Este viernes el país conoció cómo una tutela interpuesta por una madre comunitaria con VIH, puso fin a lo que parecía una interminable lucha entre las 77.000 mujeres que conforman este grupo y el ICBF (Instituto Colombiano de Bienestar Familiar).
Todo inició en Cali en junio de 2009, cuando una mujer de 50 años y portadora de sida (a la que la Corte decidió protegerle la identidad), interpuso una acción de tutela porque en el ICBF le habían violado, entre otros, sus derechos a la igualdad, a la dignidad humana, a la intimidad y al debido proceso.
Desde que a principios de 2008 Zoraida Moreno, entonces asesora institucional del ICBF, conoció la situación médica de la madre, ésta comenzó a sentir una persecución laboral. Varias fueron las ocasiones en que, pese a tener escusas médicas para no asistir al hogar comunitario, le llamaron la atención, la inculparon de los errores cometidos por otras personas y hasta dejaron de pagarle el sueldo.
Claudia Burbano, otra asesora, le pidió copia de su historia clínica argumentando que quería informarse más sobre el VIH, lo que llevó a que algunas de sus compañeras se enteraran de la incómoda situación y comenzaran a obstaculizar las labores que desempeñaba.
A razón de su enfermedad, en el 2009 las visitas de los funcionarios de ICBF incrementaron de manera notable: cuando usualmente hacían dos al mes, de repente empezaron a ir hasta ocho veces. Además, le hicieron llamados de atención por asuntos que solo le atribuían a ella. A principios de ese año la madre fue despedida de su cargo después de 21 años de trabajo, y en marzo cerraron su hogar comunitario.
“En el informe del despido aludían a supuestas quejas de los padres, a la falta de decoración del salón de clases, a un cobro de una cuota extra a los padres, a la falta de planificación y desaseo del hogar, frente a lo cual, les solicité las pruebas que tenían sobre las quejas y no me presentaron ninguna”, contó ella a la Corte.
Ahora el Alto Tribunal falló a su favor y obligó al ICBF a pagarles a todas las madres comunitarias un salario mínimo por su labor como cuidadoras. Diego Molano, director del Instituto aseguró que acatará plenamente la decisión. Sin embargo, en la sentencia que emitieron los magistrados, se ordena al ICBF, regional Valle del Cauca, asegurar a la madre en cuestión su continuidad en el programa desde el primer semestre de 2013, además de obligarlo a pagar las cotizaciones al sistema pensional desde el cierre del hogar.