegó que debido a las “inflamaciones e impurezas” que la modelo presentaba en la piel, sólo pudo utilizarse una de las imágenes que se le tomaron a durante la sesión de fotos.
La agencia de modelos arguyó que se informó previamente al cliente de las “pequeñas impurezas cutáneas” de la maniquí, cuando se le proporcionó el perfil de ésta, antes de formalizar el contrato.
Por Agencia EFE
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