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                                                                                                                              “No se puede renegociar el acuerdo sin las Farc”: Kai Ambos

                                                                                                                              El profesor alemán, referente mundial en derecho penal internacional, se refirió a los ajustes que contempla el nuevo gobierno, a las garantías para miembros de la fuerza pública y a la necesidad de que los exmiembros de las Farc que participen en política reparen a sus víctimas.

                                                                                                                              Juan David Moreno Barreto / @judamoba

                                                                                                                              El profesor alemán Kai Ambos es uno de los consejeros extranjeros de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) / Cristian Garavito-El Espectador

                                                                                                                              El profesor alemán Kai Ambos es uno de los consejeros extranjeros de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). Su misión ha consistido en entregar conceptos en derecho sobre el modelo de justicia transicional que se desarrolla en Colombia. En diálogo con Justicia para la Paz de Colombia2020, el experto internacional asegura que sin seguridad jurídica para excombatientes de las Farc y miembros de la fuerza pública, no es posible alcanzar la paz; propuso suspender la posesión de dirigentes del partido Farc en el Congreso, que puedan ser penalmente responsables de delitos graves, hasta que se presenten a la JEP, y dijo que es posible hacer “unos pequeños ajustes” al modelo. Ambos asegura que los ojos del mundo están puestos en esta experiencia de justicia colombiana.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Luego de las elecciones, hay cierta preocupación en nombre de quienes tocamos el proceso como expertos, académicos o amigos de la JEP, en cuanto a las posibles medidas que se tomen para dificultar u obstaculizar el trabajo de la JEP.

                                                                                                                              ¿Es posible modificar el acuerdo?

                                                                                                                              Me parece muy difícil. Es un acuerdo de Derecho Internacional entre el Estado colombiano y las Farc. Pero no cambia la responsabilidad del Estado colombiano, que ha hecho ese acuerdo. En ese sentido, el acuerdo es válido. No se puede renegociar el acuerdo, por lo menos, sin la voluntad de la otra parte, que sería las Farc. Si ellas dicen que están de acuerdo con renegociar, bien. Ahí se haría una renegociación de un acuerdo de dos partes, pero tienen que estar las dos partes.

                                                                                                                              ¿Qué opina de los reparos de Duque frente a la participación de los miembros de las Farc en el Congreso?

                                                                                                                              La cuestión de la participación política es un resultado del acuerdo y eso es algo normal en ese tipo de acuerdos. Cuando se llega a un acuerdo con un grupo guerrillero o un actor no estatal se ofrecen esos cupos para facilitar la participación política y eso no es algo excepcional en procesos comparados. Por otro lado, entiendo el argumento de que estas mismas personas que llegan al Congreso deben pasar por la JEP antes de que lleguen de posesionarse.

                                                                                                                              ¿Es decir que deben pasar primero por la JEP?

                                                                                                                              Yo creo que, en principio, se debe aclarar la posible responsabilidad penal de miembros de la Farc que empiezan a hacer política. Tenemos ese problema en términos de los tiempos. La JEP, lamentablemente, no puede trabajar todavía completamente porque le faltan unas normas, la decisión de la Corte Constitucional sobre la ley estatutaria. Y si uno toma la postura de que ellos deban enfrentarse con la justicia y responsabilizarse ante el mecanismo de la JEP, uno debe hacer lo posible para que la JEP trabaje. Por ejemplo, se deberían aprobar las normas de procedimiento, tener la sentencia sobre el acto legislativo (se tiene el comunicado desde noviembre del año pasado) y sobre la ley estatutaria (que contiene las inhabilidades de los mismos magistrados). La JEP realmente trabaja sin una base legal propia.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              Es muy difícil. En mi opinión se debe suspender la posesión de personas que posiblemente son penalmente responsables. Eso quiere decir que entiendo el argumento de quienes afirman que antes de una posesión debe haber un examen judicial de esas personas y la JEP debe hacer su trabajo y tomar una decisión sobre esas personas. Eso es una construcción del acuerdo; se pensaba que la JEP iba a existir más rápidamente. Entonces ahora está en una situación difícil.

