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Dura carta de Fiscalía a JEP: urge cerrar procesos y definir situación jurídica de comparecientes

El documento conocido por Colombia+20 y enviado por la fiscal Luz Adriana Camargo dice que, por cómo se está llevando a cabo el proceso en la Jurisdicción Especial para la Paz, se está creando un dilema: la justicia ordinaria no puede seguir investigando hechos ya conocidos por la JEP, pero ese tribunal de paz tampoco se pronuncia sobre la totalidad de la conducta de los comparecientes, la mayoría excombatientes de FARC.

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Cindy A. Morales Castillo
15 de julio de 2025 - 06:19 p. m.
La fiscal Luz Adriana Camargo envió un oficio a la JEP con varias alertas
La fiscal Luz Adriana Camargo envió un oficio a la JEP con varias alertas
Foto: El Espectador
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En un oficio enviado este lunes 14 de julio las Salas de Justicia del Tribunal para la Paz, la fiscal general de la Nación, Luz Adriana Camargo, encendió las alarmas sobre lo que considera uno de los riesgos más graves para la justicia transicional en Colombia: el cierre judicial incompleto y limitado de miles de procesos penales contra comparecientes ante ese tribunal, entre ellos, excombatientes de las extintas FARC.

El documento, conocido por Colombia+20 expone tres preocupaciones centrales de la Fiscalía frente a la forma como la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) está abordando la resolución de los casos más graves del conflicto armado: la parcialidad en la incorporación de expedientes, la indefinición jurídica de la mayoría de los comparecientes, y la falta de una ruta clara para la selección negativa —el mecanismo por el cual se identifican y se cierran los casos que no serán objeto de investigación o juicio-.

Sobre el primer punto del oficio acerca del cierre definitivo de los procesos del conflicto armado en un plazo razonable, la Fiscalía afirma que entregó 17 informes con más de 223.000 casos identificados, más de 280.000 indiciados y casi 197.000 víctimas. Sin embargo, sostiene que los macrocasos priorizados por la Sala de Reconocimiento de Verdad (SRVR) solo han abarcado una pequeña porción de ese universo.

“Por lo que hemos entendido, el esquema de procesamiento de esos macrocasos parte de un universo provisional y amplio de hechos. No obstante, las decisiones que se han adoptado por la SRVR impactan a pocos comparecientes y a una pequeña porción de los casos judiciales, sin hacer referencia completa a los expedientes judiciales que en la Fiscalía reposan sobre los hechos y conductas priorizadas y seleccionadas”, dice el documento.

La crítica más concreta está dirigida a los macrocasos 01 (secuestros) y 07 (reclutamiento infantil y violencia intrafilas). En el primero, la Fiscalía reportó más de 6.162 investigaciones y 8.163 víctimas, mientras que la JEP, dice el documento, ha trabajado con 62 expedientes que cobijan apenas a siete comparecientes del antiguo Secretariado. En el segundo macrocaso, la Fiscalía señaló más de 4.200 investigaciones, pero la JEP solo ha incorporado parcialmente 440 expedientes.

“Para la Fiscalía resulta preocupante que las decisiones que ha adoptado la Sala de Reconocimiento de Verdad no incluyan la totalidad de investigaciones relacionadas con el fenómeno delictivo que abarca el macrocaso ni la totalidad de indiciados o vinculados con su comisión, lo cual deja a esas actuaciones sin un cierre judicial y en indefinición la situación jurídica de los procesados”, explica el oficio.

Expertos en el tema le explicaron a este diario que, aunque es cierto que la JEP se dedica a investigar los patrones de criminalidad y no todos los casos que tenga una persona, su naturaleza sí es dar resolución a esos casos bien sea por amnistía o por la renuncia de la persecución penal o por la selección negativa.

“La Fiscalía propone una articulación cada vez más enfocada en la identificación y remisión de expedientes penales de manera que se logre la adopción de decisiones judiciales que permitan ampliar el marco de definición de la situación jurídica de los comparecientes y el cierre de los procesos que los vinculan, muchos de los cuales siguen abiertos en la Fiscalía”, dice el documento.

Esto podría ser beneficioso para comparecientes, por ejemplo, de las antiguas FARC, sobre todo para aquellos que no fueron altos mandos y que no han tenido resolución de su situación jurídica.

Este diario ha reporteado casos de excombatientes que son capturados por delitos que tiene la justicia ordinaria, pero que deberían haber sido resueltos por la JEP.

Esta situación, asegura la carta prolonga indefinidamente los procesos penales ordinarios y obstaculiza los cierres judiciales prometidos por el Acuerdo de Paz.

