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Duplicado de la tarjeta de propiedad de una moto: ¿Cuánto vale y cómo sacarlo?

12 de julio de 2023 - 06:18 p. m.

Conozca cómo solicitar un duplicado de este documento obligatorio en caso de hurto, pérdida o deterioro.

La tarjeta de propiedad es el documento que identifica exclusivamente las características del vehículo y del propietario.
La tarjeta de propiedad es el documento que identifica exclusivamente las características del vehículo y del propietario.
Foto: El Espectador - Gustavo Torrijos Zuluaga

Bajo ningún caso usted podrá circular su vehículo automotor sin portar la licencia de tránsito correspondiente. Tampoco puede ser reemplazada por una fotocopia, así sea autenticada, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 34 del Código Nacional de Tránsito Terrestre.

Lea: ¿Cómo saber si su SOAT está vigente?

Si el conductor es sorprendido circulando por las calles sin la tarjeta de propiedad, las autoridades de tránsito podrán imponerle un comparendo e inmovilizarle su vehículo. La multa por conducir un vehículo sin portar licencia de conducción es de ocho SMLDV, lo que en 2023 equivale a $309.336.

Por tanto, es importante que en caso de pérdida, hurto o deterioro de este documento, usted solicite el duplicado. Este lo puede tramitar en la Secretaría de Tránsito donde se matriculó su vehículo.

Tenga en cuenta que para esta solicitud, debe presentar una serie de documentos exigidos y cumplir con requisitos para poder realizar el trámite sin ningún contratiempo. El valor del duplicado para carros, motos, no automotores y remolques es de $139.200.

Requisitos para solicitar el duplicado de la tarjeta de propiedad de una moto

Lea también: Estas son las cinco motos más vendidas en Colombia.

  • SOAT vigente incorporado en RUNT.
  • Paz y salvo por concepto de multas por infracciones a las normas de tránsito.
  • Pago de los derechos del trámite.
  • Si el propietario es persona jurídica, deberá anexar la copia del certificado de existencia y representación legal con vigencia no mayor a 30 días.

El trámite lo va a realizar un tercero, este deberá estar registrado en el sistema RUNT y para efectuar la gestión deberá presentar el contrato de mandato, poder general o especial, a través del cual el propietario o titular del derecho le confía la gestión de realizar el duplicado. Si la autorización se lleva a cabo mediante poder especial, este debe tener presentación personal ante una notaría pública.

Aunque los requisitos de este trámite aplican para todo el territorio nacional, algunas dependencias de tránsito podrán solicitar algún documento adicional. En el caso de Bogotá, tras verificar que cumpla con los requisitos, deberá agendar una cita en la Ventanilla Única de Servicios para la gestión.

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EDGAR(du7sp)13 de julio de 2023 - 12:36 a. m.
Un sector, motos, urgido de regulaciones más severas. A título del "derecho al trabajo" no se puede estar violando normas a diestra y siniestra, atropellando a todos en vías, aceras, jardines, vias restringidas, entre otros. Verdaderos camaleones de las vías: moto, cicla, auto, peatón, buses tipo transmilenio, todo a conveniencia. Se someten a riesgos y someten a estres y riesgos a todos los demás usuarios del espacio público. Como decenas de situaciones en Colombia: se salió de madre.
Hernan(97622)13 de julio de 2023 - 12:33 a. m.
Buen editorial, los felicito! Gran servicio a lacomunidad. GRACIAS.
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