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Los desacatos de la discordia

Comisión Legal de Instrucción dirimirá conflicto entre Cámara y Senado, que se niegan a decidir incidentes que piden arrestar a aforados por incumplir órdenes judiciales.

Natalia Herrera Durán

30 de septiembre de 2012 - 09:00 p. m.
Roy Barreras cree que sin la acusación formal de la Comisión de Acusación, el Senado no puede asumir los desacatos.
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Este martes, por primera vez desde que se promulgó la Constitución de 1991, será nombrada la Comisión Legal de Instrucción del Senado, encargada de estudiar los procesos que lleguen desde la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes en contra de los magistrados de las altas cortes y el Fiscal General de la Nación. La elección de sus miembros se realizará por plancha que postulen los partidos y aplicando el sistema de cociente electoral.

La última vez que se nombró una figura similar fue hace 55 años. El 21 de marzo de 1957, once días después de la caída de la dictadura del general Gustavo Rojas Pinilla, se creó vía decreto la Comisión Nacional de Instrucción Criminal. Su misión fue juzgar al depuesto mandatario por supuesto enriquecimiento en su paso por la Presidencia.

El 2 de abril de 1959, 45 senadores de un total de 80 condenaron a Rojas a la pérdida de sus derechos políticos y lo declararon indigno. Sin embargo, ocho años después —el 18 de octubre de 1967— el proceso cambió de rumbo y la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó una decisión del Tribunal de Bogotá, devolviéndole los derechos políticos.

Hoy, la conformación de esta comisión se hizo “indispensable” —según el presidente del Senado, Roy Barreras— porque a la Secretaría de la corporación fueron remitidos dos incidentes de desacato de aforados. El primero llegó el 8 de agosto y el segundo, el 13 de ese mismo mes.

La accionante del primer desacato es la ciudadana Ofelia Alzate, a quien el Consejo Seccional de la Judicatura le dio la razón el 14 de septiembre de 2004, cuando le ordenó a la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia reconocerle la indexación de su primera mesada pensional. El fallo no fue apelado y ante este silencio se radicó el desacato.

El segundo caso es contra el exfiscal Guillermo Mendoza Diago. El accionante, César Alberto Tamayo, interpuso una tutela en su contra en el Tribunal Superior de Medellín, por la que el 3 de diciembre de 2010 se le concedió el derecho a una mejor liquidación. Mendoza, como cabeza de la Fiscalía, tampoco cumplió el fallo y por eso se radicó el desacato que llegó a la Comisión de Acusación al ser aquél aforado.

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El meollo del asunto es que estos casos no son únicos. El Espectador pudo establecer que desde 2009, la Comisión de Acusación ha remitido 81 incidentes de desacato a la Secretaría del Senado, en su mayoría referentes a fallos de tutela. Sus remitentes —los entonces presidentes del Senado, Armando Benedetti, Javier Cáceres y Hernán Andrade— no hicieron nada.

La Comisión de Acusación considera que no tiene competencia para decidir sobre estos procesos, justificándose en una proposición de abril de 2008 del representante investigador de esa época, Jorge Giraldo, en la que se argumenta que el desacato no es un proceso penal ni disciplinario.

Ahora, si bien Roy Barreras anunció la determinación de nombrar la Comisión de Instrucción, al mismo tiempo ha convocado a una comisión de “juristas expertos”, ya que tiene “la impresión” de que sin el señalamiento formal de la Comisión de Acusación de la Cámara el Senado no puede hacerse cargo de los desacatos.

De acuerdo con la Relatoría del Senado, esa nueva comisión de expertos juristas estaría integrada por los senadores Jesús Ignacio García, Claudia Wilches, Samuel Arrieta, Parmenio Cuéllar y Camilo Romero, aunque este último, consultado sobre el asunto, dijo desconocer su nombramiento y expresó no querer aceptarlo.

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Nadie lo reconoce en público, pero lo que hay detrás de todo esto es el temor que persiste entre los congresistas de investigar a quienes en un futuro podrían ser sus implacables jueces. Por eso, entre el Senado y la Cámara se quieren pasar la “papa caliente” de los desacatos. Sobre todo porque si se verifica que los fallos no fueron cumplidos, se tendría que imponer una sanción de cinco días de arresto y multa de cinco salarios legales mensuales vigentes nada más ni nada menos que a magistrados e incluso exfiscales.

Un incidente que devela, según Barreras, “un error congénito de la Constitución”, porque “mientras los magistrados tienen cerca de cinco instancias procesales, los senadores, que serían sus jueces, cuentan con una única instancia para ser juzgados”. Esto sólo cambiaría con una reforma constitucional que, de acuerdo con el presidente del Senado, no está contemplada ni tiene ambiente. Así que, por ahora, seguirá el tire y afloje entre el Senado y la Cámara.

Por Natalia Herrera Durán

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