
Escucha este artículo
Audio generado con IA de Google
0:00
/
0:00
El Estado Mayor Conjunto del Clan del Golfo aceptó la decisión del presidente Gustavo Petro de que a las Zonas de Ubicación Temporal (ZUT) no ingresen en una primera fase los integrantes del grupo con órdenes de extradición vigentes como Chiquito Malo, máximo comandante de ese grupo armado.
Así lo dio a conocer la estrucura -que se autodenomina Ejército Gaitanista de Colombia (EGC)- en un comunicado de cuatro puntos emitido este 19 de mayo.
“Como muestra inequívoca de voluntad política y de coherencia, el Estado Mayor Conjunto del Ejército Gaitanista de Colombia – EGC acepta, de buena fe, que el ingreso a las Zonas de Ubicación Temporal quede limitado a aquellos combatientes que no se encuentren solicitados en extradición por ningún gobierno extranjero“, se lee en el documento.
En contexto: Estos son los grupos armados que entrarán a cinco Zonas de Ubicación autorizadas por Petro
Según expresaron, esa decisión es una forma de mostrar su compromiso con la mesa y eliminar el “argumento de la extradición como pretexto para sabotear el proceso”.
El Clan del Golfo también invitó a los países mediadores y a las comunidades a verificar el cumplimiento de ese acuerdo de las ZUT.
La decisión de Petro y la polémica sobre las ZUT
El pasado 13 de mayo, el presidente Petro autorizó el traslado de integrantes de cuatro grupos armados ilegales a cinco ZUT, con la condición de que en una primera fase no ingresen quienes tengan una orden de extradición vigente.
Esto incluye a máximos comandantes de los grupos armados como Chiquito Malo, Araña, Andrés Allende, H.H., John Mechas y Mocho Olmedo.
Lea aquí: Los ocho extraditables que no entrarán a las Zonas de Ubicación Temporal aprobadas por Petro
La decisión se tomó en una reunión entre el mandatario, el comisionado de paz, Otty Patiño, y varios delegados del Gobierno en las distintas mesas.
El punto de la suspensión de órdenes de captura y de extradición ha sido uno de los más sensibles de la paz total. Aunque el 8 de mayo, la Consejería de Paz pidió suspender las órdenes de captura de 29 integrantes del Clan del Golfo para su ingreso a la ZUT, la fiscal general de la Nación, Luz Adriana Camargo, tomó la decisión de no levantarlas.
Este martes 19 de mayo, la Defensoría del Pueblo se pronunció sobre ese debate. La decisión -señaló la entidad- requiere de “motivación suficiente, delimitación temporal, territorial y personal, así como mecanismos efectivos de control y verificación. Particularmente, según la ley, las ZUT únicamente se pueden establecer en un estado avanzado del proceso de paz”.
El comunicado recuerda, además, que la creación de esos espacios existe legalmente desde 1988, y que las decisiones de la suspension de órdenes de captura alrededor de la figura de la ZUT son competencia del presidente Petro.
“Sin embargo, si bien el presidente cuenta con un amplio margen de discrecionalidad en el ejercicio de estas funciones legales, el ejercicio de estas está sujeto a la Constitución y la ley. Se trata de una discrecionalidad reglada pues, de lo contrario, se convertiría en arbitrariedad”, añadió la entidad.
Según la Defensoría, las mesas de negociación deben estar en un punto en el que haya avanzado en “desescalar las violencias, transformaciones territoriales y tránsito a la civilidad”.
✉️ Si le interesan los temas de paz, conflicto y derechos humanos o tiene información que quiera compartirnos, puede escribirnos a: cmorales@elespectador.com; nortega@elespectador.com o aosorio@elespectador.com.
