Para solicitar copia de estosdocumentos, el ciudadano debe consultar el listado de las registradurías autorizadas a nivel nacional y acercarse a la más cercana a su residencia. Si usted se encuentra en la ciudad en la que se registró, debe dirigirse a la oficina en donde realizó el trámite; si no se encuentra en dicha ciudad, debe consultar el listado de las registradurías autorizadas a nivel nacional y acudir a la más cercana a su residencia.
Tenga en cuenta los siguientes requisitos:
Para facilitar el proceso debe suministrar los nombres y apellidos del solicitante, así como el número del tomo, folio, serial, y fecha de la inscripción del registro civil de nacimiento, matrimonio o defunción.
También hay que acreditar el pago de los derechos del trámite en cualquiera de las entidades bancarias asignadas o en el consulado correspondiente si se encuentra en el exterior.
Con el fin de lograr la exoneración del pago de los derechos del trámite por una sola vez en condición de víctima, si es el caso, hay que presentar una constancia emitida por la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral, con expedición no mayor a 30 días calendario.
Los trámites en el exterior se deben hacer a través de los consulados. Si se encuentra en Colombia puede consultar el costo de la consignación en la sección tarifas.
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Tenga en cuenta las siguientes excepciones:
Si el registro solicitado contiene algún dato que pueda considerarse sensible y que afecte la intimidad del titular o cuyo uso indebido pueda generar su discriminación, como los relacionados con procesos de adopción, cambio de género e inscripción de personas intersexuales, el funcionario registral solo podrá expedir la copia de este al titular, sus causahabientes, sus representantes legales, a las entidades públicas o administrativas en ejercicio de sus funciones legales (por orden judicial) o a los terceros autorizados por el titular o por la ley.
Las copias de los registros civiles que hayan sido inscritos en consulados podrán solicitarse escribiendo a cualquiera de los correos relacionados en el enlace “Correos por departamentos y registradurías auxiliares en Bogotá D.C” en la sección “Trámite a través de correo electrónico”. Únicamente se expedirán copias de aquellos que se encuentren digitalizados, por lo cual, no se debe remitir la consignación del valor de la copia hasta que se verifique si es posible su expedición.
Los registros civiles de nacimiento inscritos antes de 1970 y los registros civiles de matrimonio inscritos antes de 1981 solo pueden ser consultados en la oficina donde fueron registrados.
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Precios 2023
El ciudadano debe consignar el valor de la copia en el Banco Popular o el Banco Agrario, de acuerdo con las tarifas vigentes que dependen del documento que se nevesite (http://www.registraduria.gov.co/-Tarifas-vigentes-.html) y acudir con la consignación a la Registraduría donde esté registrado. Es importante que el ciudadano exija el adhesivo de seguridad en el registro civil, que cuesta $9.000, para garantizar un adecuado recaudo y seguimiento del dinero depositado.