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                                                                                                                              Tiempos agridulces para Petro

                                                                                                                              Mientras el Tribunal de Cundinamarca dejó temporalmente sin efectos la sanción disciplinaria contra el alcalde, se cuestiona la imparcialidad del magistrado que tomó la decisión, cuya esposa trabaja en el Acueducto

                                                                                                                              Redacción Bogotá

                                                                                                                              Quienes han protestado en favor de Petro argumentan que el procurador no tiene derecho a remover de su cargo a un elegido popularmente. Por eso dicen: “Mi voto se respeta”. / Óscar Pérez

                                                                                                                              Un día después de haber perdido la batalla en la Procuraduría, un nuevo pronunciamiento apareció para oxigenar al alcalde de Bogotá, Gustavo Petro, en su lucha por evitar su salida precipitada del Palacio Liévano. Un magistrado del Tribunal Administrativo de Cundinamarca falló en su favor la tutela presentada en dicimebre por un hombre llamado José Gotardo Pérez, y suspendió la destitución e inhabilidad de 15 años en contra del alcalde. Ahora esta corporación tiene un plazo máximo de 10 días hábiles para decidir si el Ministerio Público violó o no sus derechos políticos y los de sus electores. Pero puede que el oxígeno se agote más rápido de lo que se pensaba.

                                                                                                                              En primer lugar, el destino de las elecciones para reafirmar o revocar el mandato de Petro es bastante incierto. El jefe de la Registraduría, Carlos Ariel Sánchez, había señalado que apenas el presidente Santos firmara la destitución de Petro, las votaciones —programadas para el 2 de marzo— se cancelaban. La reciente decisión del Tribunal de Cundinamarca dejó sin efectos la sanción contra Petro, por lo que, en teoría, no hay razón para cancelarlas. Sánchez, no obstante, expresó que la entidad no podía poner en riesgo más de $37.000 millones organizando una jornada electoral que no era segura y agregó que, si sí se realiza, el calendario ya no es el mismo. Petro le pidió que no modificara las fechas.

                                                                                                                              En segundo lugar, un manto de duda se posó rápidamente sobre el magistrado que tomó la decisión que favoreció temporalmente a Petro: José María Armenta Fuentes. Horas después de haberse conocido sus medidas provisionales se supo que la esposa de este jurista, Cecilia Calderón Jiménez, trabaja como directora de Activos Fijos en la Empresa de Acueducto y Aseo de Bogotá (EAAB), un cargo de libre nombramiento y remoción en el que fue delegada en 2012, aunque no por Petro. Hoy, el Consejo Superior de la Judicatura se reunirá por primera vez en el año y uno de los temas a tratar será precisamente si Armenta debía declararse impedido por cuenta de la relación de su esposa con el Distrito.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Ganando tiempo

                                                                                                                              Si el Tribunal Administrativo de Cundinamarca acoge los argumentos de Armenta, se abriría de pleno el debate sobre los límites de las facultades del procurador. La tesis adoptada por el magistrado Armenta es que éste “no tiene atribución constitucional” para destituir y menos para inhabilitar de cargos públicos a un servidor “a quien el pueblo en forma soberana, a través del procedimiento eleccionario, le ha investido el poder popular”. Armenta sostuvo que si se quiere quitar el poder a un funcionario se debe hacer a través de mecanismos que también involucren a los electores, como la revocatoria, o a través de los jueces, pero de ninguna manera por la determinación de un servidor administrativo, como lo es el jefe del Ministerio Público.

                                                                                                                              Los abogados de Petro recibieron la noticia del Tribunal de Cundinamarca con sobriedad. “Hay que esperar”, exclamó Rafael Barrios, uno de sus representantes legales, quien recordó que después de que el Tribunal de Cundinamarca emita su decisión de fondo sobre la tutela, al alcalde le quedan dos instancias por recorrer: el Consejo de Estado, que tendrá la oportunidad de pronunciarse si alguien apela el fallo del Tribunal, y la Corte Constitucional. No obstante, como no se sabe aún si el Tribunal acogerá la posición del magistrado Armenta, los asesores de Petro señalan: “Vamos a esperar a que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) se pronuncie sobre las medidas cautelares”.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              ¿Y la institucionalidad en Bogotá?

                                                                                                                              Que la decisión de la Procuraduría en contra del alcalde no esté en firme y que, todavía, quepa la posibilidad de que una decisión judicial frene la destitución e inhabilidad le restan gobernabilidad a Gustavo Petro. No es porque legalmente no sea el alcalde, sino porque, en política, la falta de certezas sobre su continuidad le puede dar múltiples argumentos a sus contradictores para atacar todos los actos de gobierno que, de aquí en adelante, haga el gobierno progresista.

