
Escucha este artículo
Audio generado con IA de Google
0:00
/
0:00
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo expidió el Decreto 0595 de 2026, que define un nuevo marco para la importación, transformación, producción y ensamble de vehículos eléctricos e híbridos en Colombia. La normativa busca promover el ensamble local de este tipo de vehículos mediante instrumentos de carácter industrial, arancelario y regulatorio.
Entre sus disposiciones se encuentra la creación del Régimen de Transformación y Ensamble, aplicable a cuatro categorías de vehículos: eléctricos de batería, híbridos enchufables, híbridos completos y vehículos de autonomía extendida.
La regulación también incorpora la partida 98.03 del arancel de aduanas, realiza el desdoblamiento de la partida arancelaria y fija las condiciones para importar materiales bajo las modalidades CKD (completamente desarmado) y SKD (semidesarmado).
Le puede interesar: Siete líquidos del carro que deberían revisarse periódicamente
El decreto crea además el Instrumento para Nuevos Proyectos Industriales de Movilidad Híbrida Enchufable y Eléctrica (INPIMHEL), dirigido a proyectos de fabricación y ensamble de vehículos híbridos y eléctricos en Colombia.
De acuerdo con la normativa, el instrumento está orientado a fortalecer las capacidades industriales de las plantas que operan en el país y a respaldar la puesta en marcha de nuevos proyectos productivos. Las empresas que obtengan este reconocimiento podrán acceder a beneficios en materia industrial, arancelaria y regulatoria durante las etapas de instalación, montaje y operación inicial de sus proyectos.
Entre los incentivos contemplados se encuentra la autorización de hasta 20.000 cupos anuales de importación para vehículos completamente terminados durante 2026 y 2027, los cuales tendrán un arancel preferencial del 5 %.
Le recomendamos leer: ¿Qué hacen con las baterías de los carros eléctricos cuando ya no sirven?
Asimismo, el componente técnico inicial podrá ingresar con un arancel del 0 %, que cobija equipos, bancos de prueba, matrices, moldes, herramientas especializadas, sistemas de medición y calibración, líneas piloto e infraestructura tecnológica requerida para el montaje industrial.
La normativa establece que al menos el 70 % del personal vinculado a labores de ensamblaje, validación técnica y puesta en marcha deberá corresponder a trabajadores técnicos, profesionales y operativos contratados legalmente en Colombia.