                                                                                                                              ¿Por otro lado, qué tan viable es hacer ajustes para el tratamiento de miembros de la fuerza pública?

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              Para ellos, la JEP es un modelo beneficioso, porque, por un lado, les garantiza un tratamiento diferenciado. También van a tener la sanción alternativa de ocho años, si cooperan, y, lo más importante, tienen cierta protección frente a la posibilidad de una persecución de la Corte Penal Internacional o estados terceros. La CPI tiene en examen preliminar los casos de los falsos positivos y en su última visita entregó un documento con nombres y apellidos. La CPI va a darle un chance a la JEP y eso es un gran beneficio para ellos.

                                                                                                                              Otra inquietud del presidente electo tiene que ver con sanciones proporcionales para quienes cometieron delitos graves…

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              Si vamos a la Justicia Penal Internacional, acá hablamos de penas carcelarias. Es bastante controvertido el acuerdo en ese sentido. Hay gente, incluso en Colombia, que dice que si tomamos la Justicia Penal Internacional como modelo para crímenes internacionales, probados, demostrados o confesados o en un proceso adversarial debe haber una pena carcelaria. Esa posibilidad está prevista en la JEP, no está excluida. Tal vez en casos de admisión de responsabilidad es un poco más difícil. Pero para el proceso adversarial (cuando no se acepta responsabilidad) puede haber penas, en condiciones ordinarias, hasta de 20 años. Sería, tal vez, asegurar que también es posible imponer penas alternativas para los casos en los que hay admisión de responsabilidad. Es un pequeño retoque y creo que es posible.

                                                                                                                              Otra de las “papas calientes” de la JEP es la solicitud de extradición del líder de la Farc, Jesús Santrich. ¿Cómo se puede manejar este tema?

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              El proceso tiene dos fases: una decisión judicial, que en el caso colombiano toma la Corte Suprema de Justicia, y una decisión del Ejecutivo, si declara que es admisible. Yo seguiría esa tradición. Hay una complicación en si es o no competencia de la JEP, en términos de los delitos que están en juego. No estoy informado sobre la veracidad de la acusación. Teóricamente, si alguien de las Farc o de la fuerza pública comete delitos después del acuerdo, debe ir a la justicia ordinaria.

                                                                                                                              ¿Qué se puede esperar del presidente electo frente a la continuidad de la justicia transicional?

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              Es difícil decirlo y más para un extranjero. Cada gobierno que siga al actual (el de Juan Manuel Santos) debe aceptar lo acordado, sea el acuerdo o la reforma constitucional, que indica que el acuerdo debe existir por los próximos tres periodos presidenciales. Yo creo que hay cosas para discutir, pero el modelo de la JEP per se basa en la parte quinta del acuerdo: el componente de justicia. Por ejemplo, la idea de desmantelar la JEP y hacer una sala en la Corte Suprema sería otra cosa, dejaríamos de hablar de una justicia transicional.

                                                                                                                              Como extranjero, ¿cómo ve este proceso desde afuera?

                                                                                                                              Colombia ha sido considerado como un modelo de justicia transicional. En las revistas especializadas se estudia el caso colombiano y la JEP es un caso de estudio en el mundo, porque ha creado un sistema. Hay problemas, eso es obvio. Vale la pena dejar trabajar ese modelo, tal vez con pequeños retoques.

                                                                                                                              ¿Qué están aprendiendo de nosotros?

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              Colombia es el modelo. Como propuesta, el modelo de justicia transicional de Colombia es muy creativo. En Europa y en Estados Unidos se interesan para aprender más. No descarto que haya problemas, pero no es gratis que, por ejemplo, la Asociación de Derecho Internacional -que es muy prestigiosa en el mundo- quiera hacer un grupo de estudios sobre el modelo de justicia de transición Colombia. Los ojos del mundo están puestos en el país.

