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                                                                                                                              Asedio a la JEP

                                                                                                                              Recientes comentarios sobre el trabajo y las decisiones de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) han provocado cuestionamientos que se perciben como una reprimenda. Lo necesario es una evaluación sobre la gestión y el desempeño en aportes a la paz.

                                                                                                                              Las divergencias con la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) son evidentes, se apela a una mezcla movediza de argumentos jurídicos, políticos y de oportunismo para descalificar sus decisiones. Desde este Tribunal de Justicia Transicional se reclama al presidente de la República y a sus ministros, la observancia del principio de división de poderes y respeto por la independencia judicial; que quienes se sometieron a esta jurisdicción no les corresponde emitir órdenes, ni orientaciones acerca de la manera como la magistratura debe cumplir con su mandato constitucional. Con estos antecedentes hay varias lecturas: se trata de un debate que es propio de las democracias; o se quiere debilitar a la JEP, dadas las circunstancias y el momento político que vive el país.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Los miembros del antiguo secretariado de las FARC-EP enviaron en febrero pasado, una carta dirigida al presidente Gustavo Petro, en el marco de la visita del Consejo de Seguridad de Naciones unidas a Colombia, y otra remitida a los firmantes de paz. Afirman que la JEP está incumpliendo el Acuerdo de Paz y que se está desbordando en sus actuaciones; el pronunciamiento del canciller Leyva de que “la JEP se está descarrilando” se replicó por los exmiembros del secretariado. Sin duda, hay afinidad con el discurso del Gobierno, pero con una diferencia sustancial, los exdirigentes de las FARC-EP son comparecientes obligatorios en la JEP.

                                                                                                                              Los comparecientes y los intervinientes cuentan con mecanismos procesales para controvertir las decisiones de la justicia. Los exintegrantes de las FAR-EP tienen derecho al debido proceso y a las garantías judiciales; sin embargo, cuando manifiestan que de persistir en la JEP la idea de incumplir lo acordado “se estaría llevando a los firmantes y comparecientes a apartarse de las decisiones proferidas por esta jurisdicción”, se hace una desafiante advertencia, la que se refuerza con la propuesta de crear un tribunal de cierre.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              La situación más reciente tiene que ver con el caso de Salvatore Mancuso en la JEP, que tanta controversia ha suscitado y donde la JEP actuó con apego a la ley. En noviembre de 2023 la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, aceptó el sometimiento del señor Mancuso a la JEP como sujeto incorporado funcional y materialmente a la Fuerza Pública entre 1989 y 2004, y teniendo en cuenta su condición de confeso paramilitar, dispuso dividir las competencias entre Justicia y Paz y la JEP. Esta decisión fue apelada por su apoderado. La Sección de Apelación en providencia de 13 de marzo de 2024, consideró que el señor Mancuso ejecutó crímenes que beneficiaron a la Fuerza Pública, sin abandonar su rol como paramilitar; en consecuencia, revocó esa división de competencias y dispuso que conforme al carácter prevalente que tiene la JEP respecto a conductas cometidas con ocasión del conflicto armado, le corresponde decidir, entre otras, la determinación de responsabilidades y la situación de libertad del compareciente. Teniendo en cuenta que el señor Mancuso tiene procesos en Justicia y Paz, la justicia ordinaria y que fue aceptado en la JEP, las colisiones de jurisdicciones estarán a la orden del día.

                                                                                                                              La JEP viene cumpliendo con su deber y ha hecho aportes significativos para la paz y la reconciliación; sobre su desempeño es esencial escuchar a las víctimas; las opiniones y reclamos de los comparecientes son legítimos, sin constreñimiento; no se debe usar acciones políticas para forzar decisiones judiciales. La permanente evaluación sobre la gestión y desempeño de la JEP es útil y necesaria.

                                                                                                                              Recientes comentarios sobre el trabajo y las decisiones de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) han provocado cuestionamientos que se perciben como una reprimenda. Lo necesario es una evaluación sobre la gestión y el desempeño en aportes a la paz.

