Escucha este artículo
Audio generado con IA de Google
0:00
/
0:00
Los carriles preferenciales en Bogotá se implementaron para darle prioridad al transporte público y mejorar los tiempos de viaje de quienes se mueven a diario en el Sistema Integrado de Transporte Público (SITP). Bajo la normativa vigente, su uso está restringido y los vehículos particulares no pueden circular por ahí, salvo en situaciones puntualmente definidas.
Según la Alcaldía de Bogotá, cuando un vehículo particular invade estos carriles, la velocidad de los buses puede caer hasta en un 30 %. Ese efecto dominó termina afectando todo el sistema, genera retrasos y empeora la congestión en otras vías.
Así se reconoce en la vía
Para identificarlos, los carriles preferenciales van por el costado derecho de la calzada y se distinguen por una demarcación en color naranja y blanco, además de la inscripción “Bus Carril” pintada sobre el asfalto.
¿Quién sí puede usarlos y quién no?
Aquí no hay mucho margen de interpretación. El carril preferencial está destinado, en primer lugar, a los vehículos del Sistema Integrado de Transporte Público.
También entran en juego, pero bajo condiciones específicas, algunos actores puntuales como el transporte intermunicipal autorizado y los vehículos de emergencia. Fuera de esos casos, los vehículos particulares no tienen vía libre. Sin embargo, hay excepciones operativas que vale la pena tener claras, porque ahí es donde muchos terminan cometiendo la infracción.
¿Cuándo puede ingresar un vehículo particular?
El uso por parte de particulares no es continuo, sino puntual y justificado:
- Ascenso y descenso de pasajeros: Se permite una parada breve únicamente para recoger o dejar personas. Está prohibido hacerlo en paraderos del SITP.
- Giros o ingreso a predios: El conductor debe anticipar la maniobra y utilizar la línea segmentada para incorporarse de forma segura.
- Uso momentáneo: Una vez finalizada la maniobra, el vehículo debe regresar al carril mixto lo antes posible.
En el caso del transporte intermunicipal de corta distancia con paraderos autorizados, puede circular por estos carriles y utilizar las zonas habilitadas. Otros servicios intermunicipales solo pueden detenerse en puntos específicos, como terminales o paraderos autorizados por la Secretaría Distrital de Movilidad.
Por su parte, los vehículos de emergencia únicamente pueden hacer uso del carril preferencial cuando atienden una situación real y con señales activas, como sirenas o luces.
Le puede interesar: Esta es la velocidad máxima para manejar en zonas residenciales y escolares en Colombia 2026
¿Cuál es a multa por invadir un carril preferencial?
Invadir un carril preferencial sin justificación se sanciona con el comparendo C14, equivalente a 15 salarios mínimos diarios legales vigentes. Para 2026, la cifra ronda los COP 633.200.