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La Alcaldía de Cartagena anunció que los contribuyentes podrán saldar parte de sus impuestos financiando o ejecutando proyectos públicos. Esto permite que las personas naturales o jurídicas, contribuyentes del Impuesto Predial Unificado (IPU) y del Impuesto de Industria y Comercio y sus complementarios de Avisos y Tableros (Icat), podrán pagar hasta el 30% del tributo correspondiente a la vigencia actual y hasta el 40% en vigencias anteriores.
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“El mecanismo de pago de impuestos a través de la ejecución de obras y proyectos públicos se presenta como otra alternativa de pago para los contribuyentes, con el objetivo de lograr inversión directa en la ejecución de proyectos esenciales para la transformación de Cartagena y, por supuesto, optimizar el recaudo tributario”, precisó el alcalde Dumek Turbay.
Sumado a esto, el mandatario señaló que con esta modalidad de pago se busca reforzar el recaudo para acelerar los proyectos del Plan de Desarrollo de Cartagena “Ciudad de Derechos”. Además, en un lapso de tres años, aspiran recaudar $150.000 millones. “La ciudad con esto gana recursos frescos y los barrios ven soluciones sin intermediarios”, añadió Turbay.
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Las condiciones por tributos
Para IPU: cuando un solo contribuyente ejecute el proyecto, el IPU en la vigencia de su interés debe ser de más de 6.000 UVT. Si este se ejecuta entre 2 y 10 contribuyentes, debe estar entre 15.000 y 39.999 UVT; y, finalmente, en proyectos de 11 contribuyentes o más, debe ser superior a 40.000 UVT.
Para Icat: si un solo contribuyente ejecuta el proyecto, los ingresos declarados en la vigencia anterior deben ser superiores a 40.000 UVT. Si este se ejecuta entre 2 y 10 contribuyentes, será entre 100.000 y 400.000 UVT; y en caso de ser ejecutado por 11 o más contribuyentes, será de más de 400.001 UVT.
Paso a paso
- Debe manifestar el interés ante la Secretaría de Hacienda.
- Pasa a revisión técnica dado que la obra debe estar en el banco distrital de proyectos.
- El convenio fija cuál es el porcentaje de la deuda a extinguir.
- El proyecto será ejecutado con recursos propios bajo la supervisión sectorial.
- Debe entregarse el proyecto y la certificación de funcionamiento.
- Extinción del tributo por medio de resolución de la Secretaría de Hacienda.
“La extinción de la obligación tributaria la realizaremos desde la Secretaría de Hacienda, una vez el contribuyente entregue a satisfacción a la entidad distrital competente la obra o proyecto, totalmente ejecutado y en funcionamiento. Con esta modalidad de pago buscamos promover la cultura tributaria, optimizar el recaudo, apalancar la inversión social y seguir evidenciando que los impuestos sí se ven en la transformación de Cartagena”, señaló el secretario de Hacienda de Cartagena, Harold Fortich González.
La Alcaldía también explicó que la Contraloría distrital auditará los precios y la Procuraduría se encargará de vigilar conflictos de interés.