Lista la resolución que regula el el alquiler de patinetas en Bogotá

La Secretaría de Movilidad estableció los requisitos que deben cumplir las empresas que prestan el servicio en la ciudad. Se definieron las áreas y el monto que deben pagar por el uso del espacio público.

-Redacción Bogotá - bogota@elespectador.com
29 de julio de 2019 - 10:15 p. m.
Anteriormente, el Distrito publicó un protocolo en el que se establecen los deberes de los operadores y la velocidad límite.  / Archivo AFP
Anteriormente, el Distrito publicó un protocolo en el que se establecen los deberes de los operadores y la velocidad límite. / Archivo AFP

Luego de varios meses de discusión, la Secretaría de Movilidad expidió la resolución que reglamenta el alquiler de patinetas eléctricas en la ciudad, en la que no solo se especifican las áreas en que se pueden utilizar y los costos por el uso del espacio público, sino además obliga a los operadores a establecer un Plan Estratégico de Seguridad Vial. 

Según informó el secretario de Movilidad, Juan Pablo Bocarejo, "entramos en al fase final, en la que entregaremos una circular a las empresas interesadas en el alquiler de patinetas las áreas que se va a estar trabajando, además se estableció el pago que deben hacer por el uso del espacio público". 

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Esta segunda regulación, que complementa el protocolo bajo el cual se reglamenta el uso de patinetas en la ciudad, en el que se establecen las zonas de parqueo, que no pueden invadir  vías, frente a rampas, embajadas, instituciones militares, bancos, entradas de hospitales o acceso a predios.

Además el protocolo exige a las empresas encargadas del alquiler a velar por la protección de los usuarios y facilitar el acceso tanto a las plataformas como a las tarifas. Finalmente, los obliga a implementar un sistema de atención a siniestros, que esté interconectado con la Secretaria de Movilidad. 

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La nueva resolución incluye lineamientos de seguridad vial, gestión social, uso adecuado del espacio público e intercambio de información con la administración distrital. Además, el Plan Estratégico de Seguridad Vial debe garantizar capacitación, buen mantenimiento de los vehículos, una cultura de cero riesgos en esta materia y la constitución de una póliza de seguros”, dijo Bocarejo

Los interesados en prestar el servicio de alquiler de patinetas eléctricas deberán esperar que les entreguen las circulares en las que se establecerán el número de vehículos que podrá poner a operar y los sitios autorizados. Además las fechas en que deberán entregar la documentación. 

Entre los requisitos, les solicitarán el Plan Estratégico de Seguridad Vial, el certificado de Cámara de Comercio, fotocopia legible del documento de identidad del representante legal, el RUT (Registro Único Tributario), que tenga el código CIUU (Clasificación Industrial Internacional Uniforme) del Certificado de Cámara de Comercio. 

Además, deberán presentar las pólizas, recibo de pago de la retribución para el desarrollo de la actividad, el formato de solicitud del permiso firmado por el representante legal, el Plan de Gestión y Distribución de la Flota y el reglamento de Uso del Espacio Público.

Por -Redacción Bogotá - bogota@elespectador.com

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