Ese justamente es el segundo punto del oficio: la situación jurídica de los excombatientes. La Fiscalía también cuestiona que los actos procesales de la JEP no la está resolviendo de manera integral.

La carta hace el recuento de que hay 9.925 ex-FARC sometidos a la JEP, y casi todos han recibido la amnistía de iure (que se da solo por los delitos políticos como la rebelión) y solo 38 han sido identificados como máximos responsables en las resoluciones de conclusiones emitidas hasta ahora. Las resoluciones de conclusiones son documentos judiciales que resumen los resultados de la investigación de la JEP y establece cuáles podrían ser las sanciones propias que aplicaría el Tribunal de Paz a los comparecientes.

Esas resoluciones, afirma la FGN, “abarcan solo hechos cometidos en determinados territorios y tiempos” y por ello deja por fuera otras “investigaciones existentes en contra de esos mismos sujetos por otros fenómenos delictivos perpetrados” en otras regiones y en otros tiempos. “Todo lo cual afecta e impacta el avance de las investigaciones en la justicia penal ordinaria debido a las limitaciones jurisprudenciales en materia de competencia”, dice el oficio,

En otras palabras, se está creando una doble dificultad: por un lado, la justicia ordinaria no puede seguir investigando hechos ya conocidos por la JEP, y por otro, la JEP aún no se ha pronunciado sobre la totalidad de la conducta de los comparecientes. Resultado: ni una ni otra jurisdicción han cerrado los casos.

No hay ruta clara para el cierre

El tercer punto, quizás el más estructural, es la falta de una hoja de ruta clara para aplicar la selección negativa, es decir, identificar los casos que no serán objeto de investigación o juicio, y que deben ser cerrados sin más trámite. Aunque esta figura es clave para resolver miles de expedientes, solo 705 comparecientes han sido seleccionados negativamente, y apenas 144 pertenecen a las FARC.

“Como resultado de lo anterior, se advierte que la falta de decisiones completas y definitivas, emitidas en un plazo razonable por parte de la Sala de Reconocimiento de Verdad, puede generar un desbordamiento de las capacidades de otros órganos de la JEP, especialmente de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas”, dice el documento.

Y agrega que es la Sala de Definición la que debe resolver la mayoría de los casos de los comparecientes sometidos a la JEP, pero que hasta ahora no se observa “una ruta clara de selección negativa que permita la toma de decisiones de un cierre definitivo de manera masiva”.

Además, cuestiona que muchas decisiones de selección negativa no estén acompañadas de la remisión de todos los expedientes que reposan en la Fiscalía, lo que impide cerrar integralmente la situación judicial de los comparecientes.

Para la Fiscalía resulta preocupante, no solo la amplia cantidad de comparecientes no seleccionados cuya situación jurídica aún no ha sido remitida para decisión de la Sala de Definición, sino el hecho de que las decisiones que adopte esta Sala no abarquen investigaciones que se adelantan por hechos distintos a los que fueron objeto de selección negativa de cada compareciente”, dice el documento.

La fiscal Camargo propone, por tanto, una articulación con la JEP: “Se reitera la necesidad de trabajar de manera articulada con la justicia penal ordinaria para que se pueda definir claramente quiénes serán los destinatarios de la selección negativa, de manera que la Sala de Definición solicite a la Fiscalía la remisión de todos los expedientes relativos a estas personas o, en su defecto, los reciba luego de una remisión proactiva de la entidad”.

El llamado de fondo es a evitar que, por falta de coordinación, Colombia termine acumulando procesos abiertos, víctimas sin reparación y excombatientes sin definición jurídica. Todo lo cual pondría en riesgo no solo la legitimidad de la JEP, sino el principio central del Acuerdo de Paz: el fin jurídico del conflicto armado.

Tras casi nueve años de la firma del Acuerdo de Paz, la JEP está en fase de alistamiento para su primera sentencia que, según confirmó este diario, será sobre los llamados “falsos positivos” ocurridos en el Caribe.

Este es el oficio enviado por la fiscal Camargo:

✉️ Si le interesan los temas de paz, conflicto y derechos humanos o tiene información que quiera compartirnos, puede escribirnos a: cmorales@elespectador.com; pmesa@elespectador.com o aosorio@elespectador.com.

Cindy A. Morales Castillo

Por Cindy A. Morales Castillo

Periodista con posgrado en Estudios Internacionales. Actualmente es la editora de Colombia+20 de El Espectador y docente de Narrativas Digitales de la Universidad Javeriana.@cinmoralejacmorales@elespectador.com

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