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El mejor ejemplo de que los magistrados de la Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, no tiene la más mínima idea sobre los usos, las costumbres y las leyes que regulan los conflictos armados lo están viendo millones de colombianos en algunas piezas audiovisuales de la entidad.
Y es razonable, toda vez que la mayoría de ellos son versados en el derecho internacional de los derechos humanos, pero neófitos en los derechos de Ginebra, de La Haya y de Nueva York, es decir el amplio catálogo normativo del Derecho Internacional de los Conflictos Armados, Dica.
Es comprensible inferir, por lo tanto, que también ignoran los intríngulis del derecho operacional, cuya principal fuente es el Dica y, claro está, el llamado núcleo duro de los derechos humanos. Esto bajo la premisa fundamental de que en la guerra prevalece una mirada normativa sobre la otra. En otras palabras, el Dica en el marco de los conflictos armados; los derechos humanos en tiempos de paz.
Si mi deducción fuera falaz, jamás la presidente de la JEP, Patricia Linares, y los expertos magistrados que le sirven de áulicos, hubiesen permitido salir al aire un comercial de televisión para promocionar su “excelsa labor” (las comillas son mías) en la que el hoy presidente de la Farc y antiguo máximo cabecilla de las Farc, Rodrigo Londoño Echeverri, utiliza la expresión “retenciones” para hacer referencia a los miles de colombianos y extranjeros que mantuvieron en cautiverio, algunos de ellos incluso por más de una década.
El primero en poner el grito en el cielo fue Jaime Felipe Lozada, representante a la Cámara por el partido Conservador. Lo hizo en calidad de víctima directa de esta conducta contraria a derecho, asegurando que la JEP está "adoptando el lenguaje de los victimarios", es decir, la lingüística fariana. Luego alzaron su voz de protesta otras víctimas de este flagelo, al punto que la pieza publicitaria de referencia fue sacada del aire, pero no eliminada del canal de YouTube de la entidad.
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Lo único en lo que no concuerdo con Lozada y las demás víctimas es que prefieran el vocablo "secuestros" y lo consideren más apropiado que "retenciones". Ambas acepciones entran en la categoría de eufemismos, en la medida que no definen la magnitud del verdadero crimen endosable a los máximos responsables de esta organización armada ilegal.
Desde una perspectiva académica y práctica, las Farc incurrieron en un grave crimen de guerra a la luz del derecho internacional público, en especial del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional: la ¡toma de rehenes! El secuestro es un delito común generalmente de orden doméstico, en tanto que la toma de rehenes se infiere como un delito internacional. Jamás habrá punto de comparación entre una conducta y otra, siendo más grave la segunda que la primera.
En otro de los comerciales producidos por la JEP −en el formato de testimonial− se lee la frase "ejecución extrajudicial" escrita en generador de caracteres. Como si no fuera suficiente, el canal de YouTube de la JEP hace referencias tácitas y de facto al proceder que la prensa bautizó ligeramente como falsos positivos. Pues resulta que las ejecuciones extrajudiciales o mal llamados falsos positivos son un tipo penal inexistente en nuestro ordenamiento jurídico. De hecho, el Código Penal, en el capítulo sobre delitos contra personas y bienes protegidos por el DIH, define esta conducta antijurídica como "homicidio en persona protegida" (artículo 35).
Una ejecución extrajudicial o extralegal es, según las Naciones Unidas, un caso de violación a los derechos humanos que consiste en el homicidio deliberado de una persona por parte de un servidor público que se apoya en la potestad de un Estado para justificar el crimen, sin que medie un proceso judicial. Cosa muy distinta al asesinato de civiles no combatientes para hacerlos pasar como muertos en combate, que fue lo que pasó en Colombia.
(Vea: Organizaciones de mujeres reclaman que la violencia sexual sea un macrocaso en la JEP)
Es en este punto donde me pregunto qué persigue el Tribunal para la Paz. Si la JEP es el componente de justicia del Sivjrnr y fue creada para satisfacer este derecho de las víctimas, ¿por qué su desmedido y repentino interés por presentarse como el mesías que tiene la verdad revelada sobre el conflicto armado en Colombia?
Hay otras preguntas claves: ¿la JEP está suavizando intencionadamente los crímenes de las Farc? ¿Se está congraciando con un sector específico de las víctimas? ¿Los magistrados tienen memoria selectiva? ¿Se quiere dar sustento a la teoría de crímenes de Estado? ¿Esta es la verdad que quiere institucionalizar acerca de qué pasó en seis décadas de conflicto armado en el país? ¿Esta es la “Verdad para la Paz” de la que habla la frase de cierre de su actual campaña en medios? Todo apunta a que sí.