                                                                                                                              El profesor alemán Kai Ambos es uno de los consejeros extranjeros de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) / Cristian Garavito-El Espectador

                                                                                                                              El profesor alemán Kai Ambos es uno de los consejeros extranjeros de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). Su misión ha consistido en entregar conceptos en derecho sobre el modelo de justicia transicional que se desarrolla en Colombia. En diálogo con Justicia para la Paz de Colombia2020, el experto internacional asegura que sin seguridad jurídica para excombatientes de las Farc y miembros de la fuerza pública, no es posible alcanzar la paz; propuso suspender la posesión de dirigentes del partido Farc en el Congreso, que puedan ser penalmente responsables de delitos graves, hasta que se presenten a la JEP, y dijo que es posible hacer “unos pequeños ajustes” al modelo. Ambos asegura que los ojos del mundo están puestos en esta experiencia de justicia colombiana.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Luego de las elecciones, hay cierta preocupación en nombre de quienes tocamos el proceso como expertos, académicos o amigos de la JEP, en cuanto a las posibles medidas que se tomen para dificultar u obstaculizar el trabajo de la JEP.

                                                                                                                              ¿Es posible modificar el acuerdo?

                                                                                                                              Me parece muy difícil. Es un acuerdo de Derecho Internacional entre el Estado colombiano y las Farc. Pero no cambia la responsabilidad del Estado colombiano, que ha hecho ese acuerdo. En ese sentido, el acuerdo es válido. No se puede renegociar el acuerdo, por lo menos, sin la voluntad de la otra parte, que sería las Farc. Si ellas dicen que están de acuerdo con renegociar, bien. Ahí se haría una renegociación de un acuerdo de dos partes, pero tienen que estar las dos partes.

                                                                                                                              ¿Qué opina de los reparos de Duque frente a la participación de los miembros de las Farc en el Congreso?

                                                                                                                              La cuestión de la participación política es un resultado del acuerdo y eso es algo normal en ese tipo de acuerdos. Cuando se llega a un acuerdo con un grupo guerrillero o un actor no estatal se ofrecen esos cupos para facilitar la participación política y eso no es algo excepcional en procesos comparados. Por otro lado, entiendo el argumento de que estas mismas personas que llegan al Congreso deben pasar por la JEP antes de que lleguen de posesionarse.

                                                                                                                              ¿Es decir que deben pasar primero por la JEP?

                                                                                                                              Yo creo que, en principio, se debe aclarar la posible responsabilidad penal de miembros de la Farc que empiezan a hacer política. Tenemos ese problema en términos de los tiempos. La JEP, lamentablemente, no puede trabajar todavía completamente porque le faltan unas normas, la decisión de la Corte Constitucional sobre la ley estatutaria. Y si uno toma la postura de que ellos deban enfrentarse con la justicia y responsabilizarse ante el mecanismo de la JEP, uno debe hacer lo posible para que la JEP trabaje. Por ejemplo, se deberían aprobar las normas de procedimiento, tener la sentencia sobre el acto legislativo (se tiene el comunicado desde noviembre del año pasado) y sobre la ley estatutaria (que contiene las inhabilidades de los mismos magistrados). La JEP realmente trabaja sin una base legal propia.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              Es muy difícil. En mi opinión se debe suspender la posesión de personas que posiblemente son penalmente responsables. Eso quiere decir que entiendo el argumento de quienes afirman que antes de una posesión debe haber un examen judicial de esas personas y la JEP debe hacer su trabajo y tomar una decisión sobre esas personas. Eso es una construcción del acuerdo; se pensaba que la JEP iba a existir más rápidamente. Entonces ahora está en una situación difícil.

                                                                                                                              ¿Por otro lado, qué tan viable es hacer ajustes para el tratamiento de miembros de la fuerza pública?

