Alcaldía de Barranquilla cambió los horarios de los establecimientos comerciales

El decreto rige desde el miércoles 26 de junio e incluyó a las tiendas de barrio y locales de comidas rápidas que anteriormente no tenían regulación en sus horarios.

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* Redacción Nacional
28 de junio de 2019 - 02:31 a. m.
Según el alcalde, Alejandro Char, el cambio de horario beneficia el desarrollo de las actividades de los establecimientos comerciales de la ciudad. / El Espectador
Según el alcalde, Alejandro Char, el cambio de horario beneficia el desarrollo de las actividades de los establecimientos comerciales de la ciudad. / El Espectador
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A través de un nuevo decreto, la alcaldía de Barranquilla estableció los nuevos horarios para el funcionamiento de los establecimientos comerciales de la ciudad. Según la administración, se tomó la decisión por tratarse de una ciudad turística. 

De acuerdo con  el secretario de Gobierno, Clemente Fajardo Chams, esta nueva regulación ayudará a las autoridades locales a mantener el control y orden público en Barranquilla.

El funcionario explicó que la dinámica y el comercio de la ciudad cambiaron y por lo tanto era necesario modificar los horarios. Anteriormente las tiendas de barrio y locales de comidas rápidas no tenían regulación en sus horarios, por eso se incluyeron a la actualización del la reglametación. 

Los negocios a los que afectará la medida son "los supermercados, tiendas, graneros, panaderías, cafeterías, heladerías o similares cuyo horario será de domingo a jueves de 5:00 a.m. a 11:00 p.m. y los viernes, sábado y domingo (cuando el lunes sea festivo) de 5:00 a.m. a las 11:59 p.m.".

La rumba en la ciudad continuará hasta las 4:00 a.m. los fines de semana y hasta las 2:00 a.m. entre semana, tal como se establece en el decreto de 2013.

Para los centros sociales, casas de banquetes y/o eventos, cuyas actividades estén relacionadas con expendio y/o consumo de bebidas embriagantes se estableció que de domingo a jueves de 09:00 a.m. a las 02:00 a.m. del día siguiente. Viernes, sábado y domingo (cuando el lunes sea festivo) de 09:00 a.m. a las 04:00 a.m. del día siguiente.

Los establecimientos que presten servicios relacionados con la prostitución y/o actividades afines el horario será de domingo a jueves de 09:00 a.m. a las 02:00 a.m. del día siguiente. Viernes y sábado de 09:00 a.m. a las 04:00 a.m. del día siguiente.

Los establecimientos que podrán atender las 24 horas son: hoteles, moteles, apartahoteles, hostales, residencias, estaciones de gasolina, droguerías, micromercados; fruteras, desayunaderos, parqueadero de vehículos en superficie y/o edificaciones especializadas o similares.

El horario para los restaurantes, asaderos, pizzerías, ventas de comidas rápidas o similares será de domingo a jueves de 06:00 a.m. a las 12:30 a.m. del día siguiente. Viernes, sábado y domingo (cuando el lunes sea festivo) de 06:00 a.m. a las 02:00 a.m. del día siguiente.

Por último, las canchas de fútbol, galleras, canchas de bolos, canchas de tejo, juegos electrónicos (diferentes a los de suerte y azar), parques de atracciones mecánicas, centros de entretenimiento familiar o similares: 09:00 a.m. a 11:59 p.m. durante todos los días de la semana.

La administración señaló que si algún propietario o responsable de cualquier establecimiento comercial interrumpe la tranquilidad o la sana convivencia en la comunidad, será sancionado según lo establecido en el Código de Policía. 

Por * Redacción Nacional

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