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                                                                                                                              Objeciones a la ley estatutaria de la JEP ¿estamos ante un choque de trenes?

                                                                                                                              El presidente Duque objetó seis artículos de la norma. Ahora volverá al Congreso, que decidirá si acepta o no los reparos del Ejecutivo. El mandatario anunció una reforma del acto legislativo 01 de 2017 para excluir de la justicia transicional los delitos sexuales contra niños.

                                                                                                                              El Espectador

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                                                                                                                              Los pronósticos no fallaron. El presidente Iván Duque objetó parcialmente la ley estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) —en concreto, seis de sus 159 artículos—, argumentando razones de inconveniencia, decisión que, en un principio, implica la parálisis de la aplicación integral de la norma. De paso, el primer mandatario anunció que presentará una reforma constitucional para modificar el acto legislativo 01 de 2017, para excluir de la justicia transicional los delitos sexuales contra niños y adolescentes, imponer la pérdida de beneficios para quien reincida en actividades criminales y establecer que todas las conductas delictivas que se hayan iniciado antes del 1º de diciembre de 2016 y continúen ejecutándose después de esa fecha vayan a la justicia ordinaria.

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                                                                                                                              La estatutaria de la JEP regresará ahora al Congreso para una nueva discusión sobre los puntos objetados. Si el Senado y la Cámara de Representantes acogen los reparos presidenciales, esos seis artículos no entrarán en vigencia. Pero si el Congreso no las acepta y Duque se niega a sancionar la ley, le tocaría hacerlo al presidente de la corporación, en este caso, el senador Ernesto Macías. Con un ingrediente adicional: la Ley Quinta de 1992, o Reglamento del Congreso, contempla que cuando una cámara declare infundadas las objeciones del Gobierno y la otra las encuentre justificadas, se archivará el proyecto. Lo claro es que, con esta decisión presidencial, se abre un nuevo capítulo en cuanto a sus implicaciones frente al Acuerdo de Paz.

                                                                                                                              “En primer lugar, no estamos ante un choque de trenes. La Corte Constitucional, corte por la que tengo el mayor respeto, es la guardiana de la Carta Política y sobre los temas de constitucionalidad tiene la última palabra (…) todos los colombianos, con excepción de quienes hoy son incapaces de renunciar a la violencia y dejar sus crímenes, queremos que haya paz en nuestra nación. No existe la falsa división entre amigos y enemigos de la paz. Pero queremos una paz que garantice de manera genuina la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición”, manifestó el primer mandatario anoche, al informarle al país su decisión. Enseguida detalló los argumentos de sus objeciones, artículo por artículo.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Lea también: "La JEP no se paraliza": Patricia Linares

                                                                                                                              Igualmente objetó el parágrafo 2° del artículo 19, que trata de la renuncia a la acción penal frente a los crímenes de lesa humanidad, genocidio o crímenes de guerra en relación con quienes no son máximos responsables. “Esa renuncia a la acción penal es inconveniente porque constituiría impunidad. El Estado no puede renunciar a perseguir a los responsables de los delitos de lesa humanidad sin haber agotado todos, todos los esfuerzos para encontrar la justicia y la verdad”, enfatizó Duque.

                                                                                                                              En cuanto al artículo 150, referente a la extradición de personas por conductas posteriores a la firma del Acuerdo Final de Paz, para el Gobierno es inconveniente debido a que no precisa lo que ya fue dicho en la Ley de Procedimiento de la JEP, cuando expresa que la Sección de Revisión del Tribunal de Paz no puede practicar pruebas. “No hacer esa precisión afectaría gravemente la cooperación judicial de Colombia con otros países”, explicó el primer mandatario. Y, por último, anunció la objeción del artículo 153, “porque condiciona la extradición de otras personas al ofrecimiento de la verdad sin establecer ningún tipo de término ni oportunidad para hacerlo. Esto produce un incentivo perverso para el ingreso a la JEP de terceros, bajo el ropaje de supuestos ofrecimientos de verdad. Esa ambigüedad puede ser utilizada para eludir responsabilidades ante la justicia de otros estados”.

                                                                                                                              Más allá de los argumentos que expuso Duque en su declaración, hay otros factores a tener en cuenta. De entrada, es claro que el Gobierno no cuenta con una coalición de partidos fuerte en el Capitolio, por lo que los reparos planteados no tienen segura su aprobación en el nuevo tránsito por el Legislativo. Solo el Centro Democrático, los conservadores y los movimientos cristianos están del lado del jefe de Estado, mientras en la orilla contraria suman los partidos que respaldaron el Acuerdo de Paz o que, en los actuales momentos, han declarado su independencia: Liberal, Cambio Radical, la U, Alianza Verde, Polo, FARC, Colombia Humana, entre otros.