                                                                                                                              Las divergencias con la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) son evidentes, se apela a una mezcla movediza de argumentos jurídicos, políticos y de oportunismo para descalificar sus decisiones. Desde este Tribunal de Justicia Transicional se reclama al presidente de la República y a sus ministros, la observancia del principio de división de poderes y respeto por la independencia judicial; que quienes se sometieron a esta jurisdicción no les corresponde emitir órdenes, ni orientaciones acerca de la manera como la magistratura debe cumplir con su mandato constitucional. Con estos antecedentes hay varias lecturas: se trata de un debate que es propio de las democracias; o se quiere debilitar a la JEP, dadas las circunstancias y el momento político que vive el país.

                                                                                                                              Read more!

                                                                                                                              El año pasado el presidente Gustavo Petro radicó una carta en la Organización de Naciones Unidas (ONU) donde recordó las obligaciones y responsabilidades de la JEP. El canciller Álvaro Leyva en el Consejo de Seguridad de la ONU dijo que la JEP debe respetar su competencia material y el derecho integral a la verdad. Estos mensajes en escenarios internacionales y en Colombia generan preocupación, seguramente lo que se quiso transmitir fue la reafirmación del compromiso que tiene el actual Gobierno con el cumplimiento del Acuerdo de Paz, aunque lo que se percibe es una reprimenda al trabajo de la JEP.

                                                                                                                              Los miembros del antiguo secretariado de las FARC-EP enviaron en febrero pasado, una carta dirigida al presidente Gustavo Petro, en el marco de la visita del Consejo de Seguridad de Naciones unidas a Colombia, y otra remitida a los firmantes de paz. Afirman que la JEP está incumpliendo el Acuerdo de Paz y que se está desbordando en sus actuaciones; el pronunciamiento del canciller Leyva de que “la JEP se está descarrilando” se replicó por los exmiembros del secretariado. Sin duda, hay afinidad con el discurso del Gobierno, pero con una diferencia sustancial, los exdirigentes de las FARC-EP son comparecientes obligatorios en la JEP.

                                                                                                                              Los comparecientes y los intervinientes cuentan con mecanismos procesales para controvertir las decisiones de la justicia. Los exintegrantes de las FAR-EP tienen derecho al debido proceso y a las garantías judiciales; sin embargo, cuando manifiestan que de persistir en la JEP la idea de incumplir lo acordado “se estaría llevando a los firmantes y comparecientes a apartarse de las decisiones proferidas por esta jurisdicción”, se hace una desafiante advertencia, la que se refuerza con la propuesta de crear un tribunal de cierre.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              La situación más reciente tiene que ver con el caso de Salvatore Mancuso en la JEP, que tanta controversia ha suscitado y donde la JEP actuó con apego a la ley. En noviembre de 2023 la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, aceptó el sometimiento del señor Mancuso a la JEP como sujeto incorporado funcional y materialmente a la Fuerza Pública entre 1989 y 2004, y teniendo en cuenta su condición de confeso paramilitar, dispuso dividir las competencias entre Justicia y Paz y la JEP. Esta decisión fue apelada por su apoderado. La Sección de Apelación en providencia de 13 de marzo de 2024, consideró que el señor Mancuso ejecutó crímenes que beneficiaron a la Fuerza Pública, sin abandonar su rol como paramilitar; en consecuencia, revocó esa división de competencias y dispuso que conforme al carácter prevalente que tiene la JEP respecto a conductas cometidas con ocasión del conflicto armado, le corresponde decidir, entre otras, la determinación de responsabilidades y la situación de libertad del compareciente. Teniendo en cuenta que el señor Mancuso tiene procesos en Justicia y Paz, la justicia ordinaria y que fue aceptado en la JEP, las colisiones de jurisdicciones estarán a la orden del día.

                                                                                                                              La JEP viene cumpliendo con su deber y ha hecho aportes significativos para la paz y la reconciliación; sobre su desempeño es esencial escuchar a las víctimas; las opiniones y reclamos de los comparecientes son legítimos, sin constreñimiento; no se debe usar acciones políticas para forzar decisiones judiciales. La permanente evaluación sobre la gestión y desempeño de la JEP es útil y necesaria.

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