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Tras 20 años de la expedición de la Ley 975 de 2005, la Fiscalía General de la Nación radicó el lunes el Congreso un proyecto de ley para reformarla.
El borrador, que dio a conocer este diario el lunes pasado, busca acelerar los trámites judiciales, facilitar el cierre de casos y garantizar una reparación más efectiva a las víctimas.
Actualmente, la Ley de Justicia y Paz rige los procesos judiciales contra exintegrantes de grupos paramilitares que se desmovilizaron en el marco del proceso con las AUC, y ha sido objeto de múltiples críticas por su lentitud y complejidad. La propuesta, presentada por la fiscal general Luz Adriana Camargo
Aquí les explicamos ocho claves sobre los cambios que propone el proyecto:
1. Se elimina la audiencia de imputación: ahora habrá un escrito de cargos
En el modelo actual, todo postulado debe pasar por una audiencia formal en la que la Fiscalía le imputa los delitos confesados. La reforma propone eliminar esa etapa y reemplazarla por un documento escrito que se envía al postulado, su defensa, el Ministerio Público y los representantes de víctimas.
¿Por qué? Porque estos procesos no son como los penales ordinarios: los excombatientes se postulan de forma voluntaria y ya han reconocido los hechos en una versión libre. Por eso, repetirlos en audiencia oral se considera innecesario y demorado. Así, se gana tiempo sin afectar derechos fundamentales.
2. Incidente de reparación: menos audiencias, más eficiencia
Uno de los grandes cuellos de botella ha sido la audiencia de reparación a víctimas, donde sus abogados deben presentar sus peticiones y pruebas en persona. El nuevo proyecto plantea que eso se haga por escrito, antes de la audiencia, lo que permitiría organizar mejor los casos y reducir demoras.
Además, la propuesta permite que algunas de estas audiencias sean realizadas solo por el magistrado ponente, y no por toda la sala, lo que también aligeraría la carga judicial. Se seguiría respetando el derecho de las víctimas a participar, pero con un procedimiento más funcional.
3. Cierre de procesos: reglas más claras para sacar a los que incumplen
Una de las críticas más frecuentes al sistema es que muchos exparamilitares siguen en el proceso sin haber recibido sentencia, pese a que ya están libres hace años. La reforma establece nuevas causales para terminar el proceso y excluir a los postulados, por ejemplo si reinciden en delitos, si no entregan bienes para reparar a las víctimas, o si simplemente no cumplen sus compromisos.
También aclara que si un postulado lleva más de cuatro años libre cumpliendo las reglas, no podrá ser expulsado automáticamente por incumplimientos menores, lo que busca equilibrar justicia con seguridad jurídica.
En contexto: La pugna en Gobierno Petro por mesa de diálogo con exjefes paramilitares, que ya se abrió
4. Extinción de dominio: sentencias más rápidas sobre los bienes
Otra novedad importante es que se podrá dictar una sentencia de extinción de dominio separada de la penal, es decir, que la justicia podrá decidir antes si un bien pasa o no al Estado para la reparación, sin tener que esperar la condena final del postulado.
Además, se establecen procedimientos más directos para que el Fondo para la Reparación de las Víctimas administre los bienes entregados, incluso ordenando el desalojo de personas que ocupan esas propiedades y se niegan a entregarlas.
5. Incidente excepcional: cómo manejar nuevas víctimas en procesos viejos
La reforma introduce cambios en el llamado “incidente excepcional”, que se activa cuando aparecen nuevas víctimas en casos ya avanzados. Hoy eso puede frenar el cierre del proceso completo. La propuesta permite que esas víctimas sean escuchadas sin reiniciar todo el proceso, siempre que el postulado esté en una etapa avanzada, como la aceptación de cargos.
Así se busca un punto medio: ni cerrar la puerta a quienes no habían sido reconocidos, ni eternizar los procesos por nuevos reportes 20 años después de los hechos.
6. Reforzar la terminación anticipada para descongestionar el sistema
Si un postulado acepta su responsabilidad en hechos que ya han sido objeto de sentencia —es decir, que ya fueron investigados y juzgados como parte de un patrón de macrocriminalidad— podrá acogerse a una terminación anticipada del proceso. La idea es que no se repita un proceso completo por hechos ya aclarados, y que el tribunal pueda dictar una sentencia rápida. Eso sí, no se otorgarán beneficios adicionales por esta vía: la pena alternativa se mantiene.
7. Más claridad sobre las condiciones de libertad
El proyecto también aclara cuándo y cómo un postulado puede mantener o perder su libertad condicional. Se establecen condiciones específicas (como haber cumplido ocho años de prisión, colaborar con la verdad, no haber reincidido, etc.) y se señala que, cumplidos cuatro años de libertad sin fallas, se le deben reconocer ciertos derechos, como no revocar su libertad por incumplimientos menores.
Esto busca resolver la actual ambigüedad en la situación jurídica de muchos postulados que han cumplido la pena alternativa pero no tienen una sentencia que los respalde.
8. Menos audiencias, más decisiones en tiempos razonables
Una preocupación constante es que muchas decisiones —como medidas cautelares, solicitudes de víctimas o procedimientos probatorios— se acumulan y se resuelven con meses (o años) de retraso. Por eso, el proyecto enfatiza que las audiencias deben resolver los temas en el mismo acto, que las decisiones se entienden notificadas en estrados y que algunas pueden hacerse por escrito o con solo el magistrado ponente. Todo esto en línea con la idea de agilizar sin debilitar las garantías judiciales.
¿Qué sigue?
El proyecto de ley, radicado por la Fiscalía, pasará ahora al escrutinio del Congreso, donde deberá superar varias discusiones técnicas, jurídicas y políticas. Si se aprueba, significaría un cambio drástico en el sistema de Justicia y Paz, con efectos tanto para las víctimas como para los más de 3.000 postulados que siguen activos en el proceso.
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