                                                                                                                              No es un secreto. Para Petro, ante la inminencia de que la Procuraduría lo destituyera, era una preocupación que los principales proyectos de su plan de desarrollo quedaran al garete. Que no se concretaran iniciativas tan importantes como el metro, el rescate hospitalario o la consolidación del Sistema Integrado de Transporte, decía Petro era poner a la ciudad a merced de los corruptos. En menos de un mes la Alcaldía expidió dos decretos en materia de transporte que tendrán efectos durante los próximos años: la definición de las estaciones del metro y los subsidios al transporte para la población sisbenizada.

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              Algunas de las líneas fundamentales de lo que prometió en campaña están trazadas para el futuro de Bogotá. Por ejemplo, el Plan de Ordenamiento Territorial y el plan decenal de seguridad, que se enfoca en el acceso a la justicia y a los derechos. Sin embargo, si la institucionalidad no estuviera concentrada en qué hacer con la destitución, durante los próximos días Petro tendría que avanzar en metas como la generación de viviendas para los más pobres, acceso pleno a la salud y mejoramiento de la educación, programas que, hasta ahora, no arrojan los resultados que deberían.

                                                                                                                              Los escenarios que le quedan a Petro ante la destitución

                                                                                                                              1. Elecciones para revocar o confirmar el mandato de Petro.

                                                                                                                              Se hacían el 2 de marzo si el fallo disciplinario emitido por la Procuraduría no era ratificado antes por el presidente Juan Manuel Santos.
                                                                                                                              La Registraduría dijo ayer que se cancelaban cuando Santos firmara la destitución.
                                                                                                                              Ante las recientes decisiones judiciales, el calendario electoral sería modificado.

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              2. El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó ayer una medida para suspender provisionalmente el fallo de la Procuraduría.

                                                                                                                              Ese tribunal decidirá de fondo en diez días hábiles.
                                                                                                                              Alguien apela esa decisión.
                                                                                                                              El Consejo de Estado se pronuncia frente a la decisión del Tribunal en segunda instancia.
                                                                                                                              Su fallo podría llegar a revisión de la Corte Constitucional.

                                                                                                                              3. Dos caminos en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). 

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              Que no se otorguen las medidas cautelares al alcalde Petro, teniendo en cuenta que éstas se emiten según la situación de urgencia, riesgo o irreparabilidad del solicitante (por ejemplo, si está bajo amenaza de muerte).
                                                                                                                              Los petristas guardan la esperanza de que la CIDH emita medidas cautelares y pida la suspensión del fallo de la Procuraduría.
                                                                                                                              El presidente acata el fallo que destituye e inhabilita al alcalde Gustavo Petro por 15 años.
                                                                                                                              El procurador Alejandro Ordóñez asegura que la decisión de la CIDH no es vinculante.

                                                                                                                              Quienes han protestado en favor de Petro argumentan que el procurador no tiene derecho a remover de su cargo a un elegido popularmente. Por eso dicen: “Mi voto se respeta”. / Óscar Pérez

                                                                                                                              Un día después de haber perdido la batalla en la Procuraduría, un nuevo pronunciamiento apareció para oxigenar al alcalde de Bogotá, Gustavo Petro, en su lucha por evitar su salida precipitada del Palacio Liévano. Un magistrado del Tribunal Administrativo de Cundinamarca falló en su favor la tutela presentada en dicimebre por un hombre llamado José Gotardo Pérez, y suspendió la destitución e inhabilidad de 15 años en contra del alcalde. Ahora esta corporación tiene un plazo máximo de 10 días hábiles para decidir si el Ministerio Público violó o no sus derechos políticos y los de sus electores. Pero puede que el oxígeno se agote más rápido de lo que se pensaba.

                                                                                                                              En primer lugar, el destino de las elecciones para reafirmar o revocar el mandato de Petro es bastante incierto. El jefe de la Registraduría, Carlos Ariel Sánchez, había señalado que apenas el presidente Santos firmara la destitución de Petro, las votaciones —programadas para el 2 de marzo— se cancelaban. La reciente decisión del Tribunal de Cundinamarca dejó sin efectos la sanción contra Petro, por lo que, en teoría, no hay razón para cancelarlas. Sánchez, no obstante, expresó que la entidad no podía poner en riesgo más de $37.000 millones organizando una jornada electoral que no era segura y agregó que, si sí se realiza, el calendario ya no es el mismo. Petro le pidió que no modificara las fechas.