                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              Si quiere saber qué es la ley estatutaria, le invitamos a ver el siguiente video:

                                                                                                                              El presidente Iván Duque y la presidenta de la JEP, Patricia Linares. / EFE

                                                                                                                              Los pronósticos no fallaron. El presidente Iván Duque objetó parcialmente la ley estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) —en concreto, seis de sus 159 artículos—, argumentando razones de inconveniencia, decisión que, en un principio, implica la parálisis de la aplicación integral de la norma. De paso, el primer mandatario anunció que presentará una reforma constitucional para modificar el acto legislativo 01 de 2017, para excluir de la justicia transicional los delitos sexuales contra niños y adolescentes, imponer la pérdida de beneficios para quien reincida en actividades criminales y establecer que todas las conductas delictivas que se hayan iniciado antes del 1º de diciembre de 2016 y continúen ejecutándose después de esa fecha vayan a la justicia ordinaria.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              La estatutaria de la JEP regresará ahora al Congreso para una nueva discusión sobre los puntos objetados. Si el Senado y la Cámara de Representantes acogen los reparos presidenciales, esos seis artículos no entrarán en vigencia. Pero si el Congreso no las acepta y Duque se niega a sancionar la ley, le tocaría hacerlo al presidente de la corporación, en este caso, el senador Ernesto Macías. Con un ingrediente adicional: la Ley Quinta de 1992, o Reglamento del Congreso, contempla que cuando una cámara declare infundadas las objeciones del Gobierno y la otra las encuentre justificadas, se archivará el proyecto. Lo claro es que, con esta decisión presidencial, se abre un nuevo capítulo en cuanto a sus implicaciones frente al Acuerdo de Paz.

                                                                                                                              “En primer lugar, no estamos ante un choque de trenes. La Corte Constitucional, corte por la que tengo el mayor respeto, es la guardiana de la Carta Política y sobre los temas de constitucionalidad tiene la última palabra (…) todos los colombianos, con excepción de quienes hoy son incapaces de renunciar a la violencia y dejar sus crímenes, queremos que haya paz en nuestra nación. No existe la falsa división entre amigos y enemigos de la paz. Pero queremos una paz que garantice de manera genuina la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición”, manifestó el primer mandatario anoche, al informarle al país su decisión. Enseguida detalló los argumentos de sus objeciones, artículo por artículo.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Lea también: "La JEP no se paraliza": Patricia Linares

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                                                                                                                              En cuanto al artículo 150, referente a la extradición de personas por conductas posteriores a la firma del Acuerdo Final de Paz, para el Gobierno es inconveniente debido a que no precisa lo que ya fue dicho en la Ley de Procedimiento de la JEP, cuando expresa que la Sección de Revisión del Tribunal de Paz no puede practicar pruebas. “No hacer esa precisión afectaría gravemente la cooperación judicial de Colombia con otros países”, explicó el primer mandatario. Y, por último, anunció la objeción del artículo 153, “porque condiciona la extradición de otras personas al ofrecimiento de la verdad sin establecer ningún tipo de término ni oportunidad para hacerlo. Esto produce un incentivo perverso para el ingreso a la JEP de terceros, bajo el ropaje de supuestos ofrecimientos de verdad. Esa ambigüedad puede ser utilizada para eludir responsabilidades ante la justicia de otros estados”.

                                                                                                                              Más allá de los argumentos que expuso Duque en su declaración, hay otros factores a tener en cuenta. De entrada, es claro que el Gobierno no cuenta con una coalición de partidos fuerte en el Capitolio, por lo que los reparos planteados no tienen segura su aprobación en el nuevo tránsito por el Legislativo. Solo el Centro Democrático, los conservadores y los movimientos cristianos están del lado del jefe de Estado, mientras en la orilla contraria suman los partidos que respaldaron el Acuerdo de Paz o que, en los actuales momentos, han declarado su independencia: Liberal, Cambio Radical, la U, Alianza Verde, Polo, FARC, Colombia Humana, entre otros.

                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              Entre tanto, en la Corte Constitucional el ambiente está caldeado y hay molestias por las objeciones presidenciales. Algunas voces consultadas por este diario aseguraron que el mandatario está cometiendo un “grave error”, pues, si bien las objeciones podrían generarle réditos en las encuestas de opinión, en últimas estaría casando pelea con la propia Corte Constitucional, la rama Judicial y hasta la comunidad internacional, que le pidió sancionar la norma. Incluso, algunas fuentes aseguraron que la falta de sanción de la ley tiene implicaciones históricas.

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              En el acto legislativo 02 de 2017 se introdujo en la Constitución que todas las autoridades e instituciones del Estado tienen la obligación de cumplir de buena fe con el Acuerdo de Paz. En otras palabras, creó un blindaje para que lo acordado no pudiera ser echado para atrás por los tres gobiernos siguientes. Esta reforma, además, señala que todas las actuaciones para desarrollar lo acordado deben preservar los “contenidos, los compromisos, el espíritu y los principios del Acuerdo Final”. Las molestias de la Corte se acentuaron desde que el fiscal general, Néstor Humberto Martínez, le pidió al presidente Duque objetar la ley, pues, como en este caso el alto tribunal ya dio su visto bueno, se trataría de objeciones a un fallo. El Congreso tiene ahora la palabra.

                                                                                                                              Si quiere saber qué es la ley estatutaria, le invitamos a ver el siguiente video:

                                                                                                                              Por El Espectador

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