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La Procuraduría General de la Nación solicitó este jueves al Tribunal Administrativo del Atlántico la suspensión del cobro de la contribución de valorización a los predios ubicados en la zona de influencia de la Vía al Mar y la Circunvalar de la Prosperidad, principales corredores viales del Caribe.
La petición del Ministerio Público se da en el marco de una acción popular presentada por el senador Carlos Meisel, quien ha denunciado presuntas irregularidades en la planeación y justificación del cobro, así como el impacto económico que tendría para miles de familias y empresas de la región.
En su concepto, la Procuraduría argumenta que la medida busca “proteger y garantizar provisionalmente el objeto del proceso, como es la protección al derecho colectivo a la moralidad administrativa, así como cualquier otro derecho de igual categoría que aparezca demostrado en el proceso y se desprenda del contenido de la demanda”.
Además, el ente de control recomendó la creación de una mesa de trabajo que permita socializar los detalles del cobro y escuchar las alternativas propuestas por la comunidad afectada. También hizo un llamado a verificar la presencia de comunidades étnicas en la zona de influencia y, de ser necesario, adelantar consultas previas.
El cobro de valorización, que estaba previsto para iniciar en junio de 2025, afectaría a más de 147.000 predios en Atlántico y Bolívar. Gremios económicos y líderes sociales han manifestado su rechazo, señalando que los recursos recaudados no se invertirían directamente en la región, sino que serían distribuidos a nivel nacional.
Algunos habitantes de la zona que pretenden declarase en desobediencia civil, como el líder empresarial y comunal, Silvio Charris, quien asegura que “si no es viable jurídica ni administrativamente la imposición de la valorización, declarémonos todos en desobediencia civil, que es una alternativa constitucional para controvertir estos abusos”.
Por ahora, el Tribunal Administrativo del Atlántico deberá decidir si acoge la solicitud de la Procuraduría y ordena la suspensión temporal del cobro, mientras se resuelve de fondo la acción popular.