                                                                                                                              En segundo lugar, un manto de duda se posó rápidamente sobre el magistrado que tomó la decisión que favoreció temporalmente a Petro: José María Armenta Fuentes. Horas después de haberse conocido sus medidas provisionales se supo que la esposa de este jurista, Cecilia Calderón Jiménez, trabaja como directora de Activos Fijos en la Empresa de Acueducto y Aseo de Bogotá (EAAB), un cargo de libre nombramiento y remoción en el que fue delegada en 2012, aunque no por Petro. Hoy, el Consejo Superior de la Judicatura se reunirá por primera vez en el año y uno de los temas a tratar será precisamente si Armenta debía declararse impedido por cuenta de la relación de su esposa con el Distrito.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Ganando tiempo

                                                                                                                              Si el Tribunal Administrativo de Cundinamarca acoge los argumentos de Armenta, se abriría de pleno el debate sobre los límites de las facultades del procurador. La tesis adoptada por el magistrado Armenta es que éste “no tiene atribución constitucional” para destituir y menos para inhabilitar de cargos públicos a un servidor “a quien el pueblo en forma soberana, a través del procedimiento eleccionario, le ha investido el poder popular”. Armenta sostuvo que si se quiere quitar el poder a un funcionario se debe hacer a través de mecanismos que también involucren a los electores, como la revocatoria, o a través de los jueces, pero de ninguna manera por la determinación de un servidor administrativo, como lo es el jefe del Ministerio Público.

                                                                                                                              Los abogados de Petro recibieron la noticia del Tribunal de Cundinamarca con sobriedad. “Hay que esperar”, exclamó Rafael Barrios, uno de sus representantes legales, quien recordó que después de que el Tribunal de Cundinamarca emita su decisión de fondo sobre la tutela, al alcalde le quedan dos instancias por recorrer: el Consejo de Estado, que tendrá la oportunidad de pronunciarse si alguien apela el fallo del Tribunal, y la Corte Constitucional. No obstante, como no se sabe aún si el Tribunal acogerá la posición del magistrado Armenta, los asesores de Petro señalan: “Vamos a esperar a que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) se pronuncie sobre las medidas cautelares”.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              ¿Y la institucionalidad en Bogotá?

                                                                                                                              Que la decisión de la Procuraduría en contra del alcalde no esté en firme y que, todavía, quepa la posibilidad de que una decisión judicial frene la destitución e inhabilidad le restan gobernabilidad a Gustavo Petro. No es porque legalmente no sea el alcalde, sino porque, en política, la falta de certezas sobre su continuidad le puede dar múltiples argumentos a sus contradictores para atacar todos los actos de gobierno que, de aquí en adelante, haga el gobierno progresista.

                                                                                                                              No es un secreto. Para Petro, ante la inminencia de que la Procuraduría lo destituyera, era una preocupación que los principales proyectos de su plan de desarrollo quedaran al garete. Que no se concretaran iniciativas tan importantes como el metro, el rescate hospitalario o la consolidación del Sistema Integrado de Transporte, decía Petro era poner a la ciudad a merced de los corruptos. En menos de un mes la Alcaldía expidió dos decretos en materia de transporte que tendrán efectos durante los próximos años: la definición de las estaciones del metro y los subsidios al transporte para la población sisbenizada.

                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              Los escenarios que le quedan a Petro ante la destitución

                                                                                                                              1. Elecciones para revocar o confirmar el mandato de Petro.

                                                                                                                              Se hacían el 2 de marzo si el fallo disciplinario emitido por la Procuraduría no era ratificado antes por el presidente Juan Manuel Santos.
                                                                                                                              La Registraduría dijo ayer que se cancelaban cuando Santos firmara la destitución.
                                                                                                                              Ante las recientes decisiones judiciales, el calendario electoral sería modificado.

                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              Ese tribunal decidirá de fondo en diez días hábiles.
                                                                                                                              Alguien apela esa decisión.
                                                                                                                              El Consejo de Estado se pronuncia frente a la decisión del Tribunal en segunda instancia.
                                                                                                                              Su fallo podría llegar a revisión de la Corte Constitucional.

                                                                                                                              3. Dos caminos en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). 

                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              Los petristas guardan la esperanza de que la CIDH emita medidas cautelares y pida la suspensión del fallo de la Procuraduría.
                                                                                                                              El presidente acata el fallo que destituye e inhabilita al alcalde Gustavo Petro por 15 años.
                                                                                                                              El procurador Alejandro Ordóñez asegura que la decisión de la CIDH no es vinculante.

                                                                                                                              Por Redacción Bogotá

                                                                                                                              Ver todas las noticias
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