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              Para ellos, la JEP es un modelo beneficioso, porque, por un lado, les garantiza un tratamiento diferenciado. También van a tener la sanción alternativa de ocho años, si cooperan, y, lo más importante, tienen cierta protección frente a la posibilidad de una persecución de la Corte Penal Internacional o estados terceros. La CPI tiene en examen preliminar los casos de los falsos positivos y en su última visita entregó un documento con nombres y apellidos. La CPI va a darle un chance a la JEP y eso es un gran beneficio para ellos.

                                                                                                                              Otra inquietud del presidente electo tiene que ver con sanciones proporcionales para quienes cometieron delitos graves…

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              Si vamos a la Justicia Penal Internacional, acá hablamos de penas carcelarias. Es bastante controvertido el acuerdo en ese sentido. Hay gente, incluso en Colombia, que dice que si tomamos la Justicia Penal Internacional como modelo para crímenes internacionales, probados, demostrados o confesados o en un proceso adversarial debe haber una pena carcelaria. Esa posibilidad está prevista en la JEP, no está excluida. Tal vez en casos de admisión de responsabilidad es un poco más difícil. Pero para el proceso adversarial (cuando no se acepta responsabilidad) puede haber penas, en condiciones ordinarias, hasta de 20 años. Sería, tal vez, asegurar que también es posible imponer penas alternativas para los casos en los que hay admisión de responsabilidad. Es un pequeño retoque y creo que es posible.

                                                                                                                              Otra de las “papas calientes” de la JEP es la solicitud de extradición del líder de la Farc, Jesús Santrich. ¿Cómo se puede manejar este tema?

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              El proceso tiene dos fases: una decisión judicial, que en el caso colombiano toma la Corte Suprema de Justicia, y una decisión del Ejecutivo, si declara que es admisible. Yo seguiría esa tradición. Hay una complicación en si es o no competencia de la JEP, en términos de los delitos que están en juego. No estoy informado sobre la veracidad de la acusación. Teóricamente, si alguien de las Farc o de la fuerza pública comete delitos después del acuerdo, debe ir a la justicia ordinaria.

                                                                                                                              ¿Qué se puede esperar del presidente electo frente a la continuidad de la justicia transicional?

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              Es difícil decirlo y más para un extranjero. Cada gobierno que siga al actual (el de Juan Manuel Santos) debe aceptar lo acordado, sea el acuerdo o la reforma constitucional, que indica que el acuerdo debe existir por los próximos tres periodos presidenciales. Yo creo que hay cosas para discutir, pero el modelo de la JEP per se basa en la parte quinta del acuerdo: el componente de justicia. Por ejemplo, la idea de desmantelar la JEP y hacer una sala en la Corte Suprema sería otra cosa, dejaríamos de hablar de una justicia transicional.

                                                                                                                              Como extranjero, ¿cómo ve este proceso desde afuera?

                                                                                                                              Colombia ha sido considerado como un modelo de justicia transicional. En las revistas especializadas se estudia el caso colombiano y la JEP es un caso de estudio en el mundo, porque ha creado un sistema. Hay problemas, eso es obvio. Vale la pena dejar trabajar ese modelo, tal vez con pequeños retoques.

                                                                                                                              ¿Qué están aprendiendo de nosotros?

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              Colombia es el modelo. Como propuesta, el modelo de justicia transicional de Colombia es muy creativo. En Europa y en Estados Unidos se interesan para aprender más. No descarto que haya problemas, pero no es gratis que, por ejemplo, la Asociación de Derecho Internacional -que es muy prestigiosa en el mundo- quiera hacer un grupo de estudios sobre el modelo de justicia de transición Colombia. Los ojos del mundo están puestos en el país.

                                                                                                                              Por Juan David Moreno Barreto / @judamoba

                                                                                                                              Ver todas las noticias
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