Noticias

Últimas Noticias

    Política

    Judicial

      Economía

      Mundo

      Bogotá

        Entretenimiento

        Deportes

        Colombia

        El Magazín Cultural

        Salud

          Ambiente

          Investigación

            Educación

              Ciencia

                Género y Diversidad

                Tecnología

                Actualidad

                  Reportajes

                    Historias visuales

                      Colecciones

                        Podcast

                          Opinión

                          Opinión

                            Editorial

                              Columnistas

                                Caricaturistas

                                  Lectores

                                  Blogs

                                    Suscriptores

                                    Recomendado

                                      Contenido exclusivo

                                        Tus artículos guardados

                                          Somos El Espectador

                                            Estilo de vida

                                            La Red Zoocial

                                            Gastronomía y Recetas

                                              La Huerta

                                                Moda e Industria

                                                  Tarot de Mavé

                                                    Autos

                                                      Juegos

                                                        Pasatiempos

                                                          Horóscopo

                                                            Música

                                                              Turismo

                                                                Marcas EE

                                                                Colombia + 20

                                                                BIBO

                                                                  Responsabilidad Social

                                                                  Justicia Inclusiva

                                                                    Desaparecidos

                                                                      EE Play

                                                                      EE play

                                                                        En Vivo

                                                                          La Pulla

                                                                            Documentales

                                                                              Opinión

                                                                                Las igualadas

                                                                                  Redacción al Desnudo

                                                                                    Colombia +20

                                                                                      Destacados

                                                                                        BIBO

                                                                                          La Red Zoocial

                                                                                            ZonaZ

                                                                                              Centro de Ayuda

                                                                                                Newsletters
                                                                                                Servicios

                                                                                                Servicios

                                                                                                  Empleos

                                                                                                    Descuentos

                                                                                                      Idiomas

                                                                                                      Cursos y programas

                                                                                                        Más

                                                                                                        Cromos

                                                                                                          Vea

                                                                                                            Blogs

                                                                                                              Especiales

                                                                                                                Descarga la App

                                                                                                                  Edición Impresa

                                                                                                                    Suscripción

                                                                                                                      Eventos

                                                                                                                        Pauta con nosotros

                                                                                                                          Avisos judiciales

                                                                                                                            Preguntas Frecuentes

                                                                                                                              Contenido Patrocinado
                                                                                                                              29 de agosto de 2017 - 05:38 p. m.

                                                                                                                              Corte Suprema: los militares y sus beneficios ante la JEP

                                                                                                                              Sin que hasta ahora entre a funcionar la estructura de la Justicia Especial para la Paz (JEP), porque se adelanta el proceso escogencia de sus integrantes y la aprobación en el Congreso de la ley estatutaria que la reglamentará, es  importante destacar el papel que ha cumplido la Corte Suprema de Justicia sobre las normas que competen a la aplicación del sistema, en un momento clave hacia el paso de la justicia ordinaria y de la justicia penal militar, a la especializada.

                                                                                                                              Sus pronunciamientos han sido objeto de críticas por algunos sectores y en particular por algunas de las víctimas, quienes consideran estos beneficios generadores de impunidad. Lo dicen por los casos en los que se han concedido libertades a militares al suscribir las actas de sometimiento a la JEP con el cumplimiento de los requisitos que señala la ley.

                                                                                                                              Pero esta apreciación en esta coyuntura histórica, tiene otros matices. Precisamente, dentro de las decisiones recientes sobre beneficios para los agentes del Estado, debe resaltarse la del 24 de julio de 2017, en la cual la Corte Suprema precisa el alcance de las diferentes figuras jurídicas en materia de libertades provisionales. 

                                                                                                                              Se trató de una solicitud de libertad transitoria condicionada y anticipada, prevista en el artículo 51 de la Ley 1820/16 para los agentes del Estado condenados o procesados, privados efectivamente de la libertad y señalados de cometer conductas punibles por causa o en relación directa o indirecta con el conflicto armado, petición que realizó un soldado regular condenado por el delito de homicidio en persona protegida por la muerte de un desmovilizado quien pertenecía a una organización armada al margen de la ley. Para ese momento el militar no se encontraba privado de la libertad por causa de esa actuación procesal.

