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¿Empleadores pueden exigir la tarjeta militar para contratar?

TIP LEGAL / Pregunta de la semana: la tarjeta o libreta militar no es requisito para que una persona, especialmente los jóvenes entre 18 y 28 años, sea contratada por una entidad pública o privada.

16 de octubre de 2021 - 11:00 a. m.
Las personas no aptas, exentas o que hayan superado la edad máxima de incorporación, tendrán un plazo de 18 meses a partir de su vinculación laboral para definir su situación militar.
Las personas no aptas, exentas o que hayan superado la edad máxima de incorporación, tendrán un plazo de 18 meses a partir de su vinculación laboral para definir su situación militar.
Foto: Getty Images

Según la circular número 39 expedida por el Ministerio del Trabajo, en julio pasado, las entidades públicas o privadas no podrán exigir al ciudadano la presentación de la tarjeta militar para ingresar a un empleo; mientras las personas no aptas, exentas o que hayan superado la edad máxima de incorporación, tendrán un plazo de 18 meses a partir de su vinculación laboral para definir su situación militar.

La Ley 1861 de 2017 establece que para el ejercicio de un cargo, sea en el sector público o privado; o por prestación de servicios en cualquier entidad de derecho público, se requiere la acreditación de su situación militar, la cual puede ser mediante la expedición de una certificación provisional en línea que acredite que el trámite para definir su situación militar está en proceso.

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Conozca le ley

De conformidad con el artículo 42 de la Ley 1861 de 2017:

1. La situación militar se deberá acreditar para ejercer cargos públicos, trabajar en el sector privado y celebrar contratos de prestación de servicios como persona natural con cualquier entidad de derecho público.

2. Sin perjuicio de la obligación anterior, las entidades públicas o privadas no podrán exigir al ciudadano la presentación de la tarjeta militar para ingresar a un empleo.

3. Las personas declaradas no aptas, exentas o que hayan superado la edad máxima de incorporación a filas podrán acceder a un empleo sin haber definido su situación militar. Sin embargo, a partir de la fecha de su vinculación laboral estas personas tendrán un lapso de dieciocho (18) meses para definir su situación militar, sin contabilizar dentro de los dieciocho (18) meses las demoras que no le sean imputables al trabajador.

4. Los ciudadanos deberán tramitar ante las autoridades de reclutamiento una certificación provisional en línea que acredite el trámite de la definición de la situación militar.

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rodolfo(24723)17 de octubre de 2021 - 09:10 p. m.
es un tramite totalmente inutil, ademas que a los que trabajamos en el sector publico, y tenemos cierta edad, 50 o mas años, la exigen para traslados, posesiones, etc,
rodolfo(24723)17 de octubre de 2021 - 09:07 p. m.
con respeto de las fuerzas militares, uno de los tramites inútiles que existen es la libreta militar, además es casi irrisorio que a personas que ya tenemos cierta edad, la sigan exigiendo para traslados, posesiones, etc, creo que a los 50 y mas años es poco probable que uno sea llamado a filas, es un trámite que debe reformarse o replantearse
jairo(18714)16 de octubre de 2021 - 04:31 p. m.
esos asquerosos altos mandos militares , no contentos con gastarse el presupuesto que se les da cada año de 38 BILLONES TRESCIENTOS MIL MILLONES ( que lo hacen ?) quieren mas extorsionando a las gentes para que les COMPREN ESA TARJETA MILITAR que no sirve para nada y que los dineros que les extorsionan a las familias pobres se los ROBAN , asi de simple. o que respondan en que lo invierte
rodolfo(24723)17 de octubre de 2021 - 09:10 p. m.
es un tramite totalmente inutil, ademas que a los que trabajamos en el sector publico, y tenemos cierta edad, 50 o mas años, la exigen para traslados, posesiones, etc, deberia replantearse este requisito
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