Para quien tenía alguna duda sobre la responsabilidad de los parapolíticos en la jerarquía, organización y barbarie desatada por las autodefensas, la condena a 40 años de prisión en contra del ex gobernador de Sucre y ex diplomático Salvador Arana Sus, por el homicidio del alcalde de El Roble, Eudaldo León Díaz, constituye un sendero que recorre la Corte Suprema de Justicia para concluir que la asociación de estos grupos ilegales con la política derivó en delitos de lesa humanidad en el marco de ataques generalizados contra la población civil.
“La presente decisión es una muestra de las posibilidades que tiene la justicia colombiana de investigar y sancionar graves crímenes que repugnan a la humanidad. Sin embargo, en el evento en que alguna autoridad pretenda la impunidad de los hechos juzgados en el presente asunto, se remitirá copia de la actuación a la Corte Penal Internacional (CPI) para que avoque su conocimiento en tanto se demostraría que algunas instituciones en Colombia obstruyen la eficacia de la administración de justicia”. Así de contundente fue el pronunciamiento de la Sala Penal de la Corte y más profunda su notificación: los crímenes de lesa humanidad tendrán castigo aquí o en la CPI.
Luego de una extensa disertación sobre tratados internacionales firmados por Colombia, como el Convenio Internacional para la Supresión de la Financiación del Terrorismo adoptado por la ONU, la Corte equiparó el concierto para delinquir agravado como un delito de lesa humanidad pues “quien financia operaciones encaminadas a causar la muerte a personas que no participan directamente en las hostilidades en una situación de conflicto armado”, con el propósito de intimidar a la población civil, causa un daño irreparable a la humanidad, un acto lesivo de tal magnitud que se socava la dignidad de cualquier ser humano.
En ese sentido, la Corte agregó que las conductas cometidas por los ‘paras’ no tienen la posibilidad de enmarcarse dentro del concepto de delito político, pues sus actos “no fueron ejecutados con el propósito de atentar contra el régimen constitucional y legal vigente, sino con denunciado apoyo de sectores importantes institucionales y procurando obtener beneficios particulares”. Precisamente en esa órbita la Corte ubicó a Salvador Arana Sus, quien durante su administración entre 2001 y 2003, puso al servicio de las autodefensas no sólo dineros públicos, sino todo un entramado regional para catapultar sus acciones militares a escenarios políticos.
La Corte Suprema de Justicia, en una providencia de 115 páginas, resaltó que el delito de lesa humanidad tiene dos dimensiones: por un lado inflige un daño directo a un colectivo con determinadas características, y por el otro, provoca un acto lesivo en contra de toda la humanidad, y en ese contexto se enmarca la alianza criminal que la justicia probó entre Salvador Arana y el bloque Héroes de los Montes de María, al mando del despiadado jefe paramilitar Rodrigo Mercado Peluffo, alias Cadena. La Corte probó los requisitos que se necesitan para ubicar un crimen como de lesa humanidad en las actuaciones del ex gobernador Salvador Arana: que los ataques de los paramilitares no fueron actos esporádicos o aislados, que había un plan criminal cuidadosamente orquestado, que la comisión de delitos fue totalmente inhumana en contra de la población civil con el ánimo de intimidarla.
En esencia, el alto tribunal encontró que Salvador Arana venía auspiciando grupos de autodefensa desde 1991, como lo atestiguaron Salvatore Mancuso e Iván Roberto Duque, pero que además, desde 1998 había fijado una alianza en Sucre para promover las autodefensas a través de grupos de ganaderos o dirigentes políticos con influencia en la zona. De hecho, se habla de que dos bloques de las autodefensas de esa región fueron creados por él y que entre 1997 y 2001, precisamente el preludio a su elección como gobernador, se desató una espiral de violencia en Sucre que creció de manera desproporcional, originando masacres y desplazamientos.
Dijo la Corte que las autodefensas necesitaban vincular dirigentes políticos del orden regional y nacional para apoderarse de las instituciones de gobierno y subvencionar con el patrimonio público su barbarie. Hechos todos que le fueron probados a Salvador Arana, no sólo en la financiación del asesinato del alcalde de El Roble, cometido en abril de 2003, sino también permitiéndoles a las autodefensas del sanguinario Mercado Peluffo que sus crímenes quedaran impunes, al tiempo que ninguna autoridad era capaz de desafiar su imperio criminal. La Corte, además, dio puntadas sobre la evidente alianza que existió con otros dirigentes como Álvaro García Romero o Érik Morris.
De hecho, de acuerdo con el proceso, el alcalde Díaz fue engañado para asistir a una reunión con Álvaro García y el propio Salvador Arana en una finca conocida como El Caucho o El Palmar, en la cual se tienen documentadas centenares de fosas comunes y donde los paramilitares torturaban y desaparecían el rastro de su violencia. Se constató que Arana pagó $120 millones por el asesinato de Eudaldo Díaz, dinero que, según el ex paramilitar Sadys Enrique Ríos, fue enviado a alias Cadena por intermedio de Edwar Cobos, alias Diego Vecino. Un crimen que a la luz del Derecho Internacional Humanitario y de la Corte Penal Internacional, constituyó un grave delito de lesa humanidad que por primera vez pone a un político a responder en estos términos.
Se tienen registradas reuniones entre Salvador Arana y Carlos Castaño Gil para expandir el proyecto narcoparamilitar en Sucre. Desde el año 1997 comenzaron a organizarse estos grupos ilegales, que empezaron operando en Sucre, Majagual, San Marcos y Guaranda. El gestor de estos grupos era, nada más y nada menos, Salvador Arana, quien contaba con la confianza total de Cadena y de otros jefes paramilitares de mayor jerarquía. El extraditado jefe paramilitar Mancuso recordó la relación de Arana con los ‘paras’ desde comienzo de la década de los 90 y cómo sin su concurso habría sido más difícil penetrar políticamente en una región que tradicionalmente había tenido influencia de grupos subversivos.
El 23 de octubre de 2007, Salvador Arana ya había sido destituido e inhabilitado por 15 años para ejercer cargos públicos, por el procurador Edgardo Maya Villazón. La incidencia embrionaria de Arana en la formación de los grupos de autodefensa hizo que el paramilitarismo se posesionara “no sólo como fuerza militar, sino como una vertiente política con claros intereses en todos los ámbitos de la vida pública”, pues “valiéndose de su influencia como autoridad regional, hizo causa y procuró el fomento y la estabilidad del grupo ilegal”. De esta manera, la Corte concluyó que la asociación de Arana con los paramilitares no sólo ocurrió dentro de un contexto para facilitar acciones armadas, sino que además permitió que la violencia se colara en la administración departamental y, por tanto, es responsable de cuanta barbarie desataron sus patrocinados. Una suerte que, se avizora, podría correr el resto de parapolíticos.