                                                                                                                              Read more!

                                                                                                                              Por esta razón, la Corte decidió negar y no beneficiar al sentenciado con la figura liberatoria, al no encontrarse privado de la libertad. Decidió, entonces, acudir a otra figura llamada la suspensión de las órdenes de captura para miembros de la fuerza pública que se encuentren en libertad, prevista en el Decreto 706 de 2017, en condición de prófugos, establecida con el propósito que no sean privados de la libertad hasta que la JEP asuma sus funciones.

                                                                                                                              Es claro que la suspensión de las órdenes de captura, como lo señala el alto tribunal, son un beneficio de carácter temporal previsto en el sistema para facilitar el sometimiento de los integrantes de la fuerza pública que han decidido acogerse a dicha jurisdicción, pero que no estén privados de su libertad.

                                                                                                                              De esta manera, lo que debe entenderse es que tanto la libertad transitoria condicionada y anticipada que se otorga a quienes se encuentren efectivamente  privados de la libertad, como  la suspensión de ejecución de las ordenes de captura y la revocatoria o sustitución de la medida de aseguramiento para quienes no lo estén,  hacen parte del Sistema de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, con las diferencias anotadas.

                                                                                                                              Esta es solo una expresión del tratamiento simétrico en algunos aspectos, diferenciado en otros, pero siempre equitativo, equilibrado y simultáneo, previsto para los procesados y/o condenados privados de la libertad, señalados de cometer conductas punibles por causa, con ocasión o en relación directa o indirecta con el conflicto armado.    

                                                                                                                              Estas decisiones marcan desde ya un derrotero para la JEP y constituyen valiosos precedentes judiciales ante las expectativas que se tienen sobre esta jurisdicción especializada, que una vez entre en funcionamiento con las Salas de Justicia y el Tribunal de Paz, asumirá los diferentes procesos, teniendo siempre como prioridad a las víctimas, razón y esencia de su naturaleza prevista en sus objetivos.

                                                                                                                              Read more!

                                                                                                                              Si bien estos primeros pronunciamientos benefician a miembros de la Fuerza pública, no es menos cierto que la Corte debe abordar la expedición de estas normas para determinar su constitucionalidad, previendo desde ya el Gobierno su  inclusión en el proyecto de ley estatutaria que cursa trámite en el Congreso.

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              Es importante reiterar que si bien la Corte Suprema ha trazado unos lineamientos frente a lo que debe ser de competencia de la JEP en materia de hechos relacionados con el conflicto armado, habrá que esperar la postura que tomen los encargados de administrar justicia en las JEP en materia de su conocimiento, tema que como lo he reiterado, ha debido quedar consignado en la futura ley estatutaria, por lo menos con unos criterios más definidos, sin desconocer que sean los precedente judiciales los que finalmente lo determinen frente a cada caso en particular.

                                                                                                                               *Exmagistrado del Tribunal Superior Militar.  Capitán de Navío de la Reserva Activa.

                                                                                                                              Sin que hasta ahora entre a funcionar la estructura de la Justicia Especial para la Paz (JEP), porque se adelanta el proceso escogencia de sus integrantes y la aprobación en el Congreso de la ley estatutaria que la reglamentará, es  importante destacar el papel que ha cumplido la Corte Suprema de Justicia sobre las normas que competen a la aplicación del sistema, en un momento clave hacia el paso de la justicia ordinaria y de la justicia penal militar, a la especializada.

                                                                                                                              Sus pronunciamientos han sido objeto de críticas por algunos sectores y en particular por algunas de las víctimas, quienes consideran estos beneficios generadores de impunidad. Lo dicen por los casos en los que se han concedido libertades a militares al suscribir las actas de sometimiento a la JEP con el cumplimiento de los requisitos que señala la ley.

