Pongámonos serios con la implementación del Acuerdo de La Habana

Universidad de La Sabana
01 de febrero de 2017 - 09:12 p. m.
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La semana pasada se celebró una audiencia pública en el Congreso de la República, para discutir la incorporación a la Constitución Política del Sistema Integral de Verdad, Justicia y Reparación (SIVJR) del Acuerdo de Paz. El proyecto es una gran noticia para la implementación. También puede convertirse en una mala noticia, si los ajustes sugeridos en la audiencia pública no se toman en serio y se modifica el proyecto antes de su aprobación.

La primera buena noticia es que la aprobación de este proyecto supone que la implementación del SIVJR estará garantizada desde la Constitución Política, con cada uno de sus componentes judiciales y extrajudiciales: la Comisión de la Verdad, la Unidad para la Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) y las medidas de reparación integral. Esta era la gran promesa del Marco Jurídico para la Paz: la constitucionalización de una estrategia integral de justicia transicional, para lograr la mayor satisfacción posible de los derechos de las víctimas, asegurar la rendición de cuentas, garantizar la seguridad jurídica y contribuir a la no repetición del conflicto. 

La segunda gran noticia es que el proyecto permite poner formalmente en marcha la JEP, y con ello iniciar la investigación, juzgamiento y sanción de los máximos responsables de cometer los crímenes más graves en el marco del conflicto armado: no solo aquellos que hayan sido cometidos por los combatientes, sino también aquellos que hayan sido cometidos por terceros civiles responsables, financiadores y colaboradores.

La tercera gran noticia es que el proyecto amplía la posibilidad de participación en política de los excombatientes, para que, cualquiera sea el crimen que hayan cometido, puedan participar en el debate de ideas y se rompa definitivamente el vínculo entre armas y urnas. Esta ampliación es necesaria para que este rompimiento sea definitivo, como lo demuestran las experiencias internacionales.

La cuarta gran noticia es que a pesar del fast track, se haya abierto espacio a la deliberación y se realicen audiencias públicas para escuchar las opiniones de la sociedad civil sobre estos proyectos. Pero estos espacios solo serán legítimos, en la medida en que el Congreso se tome en serio las opiniones.

Primero, el Congreso debe revisar con cuidado las observaciones sobre responsabilidad del mando que expresamos varios participantes. El proyecto no coincide con los estándares del Estatuto de la Corte Penal Internacional (CPI), pues elimina varios de los criterios que, bajo los estándares internacionales, darían lugar a la responsabilidad de los mandos superiores. Esta situación fue advertida por la propia Fiscal de la CPI. Al margen de las discusiones técnicas y jurídicas – que admitirían eventualmente una defensa del proyecto -, la pregunta que debe hacerse es sobre la estabilidad de la jurisdicción y la seguridad jurídica: la competencia en últimas la conserva la CPI, y la apertura de una investigación está en cabeza de su Fiscal. No tomarse en serio sus advertencias sobre el proyecto es abrir una puerta peligrosa para que se active esta competencia y las personas que hayan participado de la JEP en Colombia no tengan la certeza de que sus procesos jurídicos han terminado: se podrán enfrentar a una corte internacional.

Segundo, el Congreso debe atender las observaciones que los asistentes a la audiencia presentamos sobre participación política. Si bien es deseable que se amplíen las posibilidades de participar, también es necesario que se cumplan las condiciones impuestas por la Corte Constitucional en 2014 al estudiar el Marco Jurídico para la Paz, entre ellas que los excombatientes “salden su deuda con la sociedad” antes de participar en política. El Proyecto abre la puerta para que los excombatientes participen en política antes de cumplir sus sanciones. Esto no es solo riesgoso en términos constitucionales, sino en términos electorales, y especialmente para el partido que surja del tránsito de las FARC a la vida política legal: esta deuda pendiente restará legitimidad a quienes participen y pondrá en riesgo el éxito electoral de estas nuevas fuerzas políticas.

Por último, no debe olvidarse que la implementación del Acuerdo no pasa exclusivamente por la implementación del punto de Víctimas. Se debe trabajar en la ágil y oportuna implementación de los demás puntos del Acuerdo. De lo contrario, difícilmente se alcanzarán las transformaciones que permitirán la paz estable y duradera que tanto anhelamos.

*Esta columna fue escrita por Juana Acosta, profesora de la facultad de Derecho Universidad de La Sabana.

  

 

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