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Hace más de ocho años, la JEP, como parte del Sistema Integral creado en el Acuerdo Político de Paz suscrito en 2016, se integró a la estructura del Estado. En consecuencia, tanto su marco normativo como el actuar de sus funcionarios quedaron sometidos al imperio de la Constitución, con el propósito de contribuir a materializar la paz como derecho de toda la sociedad. Por ello, escuchar a algunos magistrados afirmar que los reclamos por la vulneración de derechos fundamentales a los comparecientes de las otrora FARC-EP no tienen suficiente relevancia, y que los procedimientos pueden continuar como si nada ocurriera, evidencia el preocupante rumbo que ha tomado esta jurisdicción.
Cuando las 12.119 personas que hoy continúan activas en su proceso de reincorporación depusieron las armas, no solo asumieron los compromisos del Acuerdo, sino que confiaron legítimamente en el Estado colombiano como garante de sus derechos. Especialmente, en aquellos contenidos en el capítulo 1 de la Constitución y en los mecanismos establecidos para su exigibilidad. Resulta incomprensible que la jurisdicción creada para la paz y la reconciliación, por decisión de algunos de sus funcionarios, hoy siente las bases de una justicia fragmentada que puede conducir a la impunidad, contrariando los derechos de las víctimas.
La historia de esta controversia se remonta al 24 de abril de 2025, cuando, ante la falta de una respuesta jurídica clara, el último secretariado de las extintas FARC-EP recurrió a la acción de tutela para exigir la protección de sus derechos fundamentales, vulnerados por la inacción de la JEP y la inaplicabilidad del artículo de su ley estatutaria que ordena emitir una única resolución de conclusiones por persona. Tres meses después, sin un fallo definitivo, ya se han interpuesto otras dos tutelas que incluso solicitan que sea la Corte Constitucional quien resuelva de fondo esta situación.
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La razón de ser de esa única resolución de conclusiones es precisamente garantizar que las sentencias recojan la totalidad de los hechos y conductas más graves y representativas, permitiendo así la individualización de los máximos responsables —como lo ha indicado la Corte Constitucional—, en función de los derechos de las víctimas a la verdad y la reparación integral, y evitando decisiones parciales que abran la puerta a la impunidad.
La JEP perdió una oportunidad histórica. En un acto sin precedentes, en octubre de 2024, el secretariado de las ex FARC renunció al derecho universal de la presunción de inocencia sobre hechos ya contrastados, solicitando a cambio la imposición de una única sanción por las conductas no amnistiables de las que se han declarado responsables. La magistratura pudo haber aprovechado ese gesto para unificar los procesos de los siete comparecientes y acelerar el ritmo hacia una sanción integral. Desde 2021, reposan en sus escritorios informes completos entregados por las víctimas.
Es paradójico: mientras expresidentes que eludieron la competencia de la JEP siguen utilizando peligrosas maniobras para atacar la institucionalidad y perpetuar la impunidad en la justicia ordinaria, son los máximos responsables de las ex FARC quienes hoy reclaman celeridad y sanciones, en cumplimiento de la ley.
En 2018, las víctimas depositaron su confianza en la posibilidad de acceder a la verdad y la justicia sin revanchas. Esa confianza aún puede rescatarse, si los funcionarios de la jurisdicción hacen un alto en el camino, trazan un verdadero plan de unificación de procesos, y retoman el rumbo del Acuerdo de Paz, garantizando los derechos de todas las partes involucradas.
*Abogado defensor de Derechos Humanos y parte de la defensa de las antiguas FARC en la JEP.
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