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Petro firmó resolución que crea Zonas de Ubicación con Clan del Golfo y que irán hasta 2026

El documento, que confirma que las zonas estarán ubicadas en Chocó y Córdoba, también indica que en esos lugares se suspenderán las órdenes de captura incluidas las de extradición.

Redacción Colombia +20

23 de diciembre de 2025 - 07:31 p. m.
El presidente Petro firmó la resolución que crea las Zonas de Ubicación Temporal con el Clan del Golfo el pasado 22 de diciembre.
Foto: Oficina del Consejero Comisionado y El Espectador

Este martes el Gobierno Nacional dio a conocer la la resolución que firmó el presidente Gustavo Petro con la que se hace oficial la creación de las Zonas de Ubicación Temporal (ZUT) en el proceso de diálogo que lleva con el Clan del Golfo.

Tal como se había acordado en el segundo ciclo de negociaciones que se llevó acabo hace un par de semanas en Doha, Catar, esas zonas estarán ubicadas en Unguía y Belén de Bajirá, en Chocó, y en Tierralta, Córdoba.

El hecho que más sorprende es que el documento, firmado el pasado 22 de diciembre, señala las Zonas de Ubicación con el autodenominado Ejército Gaitanista de Colombia (EGC) irán hasta el 31 de diciembre de 2026. Esa fecha sobrepasa por cuatro meses el fin del gobierno de Gustavo Petro que será el próximo 7 de agosto de 2026.

“Establecer hasta el 31 de diciembre de 2026 las Zonas de Ubicación Temporal - ZUT ubicadas en área rural de los municipios de Belén de Bajirá y Unguía, departamento del Chocó, y Tierralta, departamento de Córdoba, con el objetivo de facilitar la ubicación gradual y progresiva de combatientes del autodenominado Ejército Gaitanista de Colombia, en el marco del estado avanzado del proceso de conversación sociojurídico con este grupo y la implementación de los compromisos de tránsito a la paz y a la vida civil de sus integrantes para su sometimiento a la justicia”, dice el documento.

Otro de los puntos polémicos es que se especifica que por la Ley 2272 de 2022 o Ley de Paz Total quedan suspendidas las extradiciones.

“Dentro de cada Zona de Ubicación Temporal queda suspendida la ejecución de las órdenes de captura, incluidas las órdenes de captura con fines de extradición, al igual que durante el transcurso del desplazamiento hacia las mismas, de los integrantes del autodenominado Ejército Gaitanista de Colombia incluidos en los listados recibidos y aceptados por la Oficina del El Consejero Comisionado de Paz”, especifica la resolución.

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Así mismo, la Consejería Comisionada de Paz y el Ministerio de Defensa Nacional serán las responsables de “definir los protocolos correspondientes al funcionamiento; seguridad; logística; ruptura; tránsito; seguimiento, monitoreo y verificación; resolución de controversias; comunicaciones; material de guerra; pedagogía” y “otros que se consideren necesarios para que las zonas de ubicación temporal reciban a los combatientes” del Clan del Golfo.

El documento también dice que tras el ingreso a las ZUT, la mesa se debe ocupar de los derechos de las víctimas.

“A partir del ingreso a las Zonas de Ubicación Temporal, se realizarán en el marco del proceso de conversación sociojuridico las condiciones progresivas para contribuir tempranamente a la satisfacción de los derechos de las víctimas por parte del grupo armado organizado.”

La resolución también dice que los compromisos y protocolos que determinen el funcionamiento de las zonas de ubicación temporal y el desarrollo de sus condiciones se “definirán la participación de entidades territoriales, nacionales e internacionales en estas”.

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Así mismo, se señala que en las ZUT tendrá presencia el Estado. “Las autoridades civiles continuarán ejerciendo sus funciones y atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, sin excepción”, se indica.

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Además, se especifica que el Gobierno tendrá que adoptar las medidas necesarias para garantizar la seguridad humana y jurídica durante el desplazamiento de los integrantes del EGC hacia las ZUT. También deberá dar garantía “de la protección de los derechos de la población civil“.

La resolución también afirma que las adecuaciones físicas y de seguridad de estas Zonas de Ubicación estarán a cargo de la Oficina del consejero Comisionado de Paz, que coordinará con otras entidades. Por su parte, la Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN) “acompañará con su enfoque civil este proceso desde la vigencia de esta resolución”, se indica.

Tal como se había firmado en el segundo ciclo, la la Misión de Apoyo al Proceso de Paz en Colombia de la Organización de Estados Americanos (MAPP/OEA), como parte del Mecanismo Tripartito que se instaló el pasado 18 de diciembre “sea la entidad encargada de hacer el seguimiento monitoreo y verificación de estas zonas de ubicación”.

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