La Corte Constitucional

El alto tribunal emitió fallos trascenden-tales a lo largo del año y, en derecho, dio una lección histórica.

Alejandro Gaviria / Especial para El Espectador
11 de diciembre de 2010 - 09:00 p. m.

El 26 de febrero de este año, en una emotiva rueda de prensa ante cientos de periodistas, el presidente de la Corte Constitucional, Mauricio González, anunció que la Ley 1354 de 2009, por medio de la cual se convocaba a un referendo constitucional, había sido declarada inexequible. De manera espontánea, casi instintiva, los periodistas reaccionaron ante el anuncio con ruidoso aplauso. Más que una celebración improvisada, más que una explosión efusiva, el aplauso fue una muestra de alivio, una especie de suspiro colectivo. A partir del 26 de febrero, cabe recordarlo, este país respiró más tranquilo.

El fallo, se dijo en su momento, evitó la consolidación de un régimen personalista, impidió una excesiva acumulación de poder, salvó a la democracia liberal, revivió nuestra tradición legalista, previno una catástrofe institucional, rompió con la tradición latinoamericana de caudillos todopoderosos y jueces obsecuentes, etc. Pero más allá de estas interpretaciones, varias de ellas plausibles, el fallo en cuestión fue sin duda el más importante de la Corte Constitucional en sus casi veinte años de existencia.

Analizado ya diez meses después, el fallo no parece extraordinario. No tiene grandes tesis. Ni tampoco una retórica inspirada. Es en esencia un listado exhaustivo de errores legislativos, de los muchos vicios de forma de la malhadada ley de referendo. El trámite legislativo comenzó sin la necesaria certificación del Registrador, continuó con una dudosa modificación del texto original y terminó con una oportunista, casi desafiante, convocatoria de sesiones extraordinarias en la madrugada del 17 de diciembre de 2009. Una Corte distinta enfrentada a estas mismas circunstancias seguramente habría fallado de la misma manera. Pero los protagonistas de la historia no son usualmente quienes realizan hazañas fuera de lo común, sino quienes tienen el valor de hacer lo que toca cuando toca.

La Corte aprovechó el fallo para reiterar su polémica teoría de la sustitución. Los principios definitorios de la Carta de 1991, había dicho años atrás, no pueden ser modificados por el Congreso. Una segunda reelección, dijo esta vez, atenta contra estos principios y por lo tanto sólo puede ser instituida por una Asamblea Constituyente. Ni el Congreso ni el pueblo pueden ahora ponerse a cambiar articulitos con fines re-reeleccionistas. El debate jurídico sobre esta tesis es interminable. Y probablemente insulso. Pero sus consecuencias son inmediatas: la Corte cerró de manera casi definitiva la posibilidad de una nueva candidatura presidencial del ex presidente Uribe. Afortunadamente, cabría anotar.

Pero el fallo del referendo fue apenas uno entre muchos. La Corte tuvo otros fallos trascendentales a lo largo del año. En abril, tumbó los controvertidos decretos de emergencia sobre salud. Según la Corte, el gobierno había tratado de reforma el sistema de salud sin la debida discusión parlamentaria, casi de espaldas al país. “El Estado de derecho… sufriría grave menoscabo si pudiere eludirse su curso ante cualquier dificultad o problema”, señaló en su momento. En mayo declaró inexequible, nuevamente por vicios de forma, el referendo que buscaba imponer una pena de cadena perpetua a los violadores de niños. En octubre ordenó la suspensión del acuerdo de cooperación militar con los Estados Unidos hasta que fuera discutido y aprobado por el Congreso. Y en noviembre tumbó la ley de inteligencia, también por vicios de trámite.

Hay en los fallos anteriores un patrón característico, una defensa explícita de la división de podres y las formas democráticas. Los mecanismos excepcionales, ha reiterado la Corte, sólo pueden ser invocados en circunstancias excepcionales. Los procedimientos, ha señalado también, hacen parte de la esencia de la democracia representativa, son mucho más que meros rituales, que simples protocolos sin importancia. Después de todo, sugiere la Corte, las leyes no son como las salchichas. En el caso de estas últimas es mejor no saber cómo se hacen. En el de las primeras es imprescindible conocer cómo se hicieron.

Pero la Corte también ha tenido fallos polémicos. Recientemente se declaró inhibida para pronunciarse sobre el matrimonio entre parejas del mismo sexo. Seguramente está esperando una mejor demanda para darle el visto bueno a un asunto ya aprobado en otros países latinoamericanos. Hace unos meses avaló las corridas de toros y las peleas de gallos. Pero no resistió la tentación de tratar de darle gusto a todo el mundo. Las corridas, anotó sin mucho fundamento, de manera arbitraria, sólo “podrán desarrollarse en aquellos municipios en los que las mismas sean manifestación de una tradición regular… y en aquellas ocasiones en las que usualmente se han realizado”.

Pero las polémicas puntuales no vienen al caso. La Corte, cabe anotarlo nuevamente, fortaleció este año una de las tradiciones más importantes de este país: la del sometimiento del poder al derecho. La Corte nos dio una lección en santanderismo del bueno. Sólo por esta razón merece ser uno de los personajes del año.

Por Alejandro Gaviria / Especial para El Espectador

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