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Abecé sobre el pago y retiro de cesantías

TIP LEGAL / El auxilio de cesantías es el pago que todos los empleadores deben hacer a sus trabajadores, y asciende al valor de un mes de salario por cada año de servicios y proporcionalmente por fracciones de año.

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09 de julio de 2021 - 09:00 p. m.
Puede anticiparse el pago de las cesantías para financiar pagos para educación o adquisición, construcción y mejora de vivienda.
Puede anticiparse el pago de las cesantías para financiar pagos para educación o adquisición, construcción y mejora de vivienda.
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El pago anticipado de cesantías al empleado durante la ejecución del contrato de trabajo o la relación laboral solo se autoriza para casos excepcionales puntualmente establecidos en la ley, entre ellos para financiar los pagos por conceptos de educación o adquisición, construcción y mejora de vivienda propiedad del empleado, de su cónyuge o compañera (o) permanente. Es decir, que el dinero no podrá usarse para hacerle mejoras a un inmueble que es propiedad de sus padres.

Según Asofondos, en 2020 los retiros alcanzaron cerca de $3 billones en el rubro de vivienda y aproximadamente $489.000 millones para fines educativos.

Cuando el empleador ya giró las cesantías al fondo de pensiones, para que el trabajador obtenga la liquidación parcial de las cesantías debe acudir el fondo respectivo para solicitar el pago del auxilio. Para ello, debe allegar una carta en la que el empleador exprese que se compromete a verificar el destino que el trabajador le dará al dinero desembolsado. De no hacerlo, el fondo negará el desembolso de los recursos, explica el abogado Germán Plazas.

(Lea también: Si debe cuotas de alimentos será registrado en el Redam y bancos no le prestarán)

Formulada la solicitud de pago parcial de cesantías por el trabajador con el lleno de los requisitos legales exigidos, el empleador o el fondo privado de cesantías, según el caso, deberá aprobar y pagar el valor solicitado dentro del término máximo de cinco días hábiles. Vencido este plazo sin que se haya realizado el pago, el trabajador solicitará la intervención del Ministerio de la Protección Social, para que ordene al empleador o al fondo privado realizar el pago correspondiente, so pena de incurrir en la imposición de multas.

Sobre quién puede hacer el pago anticipado de las cesantías al trabajador, el Ministerio del Trabajo ha dicho que el empleador debe consignar en el Fondo de Cesantías que el empleado haya elegido, el valor de las cesantías que tenga en su poder para que esa entidad le gire el dinero al trabajador, a pesar de que no hay una norma que así lo exija.

La ley prevé que el trabajador puede pedir la entrega total de sus cesantías cuando el contrato de trabajo termine definitivamente; cuando hay unidad de empresa; y cuando debe prestar el servicio militar.

Y terminamos por donde debimos empezar. ¿Qué es el auxilio de cesantías? Plazas explica que es el pago que todos los empleadores deben hacer a sus trabajadores, y asciende al valor de un mes de salario por cada año de servicios y proporcionalmente por fracciones de año.

En el caso de los empleados que devenguen salario integral mensual (10 salarios mínimos mensuales, más el 30 % de dicha suma, para un total de 13 salario mínimos legales al mes) se entiende que el mismo incluye todas las prestaciones sociales y beneficios, como las cesantías y sus intereses, el trabajo nocturno, primas; exceptuando las vacaciones.

Importante recordar que los empleadores deben consignar las cesantías a más tardar el 15 de febrero de cada año.

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Ernesto(52509)12 de julio de 2021 - 05:15 a. m.
Ernesto Piedrahita. Abogado Laboral. Nota: Respondo de manera gratuita a máximo dos preguntas o inquietudes en materia laboral que me hagan mediante mensaje a mi whatsapp o llamando vía celular. Whatsapp: 313-8830983. Hago asesorías en todo lo que tiene que ver con los contratos laborales, liquidación de prestaciones sociales, despidos con justa o sin justa causa, suspensión del contrato.
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