                                                                                                                              Pero esta apreciación en esta coyuntura histórica, tiene otros matices. Precisamente, dentro de las decisiones recientes sobre beneficios para los agentes del Estado, debe resaltarse la del 24 de julio de 2017, en la cual la Corte Suprema precisa el alcance de las diferentes figuras jurídicas en materia de libertades provisionales. 

                                                                                                                              Se trató de una solicitud de libertad transitoria condicionada y anticipada, prevista en el artículo 51 de la Ley 1820/16 para los agentes del Estado condenados o procesados, privados efectivamente de la libertad y señalados de cometer conductas punibles por causa o en relación directa o indirecta con el conflicto armado, petición que realizó un soldado regular condenado por el delito de homicidio en persona protegida por la muerte de un desmovilizado quien pertenecía a una organización armada al margen de la ley. Para ese momento el militar no se encontraba privado de la libertad por causa de esa actuación procesal.

                                                                                                                              Read more!

                                                                                                                              Por esta razón, la Corte decidió negar y no beneficiar al sentenciado con la figura liberatoria, al no encontrarse privado de la libertad. Decidió, entonces, acudir a otra figura llamada la suspensión de las órdenes de captura para miembros de la fuerza pública que se encuentren en libertad, prevista en el Decreto 706 de 2017, en condición de prófugos, establecida con el propósito que no sean privados de la libertad hasta que la JEP asuma sus funciones.

                                                                                                                              Es claro que la suspensión de las órdenes de captura, como lo señala el alto tribunal, son un beneficio de carácter temporal previsto en el sistema para facilitar el sometimiento de los integrantes de la fuerza pública que han decidido acogerse a dicha jurisdicción, pero que no estén privados de su libertad.

                                                                                                                              De esta manera, lo que debe entenderse es que tanto la libertad transitoria condicionada y anticipada que se otorga a quienes se encuentren efectivamente  privados de la libertad, como  la suspensión de ejecución de las ordenes de captura y la revocatoria o sustitución de la medida de aseguramiento para quienes no lo estén,  hacen parte del Sistema de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, con las diferencias anotadas.

                                                                                                                              Esta es solo una expresión del tratamiento simétrico en algunos aspectos, diferenciado en otros, pero siempre equitativo, equilibrado y simultáneo, previsto para los procesados y/o condenados privados de la libertad, señalados de cometer conductas punibles por causa, con ocasión o en relación directa o indirecta con el conflicto armado.    

                                                                                                                              Estas decisiones marcan desde ya un derrotero para la JEP y constituyen valiosos precedentes judiciales ante las expectativas que se tienen sobre esta jurisdicción especializada, que una vez entre en funcionamiento con las Salas de Justicia y el Tribunal de Paz, asumirá los diferentes procesos, teniendo siempre como prioridad a las víctimas, razón y esencia de su naturaleza prevista en sus objetivos.

                                                                                                                              Read more!

                                                                                                                              Si bien estos primeros pronunciamientos benefician a miembros de la Fuerza pública, no es menos cierto que la Corte debe abordar la expedición de estas normas para determinar su constitucionalidad, previendo desde ya el Gobierno su  inclusión en el proyecto de ley estatutaria que cursa trámite en el Congreso.

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              Es importante reiterar que si bien la Corte Suprema ha trazado unos lineamientos frente a lo que debe ser de competencia de la JEP en materia de hechos relacionados con el conflicto armado, habrá que esperar la postura que tomen los encargados de administrar justicia en las JEP en materia de su conocimiento, tema que como lo he reiterado, ha debido quedar consignado en la futura ley estatutaria, por lo menos con unos criterios más definidos, sin desconocer que sean los precedente judiciales los que finalmente lo determinen frente a cada caso en particular.

                                                                                                                               *Exmagistrado del Tribunal Superior Militar.  Capitán de Navío de la Reserva Activa.

                                                                                                                              Ver todas las noticias
                                                                                                                              Read more!
                                                                                                                              Read more!
                                                                                                                              Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.
                                                                                                                              Aceptar